N.º 145, martes 1 de agosto de 2023
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
3719
RESOLUCIÓN de 12 de julio de 2023, del Director de Calidad e Industrias Alimentarias, de corrección de errores de la Resolución de 28 de diciembre de 2022, por la que se conceden y deniegan ayudas solicitadas en el ejercicio 2022, al amparo de la Orden de 15 de junio de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la transformación y comercialización de productos agrarios, alimentarios y los derivados de la pesca y la acuicultura (Programa Lehiatu Berria)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.– Mediante Resolución de 28 de diciembre de 2022, del Director de Calidad e Industrias Alimentarias, se concedió a Conservas Zizzo, S.L. una ayuda económica directa de 29.942,43 euros en base a la Orden de 15 de junio de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se procedía a la convocatoria para el ejercicio 2022 de las ayudas previstas para la transformación y comercialización de productos agrarios, alimentarios y los derivados de la pesca y la acuicultura (Programa Lehiatu Berria).
Segundo.– Revisada por esta Administración la Resolución de 28 de diciembre de 2022, se ha constatado la existencia de un error en cuanto que la cuantía subvencionable concedida a Conservas Zizzo, S.L., se considera anual (año 2022). Sin embargo, en la documentación obrante en el expediente se refleja que el periodo previsto de ejecución del proyecto se inicia en fecha 01-09-2022 y finaliza el 31-12-2023. Por lo tanto, debe reconocerse el carácter de inversión bianual.
Tercero.– Por lo expuesto, se debe proceder a realizar la corrección en cuanto al carácter bianual del gasto subvencionable concedido y reflejar la ayuda dividida en los años 2022 y 2023.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.– Será competente para dictar la presente Resolución el Director de Calidad e Industrias Alimentarias, por ser el órgano competente para la gestión de las ayudas de la presente convocatoria conforme a la Base 10 de la Orden de 15 de junio de 2022.
Segundo.– En virtud del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se establece la posibilidad, por parte de las Administraciones Públicas, de rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos, existentes en sus actos.
Se habilita a las Administraciones Públicas para que puedan corregir los errores materiales existentes en sus actos, enmendando el error de que adolecen y haciendo que el acto tenga la exactitud que debía tener.
Tal posibilidad de rectificación debe ceñirse a los supuestos en que el propio acto administrativo revele una equivocación evidente por sí mismo y manifiesta en el contenido del acto susceptible de rectificación, siendo este procedimiento únicamente admisible para rectificar omisiones o errores materiales, no declaraciones conceptuales de inequívoco carácter jurídico.
La corrección de errores no debe desvirtuar la naturaleza de la actuación propuesta, ni los objetivos perseguidos, que, en este caso, se adecúan a las actuaciones contempladas para el ejercicio 2022 y 2023.
En su virtud,
RESUELVO:
Primero.– Corregir el error advertido en la Resolución de 28 de diciembre de 2022, del Director de Calidad e Industrias Alimentarias, por la que se conceden y deniegan ayudas solicitadas en el ejercicio 2022, al amparo de la Orden de 15 de junio de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la transformación y comercialización de productos agrarios, alimentarios y los derivados de la pesca y la acuicultura (Programa Lehiatu Berria), conforme a los siguientes tenores:
En el Anexo IV, línea 14 (00099-LEH2022-25: Conservas Zizzo, S.L.), columna «Origen Fondos 2022 – CAE)»
donde dice:
7.485,61
debe decir:
450,00
En el Anexo IV, línea 14 (00099-LEH2022-25: Conservas Zizzo, S.L.), columna «Origen Fondos 2022 – FEMP)»
donde dice:
22.456,82
debe decir:
1.350,00
En el Anexo IV, línea 14 (00099-LEH2022-25: Conservas Zizzo, S.L.), columna «Origen Fondos 2023 – CAE)»
donde dice:
(casilla en blanco)
debe decir:
7.035,61
En el Anexo IV, línea 14 (00099-LEH2022-25: Conservas Zizzo, S.L.), columna «Origen Fondos 2023 – FEMP)»
donde dice:
(casilla en blanco)
debe decir:
21.106,82
Segundo.– Mantener los restantes pronunciamientos de la Resolución de 28 de diciembre de 2022, del Director de Calidad e Industrias Alimentarias, por la que se conceden y deniegan ayudas solicitadas en el ejercicio 2022, al amparo de la Orden de 15 de junio de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas a la transformación y comercialización de productos agrarios, alimentarios y los derivados de la pesca y la acuicultura (Programa Lehiatu Berria), por ser los mismos ajustados a derecho.
Tercero.– Notificar la presente Resolución a la entidad interesada con la advertencia de que contra la misma podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con lo previsto establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Vitoria-Gasteiz, a 12 de julio de 2023.
El Director de Calidad e Industrias Alimentarias,
RAÚL PÉREZ IRACHETA.