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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 148, viernes 4 de agosto de 2023


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
3797

RESOLUCIÓN 75/2023, de 12 de julio, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de Colaboración con el Parlamento Vasco y la Sociedad Pública, Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea – Sociedad Informática del Gobierno Vasco, S.A., para el desarrollo, aplicación, provisión de servicios de uso y mantenimiento del módulo «Parlamento» de gestión de las enmiendas al proyecto de ley por la que se aprueban los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del convenio de Colaboración con el Parlamento Vasco y la Sociedad Pública, Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea – Sociedad Informática del Gobierno Vasco, S.A., para el desarrollo, aplicación, provisión de servicios de uso y mantenimiento del módulo «Parlamento» de gestión de las enmiendas al proyecto de ley por la que se aprueban los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que figura como anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 12 de julio de 2023.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 75/2023, DE 12 DE JULIO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL PARLAMENTO VASCO, LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI Y LA SOCIEDAD PÚBLICA, EUSKO JAURLARITZAREN INFORMATIKA ELKARTEA – SOCIEDAD INFORMÁTICA DEL GOBIERNO VASCO, S.A., PARA EL DESARROLLO, APLICACIÓN, PROVISIÓN DE SERVICIOS DE USO Y MANTENIMIENTO DEL MODULO «PARLAMENTO» DE GESTIÓN DE LAS ENMIENDAS AL PROYECTO DE LEY POR LA QUE SE APRUEBAN LOS PRESUPUESTOS GENERALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI.
En Vitoria-Gasteiz, a 8 de junio de 2022.
REUNIDOS:

Doña Bakartxo Tejeria Otermin, Presidenta del Parlamento Vasco.

Don Pedro Maria Azpiazu Uriarte, Consejero de Economía y Hacienda de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Don Asier Sáez de Vicuña Ortueta, Director General de la Sociedad Pública, Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea – Sociedad Informática del Gobierno Vasco, S.A.

Actuando las partes con capacidad suficiente, acuerdan la firma del presente convenio y

MANIFIESTAN:

En el año 1982 se creó la Sociedad Pública Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea – Sociedad Informática del Gobierno Vasco, S.A., para dar respuesta a la necesidad de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi de dotarse de medios y servicios informáticos, como herramienta básica en la realización de las tareas ordinarias que le son propias.

En el ejercicio 2016, el Departamento de Economía y Hacienda efectuó una encomienda de gestión a EJIE para realizar el proyecto de Evolución del Sistema de Información y Gestión Económica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y del resto del sector público vasco a plataforma SAP.

En el ejercicio 2021, se realizó el encargo a EJIE para llevar a cabo el mantenimiento de la aplicación informática de EIKA e incorporar a la misma determinados desarrollos que se consideraron precisos, entre los cuales se incluyó el desarrollo de un módulo de gestión de enmiendas al proyecto de ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

En el marco de colaboración mutua que debe presidir las relaciones entre las administraciones e instituciones públicas y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las instituciones y la sociedad pública suscribientes consideran que es muy beneficioso para el cumplimiento de sus respectivos fines establecer un marco de colaboración para el desarrollo, aplicación y mantenimiento del módulo «Parlamento» de gestión de las enmiendas al proyecto de ley por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, integrado en el Sistema de Información y Gestión Económica de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y del resto del sector público vasco.

En consecuencia, el Parlamento Vasco, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y la Sociedad Pública Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea – Sociedad Informática del Gobierno Vasco, S.A., acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración de conformidad con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.– Objeto.

El convenio tiene por objeto la colaboración entre el Parlamento Vasco, la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y la Sociedad Pública Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea – Sociedad Informática del Gobierno Vasco, S.A. (en adelante, EJIE) para el desarrollo, aplicación y mantenimiento del módulo «Parlamento» de gestión de las enmiendas al proyecto de ley por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi (en adelante, módulo «Parlamento») integrado en el Sistema de Información y Gestión Económica de la Administración General y del resto del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi (en adelante, EIKA).

Segunda.– Módulo «Parlamento» integrado en EIKA.

1.– El módulo «Parlamento» integrado en EIKA, sobre plataforma SAP, tendrá las siguientes funciones:

a) Introducir y registrar las enmiendas de los grupos parlamentarios.

b) Facilitar el control de cuadre de enmiendas.

c) Producción de los informes necesarios para la tramitación del citado proyecto de ley en el Parlamento Vasco, así como su seguimiento parlamentario.

d) Gestión y seguimiento de las enmiendas transacciones relacionadas con la tramitación de tal proyecto.

2.– El anexo al convenio «Desarrollos específicos para la gestión de enmiendas. Transacciones» recoge los detalles técnicos de los desarrollos específicos para la gestión de enmiendas y las transacciones del módulo «Parlamento» integrado en EIKA.

Tercera.– Compromisos de las partes.

