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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 193, lunes 9 de octubre de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES
4620

DECRETO 140/2023, de 26 de septiembre, por el que se declara de urgencia la ocupación por el Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el Proyecto de rehabilitación del colector de Urduliz, tramo Mecánica La Peña-Mecaner, en el municipio de Urduliz.

El Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, tras elaborar y aprobar formalmente el expediente del «Proyecto de rehabilitación del colector de Urduliz, tramo Mecánica La Peña-Mecaner», puso de manifiesto la necesidad de contar con la disponibilidad de todos los terrenos para la realización del proyecto.

Con fecha 26 de julio de 2022, el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia acuerda iniciar el expediente de expropiación forzosa y someter al trámite de información pública la relación de bienes y derechos afectados, por el plazo de quince días, mediante anuncios insertados en el Boletín Oficial de Bizkaia N.º 168, de 2 de septiembre de 2022, y prensa. Posteriormente, en sesión celebrada el 2 de mayo de 2023, el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia acuerda solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el referido proyecto, a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, no habiéndose presentado alegaciones, según consta en el expediente administrativo.

Se estima inaplazable la ocupación de los bienes y derechos señalados por las siguientes circunstancias:

«El objeto del proyecto es la rehabilitación estructural mediante manga flexible del tramo de colector de Urduliz entre los pozos PR-2 y PR-12, siendo la longitud total de tubería a rehabilitar de 500,25 metros.

Se trata de una tubería de hormigón armado de 1000 mm de diámetro que recorre el vial interno de un recinto industrial entre las empresas Mecaner y Lointek.

Según el informe de la inspección mediante escáner digital 3D realizado en el año 2018 por la Subdirección de Explotación de Saneamiento del Consorcio de Aguas Bilbao Bizkaia, el tubo de 1.000 mm presenta deficientes condiciones estructurales.

Estas deficiencias se ponen de manifiesto mediante la observación de desgaste, fisuras, incorporaciones a tubo mal realizadas, etc. Asimismo, a partir de la citada inspección también se detecta la presencia de tramos en contrapendiente.

Del análisis de las citadas deficiencias estructurales, se estima que se podría llegar a comprometer la integridad de la canalización existente, que, en caso de rotura, impediría la correcta evacuación de las aguas tanto de origen pluvial como de saneamiento recogidas en buena parte del polígono industrial donde se ubican las instalaciones de Mecaner y Lointek, así como de parte de la urbanización del municipio de Urduliz, que se sitúa al otro lado del metro.

Esta situación podría generar problemas medioambientales y riesgo de inundación en las citadas instalaciones industriales que se encuentran actualmente en funcionamiento.

Dado que, además, el último análisis del estado del colector se realizó en el año 2018, se considera que el mencionado riesgo de colapso de la conducción existente, podría encontrarse fuertemente aumentado por el paso del tiempo hasta la fecha en la que se ha podido finalmente definir el presente proyecto, y tramitarlo para su ejecución.

Por todo lo anteriormente expuesto, se considera imprescindible acometer la obra con urgencia.»

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero o Consejera competente en materia de ordenación del territorio, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.

En su virtud a propuesta del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 26 de septiembre de 2023,

DISPONGO:

Artículo único.– De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por el Consorcio de Aguas de Bilbao Bizkaia, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la ejecución del «Proyecto de rehabilitación del colector de Urduliz, tramo Mecánica La Peña-Mecaner».

DISPOSICIÓN FINAL

Contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, previamente, en su caso, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dentro del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su última publicación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 26 de septiembre de 2023.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

El Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.


Análisis documental