N.ş 139, viernes 21 de julio de 2023
- Otros formatos:
- PDF (213 KB - 9 Pág.)
- EPUB (119 KB)
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
3530
ORDEN de 7 de julio de 2023, del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad, por la que se corrigen errores materiales existentes en la Orden de 5 de diciembre de 2022, por la que se convocan los procesos excepcionales de consolidación de empleo del personal laboral de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se aprueban las bases específicas que han de regir los citados procesos.
El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, sobre el Boletín Oficial del País Vasco establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzca claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.
Advertidos errores de esa índole en el texto de la Orden de 5 de diciembre de 2022, del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad, por la que se convocan los procesos excepcionales de consolidación de empleo del personal laboral de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se aprueban las bases específicas que han de regir los citados procesos, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, n.ş 249, de 30 de diciembre de 2022, y en su virtud,
RESUELVO:
Corregir la Orden de 5 diciembre de 2022, del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad, por la que se convocan los procesos excepcionales de consolidación de empleo del personal laboral de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se aprueban las bases específicas que han de regir los citados procesos.
En la página 2022/5779 (240/345), en el Anexo LXXI, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
En la página 2022/5779 (243/345), en el Anexo LXXII, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
En la página 2022/5779 (246/345), en el Anexo LXXIII, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
En la página 2022/5779 (249/345), en el Anexo LXXIV, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
En la página 2022/5779 (252/345), en el Anexo LXXV, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
En la página 2022/5779 (255/345), en el Anexo LXXVI, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
En la página 2022/5779 (258/345), en el Anexo LXXVII, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
En la página 2022/5779 (262/345), en el Anexo LXXVIII, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
En la página 2022/5779 (272/345), en el Anexo LXXXI, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
En la página 2022/5779 (279/345), en el Anexo LXXXIII, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
En la página 2022/5779 (282/345), en el Anexo LXXXIV, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
En la página 2022/5779 (285/345), en el Anexo LXXXV, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
En la página 2022/5779 (289/345), en el Anexo LXXXVI, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
En la página 2022/5779 (292/345), en el Anexo LXXXVII, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
En la página 2022/5779 (295/345), en el Anexo LXXXVIII, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título».
En la página 2022/5779 (265/345), en el Anexo LXXIX, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Graduado escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
En la página 2022/5779 (268/345), en el Anexo LXXX, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Graduado escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
En la página 2022/5779 (275/345), en el Anexo LXXXII, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Graduado escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
En la página 2022/5779 (299/345), en el Anexo LXXXIX, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Graduado escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
En la página 2022/5779 (302/345), en el Anexo XC, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Graduado escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
En la página 2022/5779 (305/345), en el Anexo XCI, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Graduado escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
En la página 2022/5779 (308/345), en el Anexo XCII, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Graduado escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
En la página 2022/5779 (311/345), en el Anexo XCIII, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Graduado escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
En la página 2022/5779 (314/345), en el Anexo XCIV, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Graduado escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
En la página 2022/5779 (317/345), en el Anexo XCV, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Graduado escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
En la página 2022/5779 (320/345), en el Anexo XCVI, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Graduado escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
En la página 2022/5779 (323/345), en el Anexo XCVII, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Graduado escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
En la página 2022/5779 (326/345), en el Anexo XCVIII, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Graduado escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
En la página 2022/5779 (329/345), en el Anexo XCIX, apartado 3. c),
donde dice:
«Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
debe decir:
«Por acreditar un título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
Por acreditar el título de Graduado escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título».
En la página 2022/5779 (331/345), en el Anexo C, apartado 1.,
donde dice:
«Modalidad de acceso general: 6».
debe decir:
«Modalidad de acceso general: 7».
En la versión en euskera, en la página 2022/5779 (334/321), en el Anexo C, apartado 3. c)
donde dice:
«Eskola-ziurtagiria, lehen mailako lanbide-heziketako titulua edo baliokidea egiztatzeagatik: 4 puntu.»
debe decir:
«Eskola-graduatua, lehen mailako lanbide-heziketako titulua edo baliokidea egiztatzeagatik: 4 puntu titulu bakoitzeko.»
En la versión en euskera, en la página 2022/5779 (334/324), en el Anexo CI, apartado 3. c)
donde dice:
«Eskola-ziurtagiria, lehen mailako lanbide-heziketako titulua edo baliokidea egiztatzeagatik: 4 puntu.»
debe decir:
«Eskola-graduatua, lehen mailako lanbide-heziketako titulua edo baliokidea egiztatzeagatik: 4 puntu titulu bakoitzeko.»
En la versión en euskera, en la página 2022/5779 (334/327), en el Anexo CII, apartado 3. c)
donde dice:
«Eskola-ziurtagiria, lehen mailako lanbide-heziketako titulua edo baliokidea egiztatzeagatik: 4 puntu.»
debe decir:
«Eskola-graduatua, lehen mailako lanbide-heziketako titulua edo baliokidea egiztatzeagatik: 4 puntu titulu bakoitzeko.»
En la versión en euskera, en la página 2022/5779 (334/330), en el Anexo CIII, apartado 3. c)
donde dice:
«Eskola-ziurtagiria, lehen mailako lanbide-heziketako titulua edo baliokidea egiztatzeagatik: 4 puntu.»
debe decir:
«Eskola-graduatua, lehen mailako lanbide-heziketako titulua edo baliokidea egiztatzeagatik: 4 puntu titulu bakoitzeko.»
En la versión en euskera, en la página 2022/5779 (334/333), en el Anexo CIV, apartado 3. c)
donde dice:
«Eskola-ziurtagiria, lehen mailako lanbide-heziketako titulua edo baliokidea egiztatzeagatik: 4 puntu.»
debe decir:
«Eskola-graduatua, lehen mailako lanbide-heziketako titulua edo baliokidea egiztatzeagatik: 4 puntu titulu bakoitzeko.»
En Vitoria-Gasteiz, a 7 de julio de 2023.
El Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad,
JOSU IŃAKI ERKOREKA GERVASIO.