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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 192, viernes 6 de octubre de 2023


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
4593

ORDEN de 25 de septiembre de 2023, del Consejero de Educación, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «San José», del municipio de Santurtzi (Bizkaia), por cambio de titularidad.

Examinada la solicitud presentada por «Hermanas Carmelitas Teresas de San José», titular del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «San José» del municipio de Santurtzi (Bizkaia) de autorización para el cambio de titularidad de dicho centro.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con lo establecido en Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Vista la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación, el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, y demás legislación vigente aplicable en la materia,

RESUELVO:

Primero.– Autorizar el cambio de titularidad del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «San José», del municipio de Santurtzi (Bizkaia), hasta ahora ostentada por «Hermanas Carmelitas Teresas de San José», que a partir del curso 2023-2024 lo será por la entidad «Fundación Educativa Teresa Guash» quedando esta subrogada en las obligaciones y derechos que afecten al centro cuya titularidad se le reconoce.

Segundo.– El cambio de titularidad, que no afectará al normal funcionamiento del centro, se inscribirá en el Registro de Centros docentes no universitarios del Departamento de Educación, dándose traslado del mismo al Registro estatal de centros docentes no universitarios.

Tercero.– El centro quedará inscrito con los siguientes datos registrales:

Códigos del centro: 014809 (CAPV) y 48007326 (universal).

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria (CPEIPS).

Denominación específica: «San José».

Titular: «Fundación Educativa Teresa Guash».

Domicilio: Parque de Santurtzi, 7.

Municipio: Santurtzi.

Territorio Histórico: Bizkaia.

Enseñanzas autorizadas:

– Educación Infantil, primer ciclo: 3 unidades:

• 1 unidad para niños y niñas de 0 a 1 años con capacidad, cada una de ellas, para 8 puestos escolares.

• 1unidad para niñas y niños de 1 a 2 años, con capacidad, cada una de ellas, para 13 puestos escolares.

• 1 unidad para niñas y niños de 2 a 3 años, con capacidad, cada una de ellas, para 18 puestos escolares.

– Educación Infantil, segundo ciclo: 6 unidades con capacidad para 150 puestos escolares.

– Educación Primaria: 12 unidades con capacidad para 300 puestos escolares.

– Educación Secundaria Obligatoria: 8 unidades con capacidad para 240 puestos escolares.

– Bachillerato: Modalidades de «Ciencias y Tecnología», «Humanidades y Ciencias Sociales» y «General», 4 unidades con capacidad para 140 puestos escolares.

– Educación Especial: 3 aulas abiertas.

Cuarto.– En virtud del artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presente Orden surtirá efecto a partir del 1 de septiembre de 2023.

Quinto.– La entidad titular del centro queda obligada al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto al número de puestos escolares, al equipamiento, así como a la titulación académica y perfil lingüístico del profesorado y demás legislación vigente aplicable, así como a solicitar la oportuna modificación de autorización, a través de su representante legal, cuando haya de alterarse cualquiera sus datos registrales. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada.

Sexto.– El centro debe cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde a la entidad titular del centro.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 25 de septiembre de 2023.

El Consejero de Educación,

JOKIN BILDARRATZ SORRON.


Análisis documental