1.– Las partes firmantes acuerdan que el servicio se ofrecerá conforme a las siguientes condiciones:

a) La propiedad de los datos introducidos en el módulo «Parlamento» integrado en EIKA es del Parlamento Vasco y de los Grupos Parlamentarios.

b) La autorización de las personas usuarias y la asignación de perfiles de uso del módulo «Parlamento» integrado en EIKA corresponderá en exclusiva al Parlamento Vasco.

c) El Gobierno Vasco accederá a los datos exclusivamente respecto de las enmiendas presentadas y registradas en el registro general de la Cámara por los Grupos Parlamentarios. Este acceso a las enmiendas presentadas y registradas será a los meros efectos de su conocimiento para la tramitación y propuestas que se realicen con posterioridad, dentro del procedimiento parlamentario del proyecto de ley por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

2.– EJIE se compromete a realizar las siguientes prestaciones:

a) Ofrecerá soporte técnico para la integración del Parlamento Vasco en el módulo «Parlamento» integrado en EIKA.

b) Procurará la disponibilidad del servicio en modo 24 x 7. Podrán programarse paradas del servicio fuera del horario habitual de trabajo con un aviso previo a las personas usuarias de al menos 48 horas, salvo causa justificada.

c) Ofrecerá la formación necesaria a los parlamentarios y parlamentarias, al personal eventual y al personal funcionario del Parlamento Vasco, que estén relacionados con la tramitación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en el ámbito del módulo «Parlamento» integrado en EIKA.

3.– La utilización por parte del Parlamento Vasco de las herramientas incluidas en el módulo «Parlamento» integrado en EIKA implica la aceptación de sus procesos tecnológicos y funcionales, y habilita a participar en los desarrollos futuros de los mismos.

4.– Las partes firmantes establecerán equipos operativos para el impulso, coordinación ejecución y supervisión de las actuaciones necesarias para la implantación y desarrollo del módulo «Parlamento» integrado en EIKA, en el ámbito parlamentario.

Cuarta.– Costes.

1.– La Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi asumirá el coste del mantenimiento de la infraestructura informática y los servicios necesarios para el correcto funcionamiento del módulo «Parlamento» integrado en EIKA.

2.– El Parlamento Vasco asumirá el coste de los siguientes conceptos:

a) Los desarrollos informáticos que fuera necesario acometer en sus propios sistemas de información para la obtención directa de información por el Parlamento Vasco desde el módulo «Parlamento» integrado en EIKA.

b) Los servicios de comunicaciones necesarios para conectar con el módulo «Parlamento» integrado en EIKA.

c) El servicio de soporte de las personas usuarias autorizadas por el Parlamento Vasco relativo al uso del módulo «Parlamento» integrado en EIKA.

3.– Anualmente se fijará una bolsa de horas, cuyo coste sufragará el Parlamento Vasco, para el mantenimiento, soporte y posible evolución del módulo «Parlamento» integrado en EIKA, así como para el soporte técnico y la atención funcional a las personas usuarias de tal módulo, que sean precisos.

Quinta.– Vigencia, modificación, denuncia, prórroga y extinción.

1.– El convenio tendrá una duración de 4 años desde la fecha de su firma.

2.– El convenio podrá ser modificado por mutuo acuerdo de las partes firmantes en cualquier momento, con el fin de facilitar el cumplimiento de sus fines.

3.– El convenio no podrá ser denunciado hasta que haya transcurrido un año de su vigencia, momento en el que las partes podrán denunciarlo en su totalidad o en alguno de sus apartados. Tal denuncia producirá efectos a los tres meses de efectuarse, y no eximirá a las partes del cumplimiento de los compromisos adquiridos hasta esa fecha de producción de efectos.

4.– La vigencia del convenio podrá prorrogarse por un plazo de hasta 4 años mediante acuerdo unánime de las partes adoptado antes de que finalice su plazo de duración.

5.– El convenio quedará sin efecto por alguna de las siguientes causas:

a) Por el mutuo acuerdo entre las partes.

b) Imposibilidad acreditada o sobrevenida del cumplimiento de los compromisos adquiridos por motivos ajenos a la voluntad de las partes.

Sexta.– Comisión Mixta de Seguimiento.

1.– Se constituirá la Comisión Mixta de Seguimiento, órgano para la vigilancia, seguimiento y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, que ejercerá las siguientes funciones:

a) Verificar el funcionamiento del módulo «Parlamento» integrado en EIKA.

b) Resolver las controversias que se planteen sobre la interpretación y ejecución del convenio.

c) Analizar, estudiar y proponer cualquier medida que sea de utilidad para el buen funcionamiento del convenio.

2.– La Comisión estará integrada por las 4 personas siguientes:

a) Una en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, designada por el Consejero o la Consejera del Departamento de Economía y Hacienda.

b) Una en representación de EJIE.

c) Dos en representación del Parlamento Vasco.

3.– La Comisión se reunirá si lo solicita alguno de sus personas integrantes, y a la misma podrán asistir cuantas personas asesoras y colaboradoras se estime necesario.

4.– Se aplicarán a la actuación de la Comisión las normas de constitución y actuación previstas para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Séptima.– Naturaleza e interpretación.

El convenio tiene naturaleza administrativa, sujetándose en cuanto a su regulación al ordenamiento jurídico-administrativo. Las cuestiones litigiosas que puedan surgir de su interpretación y cumplimiento serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional de lo Contencioso-Administrativo.

De conformidad con todo lo expuesto y convenido, en el ejercicio del que son titulares, las personas firmantes suscriben el presente convenio por triplicado.

La Presidenta del Parlamento Vasco,

BAKARTXO TEJERIA OTERMIN.

El Director General de la Sociedad Pública, Eusko Jaurlaritzaren Informatika Elkartea – Sociedad Informática del Gobierno Vasco, S.A.,

ASIER SÁEZ DE VICUÑA ORTUETA.

El Consejero de Economía y Hacienda de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi,

PEDRO MARÍA AZPIAZU URIARTE.

(Véase el .PDF)

Análisis documental