N.º 131, martes 11 de julio de 2023
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
3316
RESOLUCIÓN de 27 de junio de 2023, del Delegado Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa, por la que se otorgan autorización administrativa previa y de construcción para la renovación de componentes de la subestación Itsaso 220 kV en el término municipal de Ezkio-Itsaso. Referencia: AT-Y-2023-00004.
ANTECEDENTES DE HECHO
1.– Con fecha 27 de enero de 2023, la empresa Red Eléctrica de España, S.A.U., con domicilio en Alcobendas, Madrid, Paseo del Conde de los Gaitanes, 177, solicitó autorización administrativa previa y de construcción para el proyecto de ejecución de renovación de componentes de la subestación Itsaso 220 kV, en el término municipal de Ezkio-Itsaso, aportando instancia al respecto, acompañada de proyecto técnico correspondiente.
2.– En cumplimiento del artículo 35.2 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico y del artículo 11.4 del Decreto 48/2020, de 31 de marzo, el 23 de febrero de 2023 se remitió a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico un ejemplar del proyecto en formato digital, a fín de que esa Dirección General enviara, en el plazo de tres meses, el correspondiente informe.
3.– En cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 del Decreto 48/2020, de 31 de marzo (BOPV de 24-04-2020) y el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE de 27-12-2000) y los artículos del 53 al 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (BOE de 27-12-2013) y en el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23 aprobado por Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo (BOE de 09-06-2014), dicho proyecto ha sido sometido a información pública, durante el plazo de veinte días.
4.– A tales efectos, dentro del trámite de información pública se publicó el anuncio, en el BOPV y BOG, de fechas 9 de mayo de 2023 y 11 de mayo de 2023 respectivamente; en la página web de internet www.euskadi.eus y en el apartado de Información Pública de Proyectos del apartado de Energía y Minas del Departamento Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.
5.– Dentro del período de información pública, no se presentaron escritos de alegaciones al proyecto.
6.– En fecha 16 de marzo de 2023 se ha recibido en esta Delegación Territorial escrito de la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico informando favorablemente respecto a la instalación de referencia.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
1.– La Delegación Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa es el órgano competente para la resolución de este expediente, en uso de la competencia atribuida por el Decreto 68/2021, de 23 de febrero (BOPV de 05-03-2021), por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.
2.– La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, determina en su artículo 39 que la puesta en funcionamiento, modificación, transmisión y cierre definitivo de las instalaciones de distribución de energía eléctrica estarán sometidas al régimen de autorización administrativa previa.
3.– El Decreto 48/2020, de 31 de marzo, regula el procedimiento de autorización administrativa para la construcción, modificación, explotación, transmisión y cierre de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, así como de las acometidas, líneas directas e instalaciones de conexión de consumidores en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
4.– En la tramitación del expediente se han tenido en cuenta y cumplido los requisitos y trámites procedimentales previstos tanto en las normas reguladoras del procedimiento administrativo, como en la legislación citada.
5.– El proyecto cumple con las exigencias técnicas contenidas en las normativas de seguridad que le son de aplicación.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, el Delegado Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa,
RESUELVE:
Primero.– Conceder a Red Eléctrica de España, S.A.U. autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la renovación de componentes de la subestación Itsaso 220 kV, con objeto de la mejora de los elementos que componen aquellas posiciones cuyo grado de envejecimiento, obsolescencia tecnológica e indisponibilidad de repuestos han sido identificados como críticos para incrementar la fiabilidad de la RdT aumentando su vida útil, en el término municipal de Ezkio-Itsaso. El alcance de la actuación será la renovación de los siguientes equipos:
Parque de 220 kV
Calle 1 ATP-2
Denominación: Equipo
89B1-1: Seccionador
89B2-1: Seccionador
PY-1: Pararrayos
Calle 2 ATP-1
Denominación: Equipo
89B1-2: Seccionador
89B2-2: Seccionador
PY-2: Pararrayos
Calle 3 ACP-2
Denominación: Equipo
89B1-3: Seccionador
89B3-3: Seccionador
Calle 4 ACP-1
Denominación: Equipo
89B1-4: Seccionador
89B2-4: Seccionador
Calle 7 ZUM
Denominación; Equipo
89B1-7: Seccionador
89B2-7: Seccionador
89-7+57-7: Seccionador
Calle 10 ORC2
Denominación: Equipo
52-10: Interruptor
89B1-10: Seccionador
89B2-10: Seccionador
89-10+57-10: Seccionador
TC-10: Transformador Tensión Capacitivo
Calle 11 HEN 2
Denominación: Equipo
52-11: Interruptor
89B1-11: Seccionador
89B3-11: Seccionador
89-11+57-11: Seccionador
Calle 12 ELG
Denominación: Equipo
89B1-12: Seccionador
89B2-12: Seccionador
89-12+57-12: Seccionador
PY-12: Pararrayos
Calle 13 HEN 1
Denominación: Equipo
52-13: Interruptor
89B1-13: Seccionador
89B2-13: Seccionador
89-13+57-13: Seccionador
Calle 15 ORC1
Denominación: Equipo
52-15: Interruptor
89B1-15: Seccionador
89B3-15. Seccionador
89-15+57-15: Seccionador
PY-15: Pararrayos
Calle 16 ORM2
Denominación: Equipo
89B1-16: Seccionador
89B2-16: Seccionador
89-16+57-16: Seccionador
PY-16: Pararrayos
Esta Resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto 48/2020 y con las condiciones generales siguientes:
1.– Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2.– El plazo de puesta en servicio será de tres años contado a partir de la presente Resolución.
3.– El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación y puesta en servicio.
4.– La presente Resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Asimismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En San Sebastián, a 27 de junio de 2023.
El Delegado Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa,
AGUSTIN AROSTEGI ARTETXE.