N.º 124, viernes 30 de junio de 2023
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE IGUALDAD, JUSTICIA Y POLÍTICAS SOCIALES
3159
CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 13 de junio de 2013, de la Directora de Servicios Sociales, por la que se somete a información pública el proyecto de decreto de centros residenciales para personas mayores en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, sobre el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaria del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.
Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Resolución de 13 de junio de 2013, de la directora de Servicios Sociales, por la que se somete a información pública el proyecto de decreto de centros residenciales para personas mayores en el ámbito de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 122, de 28 de junio de 2023, se procede a su corrección:
En la página 2023/3098 (1/2), en el párrafo primero de la resolución, donde dice:
«...y que ha de tramitarse conforme determina la Ley 8/2003, de 22 de diciembre, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General.»
debe decir:
«...y que ha de tramitarse conforme determina la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General.»
En la página 2023/3098 (1/2), en el párrafo segundo de la resolución, donde dice:
«En cumplimiento de las disposiciones de la citada Ley, la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales dictó, con fecha 15 de julio de 2022, la Orden por la que se da inicio al procedimiento para la elaboración del arriba citado proyecto de decreto. Asimismo, con fecha 6 de febrero de 2023 se dictó la Orden de aprobación previa del texto del proyecto de decreto, una vez redactado su articulado.»
debe decir:
«En cumplimiento de las disposiciones de la citada Ley, la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales dictó, con fecha 3 de marzo de 2023, la Orden por la que se da inicio al procedimiento para la elaboración del arriba citado proyecto de decreto. Asimismo, con fecha12 de junio de 2023 se dictó la Orden de aprobación previa del texto del proyecto de decreto, una vez redactado su articulado.»
En la página 2023/3098 (1/2), en el párrafo tercero de la resolución, donde dice:
«De acuerdo con lo previsto en el artículo 8.1 de la citada Ley 8/2003, las disposiciones de carácter general que afecten a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, y aquellas otras cuya naturaleza lo aconseje, se someterán a información pública.»
debe decir:
«De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la citada Ley 6/2022, las disposiciones de carácter general que afecten a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía, y aquellas otras cuya naturaleza lo aconseje, se someterán a información pública.»
En la página 2023/3098 (1/2), en el resuelvo primero de la resolución, donde dice:
«Primero. Someter al trámite de información pública el "proyecto de decreto por el que se modifica el decreto de centros residenciales para personas mayores en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco" por un periodo de diez (20) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.»
debe decir:
«Primero Someter al trámite de información pública el "proyecto de decreto por el que se modifica el decreto de centros residenciales para personas mayores en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco" por un periodo de veinte (20) días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.»