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N.º 130, lunes 10 de julio de 2023
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y EMPLEO
3307
RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2023, de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, de corrección de errores de la Resolución de 21 de junio de 2023, por la que se procede a la publicación de la convocatoria, para el año 2023, de las ayudas destinadas a las actuaciones de Empleo con Apoyo, previstas en el Decreto 168/2019, de 29 de octubre, por el que se regulan los programas y servicios relacionados con la empleabilidad de las personas con discapacidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Registro Vasco de centros especiales de empleo.
El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.
Advertidos errores de dicha índole en la Resolución de 21 de junio de 2023, de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la convocatoria, para el año 2023, de las ayudas destinadas a las actuaciones de Empleo con Apoyo, previstas en el Decreto 168/2019, de 29 de octubre, por el que se regulan los programas y servicios relacionados con la empleabilidad de las personas con discapacidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Registro Vasco de centros especiales de empleo, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 121, de 27 de junio de 2023, se procede a su corrección:
– En la página 2023/3071 (3/6), en el artículo 3.2,
donde dice:
«2.– Las actuaciones de Empleo con Apoyo subvencionadas al amparo de esta convocatoria podrán ser objeto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa FSE+ País Vasco, 2021-2027».
debe decir:
«2.– Las actuaciones de Empleo con Apoyo subvencionadas al amparo de esta convocatoria podrán ser objeto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo en el marco del Programa FSE+ País Vasco, 2021-2027.
Se exceptúan de dicha cofinanciación las actuaciones de Empleo con Apoyo destinadas a las personas con capacidad intelectual límite a las que se hace referencia en el artículo 6 de esta convocatoria».
– En la página 2023/3071 (4/6), en el artículo 4.1.a.6,
donde dice:
«6.– Hojas de visita y relación de las actuaciones de prospección desarrolladas y de las empresas contactadas. Se admitirá la financiación de actuaciones de prospección con empresas por medios no presenciales hasta el 35 % sobre el número máximo a realizar en función de la jornada de trabajo dedicada a las actuaciones de prospección. En las interlocuciones no presenciales se recabará la firma electrónica de la persona interlocutora de la empresa o signatura electrónica de la empresa».
debe decir:
«6.– Hojas de visita y relación de las actuaciones de prospección desarrolladas y de las empresas contactadas».
En Vitoria-Gasteiz, a 28 de junio de 2023.
La Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo,
MARÍA GLORIA MÚGICA CONDE.