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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 131, martes 11 de julio de 2023


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
3315

RESOLUCIÓN del 11 de mayo de 2023, del Director de Calidad e Industrias Alimentarias, por la que se resuelve la convocatoria de ayudas a proyectos de digitalización de la cadena alimentaria y madera, correspondiente al ejercicio 2022.

A la vista de las solicitudes presentadas dentro del plazo reglamentariamente establecido para acogerse a las ayudas a proyectos de digitalización de la cadena alimentaria y madera previstas en la Orden de 27 de julio de 2022 de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente,

Considerando que la Comisión de Valoración ha emitido una propuesta para cuya elaboración ha tenido en cuenta los criterios objetivos de valoración y selección establecidos en la base 10 de la Orden de 27 de julio de 2022,

Teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto,

RESUELVO:

Primero.– Conceder a los solicitantes que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución ayudas a proyectos de Digitalización de la Cadena Alimentaria y Madera previstas en la Orden de 27 de julio de 2022 de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

Se especifican en el citado Anexo, el importe de la inversión o gasto subvencionable y la cantidad subvencionada como ayuda directa. La cuantía total asciende a 1.047.458,36 € financiada con cargo a los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Segundo.– El pago de las ayudas se realizará según lo dispuesto en la base 18 de la Orden de 27 de julio de 2022.

Tercero.– Denegar a los solicitantes que se relacionan en el Anexo II de la presente Resolución ayudas a proyectos de Digitalización de la Cadena Alimentaria y Madera previstas en la Orden de 27 de julio de 2022 de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

Cuarto.– Establecer la fecha del 31 de diciembre de 2023 como plazo de ejecución para los proyectos.

Quinto.– Las ayudas que se conceden mediante esta Resolución constituyen ayudas de Estado, por lo que serán de aplicación el Reglamento (UE) n.º 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis, el Reglamento (UE) n.º 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector agrícola, el Reglamento (UE) n.º 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura y el Reglamento (UE) n.º 360/2012 de la Comisión, de 25 de abril de 2012, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis concedidas a empresas que prestan servicios de interés económico general, sin perjuicio, del resto de disposiciones tanto del derecho nacional como de la Unión Europea que pudieran resultar de aplicación.

Sexto.– Contra la presente resolución podrá interponerse Recurso de Alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En Vitoria-Gasteiz a 11 de mayo de 2023.

El Director de Calidad e Industrias Alimentarias,

Raúl Pérez Iracheta.

(Véase el .PDF)

Análisis documental