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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 184, martes 26 de septiembre de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
4417

ORDEN de 14 de septiembre de 2023, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de estatutos de la fundación denominada Mubil Fundazioa.

El 15 de marzo de 2023 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de estatutos de la fundación denominada Mubil Fundazioa. Dicha modificación trae causa de los acuerdos adoptados unánimemente por el patronato el 4 de mayo de 2021 y el 29 de marzo de 2022, que fueron elevados a público mediante la escritura otorgada el 9 de marzo de 2023, en San Sebastián, ante el notario D. Jose Luis Carvajal García Pando (número de protocolo: 305).

En tal sentido, el 4 de mayo de 2021 se acordó modificar el artículo 8 de los estatutos, relativo a la composición máxima del patronato, al objeto de ampliarla. El 29 de marzo de 2022, por su lado, se acordó la inclusión expresa de la condición de la fundación como medio propio personificado de la Diputación Foral de Gipuzkoa en el artículo 3 de los estatutos, según aprobó el Consejo de Gobierno del ente foral en sesión celebrada el 12 de abril de 2022.

Por último, el 30 de mayo de 2023, el patronato de la fundación ratificó por unanimidad los anteriores acuerdos, evacuando así el requerimiento efectuado el 17 de abril de 2023 por el Registro de Fundaciones, con base en lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 37 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

Todas las anteriores circunstancias fueron incorporadas al protocolo notarial de la escritura mediante dilligencia de 3 de julio de 2023 del notario autorizante a instancia de la entidad otorgante, para dejar unida a la misma la certificación comprensiva del acuerdo de ratificación.

Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, el artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y el artículo 3.1 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Artículo único.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la fundación denominada Mubil Fundazioa, con la fecha de la presente Orden, y en los términos previstos en la escritura pública otorgada el 9 de marzo de 2023, en San Sebastián, ante el notario D. Jose Luis Carvajal García Pando (número de protocolo: 305).

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 14 de septiembre de 2023.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.


Análisis documental