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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 202, lunes 23 de octubre de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
4811

RESOLUCIÓN de 3 de octubre de 2023, de la Directora de Tráfico, por la que se autoriza la instalación y uso de dispositivos de captación y reproducción de imágenes, complementarios de cinemómetros destinados al control, regulación, vigilancia y disciplina del tráfico, en la red viaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La experiencia demuestra que la utilización de cinemómetros para el control, regulación, vigilancia y disciplina del tráfico es uno de los métodos más efectivos para conseguir que la velocidad de circulación se adecúe a los límites marcados en la vía. Asimismo, la utilización de citados ITS durante las obras de los túneles de la carretera A-15 también han demostrado que se trató de una medida adecuada y conveniente.

A consecuencia de la ejecución de las obras de refuerzo del sostenimiento, revestimiento y adecuación de instalaciones en el túnel de Lesarri de la autopista AP-1, se ha producido un bypass con tráfico bidireccional en el tubo sentido Eibar.

Las anteriores circunstancias hacen que se considere necesario la instalación de cinemómetros en distintos puntos kilométricos de la AP-1; si bien, se tratará de una medida temporal, no permanente, que se mantendrá durante toda la ejecución de las obras mencionadas.

Por todo lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional Tercera del Decreto 168/1998, de 21 de julio (que desarrolla el régimen de autorización y utilización de videocámaras por la policía del País Vasco en lugares públicos), la Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, y de acuerdo con las funciones atribuidas a la Dirección de Tráfico (artículo 17.3 del Decreto 62/2021, de 19 de enero, por el que se establece al estructura orgánica y funcional del Departamento de Seguridad),

RESUELVO:

Primero.– Autorizar la instalación y uso de dispositivos de captación y reproducción de imágenes complementarios de cinemómetros destinados al control, regulación, vigilancia y disciplina del tráfico en 2 cabinas situados en las vías y puntos kilométricos siguientes:

(Véase el .PDF)

Segundo.– En los puntos kilométricos sometidos a control de velocidad, se informará al público de la existencia de cinemómetros por medio de señales informativas adecuadas a tal fin.

Tercero.– Las grabaciones que capten hechos que pudieran ser constitutivos de una infracción administrativa contra la normativa de seguridad vial se remitirán a los órganos competentes para tramitar y resolver los procedimientos sancionadores que correspondan. Si la grabación captara hechos que pudieran ser constitutivos de ilícito penal se remitirán dichas grabaciones a la autoridad judicial competente.

Cuarto.– Notifíquese esta resolución a la Comisión de Videovigilancia y Libertades, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo segundo del apartado cuarto de la Disposición Adicional Tercera del Decreto 168/1998, de 21 de julio, por el que se desarrolla el régimen de autorización y utilización de videocámaras por la policía del País Vasco en lugares públicos.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de octubre de 2023.

La Directora de Tráfico,

ESTIBALIZ OLABARRI GONZALEZ.


Análisis documental