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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 123, jueves 29 de junio de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
3113

ORDEN de 21 de junio de 2023, del Consejero de Educación, por la que se da publicidad a las listas definitivas de personas aspirantes seleccionadas, en el proceso excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración convocado por órdenes de 22 de septiembre y 30 de noviembre de 2022 del Consejero de Educación.

De conformidad con lo determinado en la base 7.3 de las Órdenes de 22 de septiembre y 30 de noviembre 2022 del Consejero de Educación, por las que se convoca proceso excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración en los Cuerpos de Profesores y Profesoras de Enseñanza Secundaria, de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Música y artes escénicas, de Artes Plásticas y Diseño, de Maestras y Maestros, en el Cuerpo a extinguir de Profesores técnicos y Profesoras técnicas de Formación Profesional y en el Cuerpo de Profesores y Profesoras Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, mediante Resolución de 8 de junio de 2023 de la Directora de Gestión de Personal se dio publicidad a las listas provisionales de personas aspirantes seleccionadas. Contra dichas listas se abrió un plazo de reclamaciones de cinco días hábiles.

Se han revisado las reclamaciones presentadas contra dichas listas provisionales. Asimismo, en el mencionado plazo se han presentado renuncias a continuar participando el proceso excepcional. Por otra parte, se han corregido errores de las puntuaciones de los méritos asignadas a determinados aspirantes, mediante Resolución de 16 de junio de 2023 de la Directora de Gestión de Personal.

A la vista de todo ello, y de conformidad con lo dispuesto en la base 7.4 de las citadas Órdenes de 22 de septiembre y 30 de noviembre de 2022 del Consejero de Educación,

RESUELVO:

Primero.– Dar publicidad en el Anexo I a las listas definitivas de personas aspirantes seleccionadas, en el proceso excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración convocado por Órdenes de 22 de septiembre y 30 de noviembre de 2022 del Consejero de Educación.

Segundo.– La presente Orden junto con las listas indicadas serán objeto de publicación en el Boletín Oficial del País Vasco así como en la siguiente dirección de internet del Departamento de Educación:

Para Profesores especialistas en sectores singulares de FP:

https://hezigunea.euskadi.eus/ (introduciendo «Usuario (DNI/NIE)» y «Contraseña») - «Área personal» – «Trámites con personal» – «Trámites administrativos» – «OPE 2022. Docentes. Proceso excepcional de estabilización-Profesores especialistas en sectores singulares de FP» – «Seguimiento del proceso selectivo» – indicar Cuerpo y especialidad – «Selección».

Para resto de cuerpos:

https://hezigunea.euskadi.eus/ (introduciendo «Usuario (DNI/NIE)» y «Contraseña») - «Área personal» – «Trámites con personal» – «Trámites administrativos» – «OPE 2022. Docentes. Proceso excepcional de estabilización» – «Seguimiento del proceso selectivo» – indicar Cuerpo y especialidad – «Selección».

Tercero.– Abrir un plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco, para que las personas aspirantes seleccionadas presenten los documentos indicados en la base 8.1 de las Órdenes de 22 de septiembre y 30 de noviembre 2022 del Consejero de Educación.

La documentación se presentará on-line, a través de https://hezigunea.euskadi.eus/ (introduciendo «Usuario (DNI/NIE)» y «Contraseña») - «Área personal» – «Trámites con personal» – «Trámites administrativos» – «OPE 2022. Docentes. Proceso excepcional de estabilización-Profesores especialistas en sectores singulares de FP» / «OPE 2022. Docentes. Proceso excepcional de estabilización» – «Entrega documentación seleccionados», cumplimentando el modelo «Entrega documentación por seleccionados» disponible en dicha dirección.

Quienes no presentaran la documentación exigida, o del examen de la misma, se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2 de la convocatoria, decaerán de todos sus derechos a ser nombradas funcionarias de carrera, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial. Asimismo, decaerán de todos sus derechos, quienes fueran calificadas como no aptas en el reconocimiento médico.

Cuarto.– Las personas que se encontraran en los supuestos previstos en el Decreto 47/1993, de 9 de marzo, Decreto 182/2002, de 23 de julio o Decreto 190/2011, de 30 de agosto, según el caso, dispondrán de un plazo de 3 años desde la toma de posesión como funcionarias de carrera, para acreditar el perfil lingüístico correspondiente, por lo que los nombramientos como funcionarias de carrera quedarán condicionados a la acreditación del cumplimiento del requisito de perfil lingüístico establecido en la convocatoria, en el plazo indicado. En caso de no acreditarlo quedarán sin efecto los nombramientos indicados.

Quinto.– Dar publicidad a la relación de personas aspirantes suplentes, para el caso de que alguna de las personas aspirantes seleccionadas pierda dicha condición: por renuncias a los derechos derivados del procedimiento selectivo presentadas hasta el 30 de septiembre de 2023, por estimación de eventuales recursos o por no cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria.

Dicha relación se publicará en la dirección de Internet indicada en el resuelvo segundo.

Sexto.– Teniendo en cuenta que en el proceso excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración las personas aspirantes podrán resultar seleccionadas únicamente en una especialidad y en un cuerpo, se abre un plazo de 5 días hábiles a partir del siguiente a la publicación de las listas definitivas de personas seleccionadas en el Boletín Oficial del País Vasco, para que las personas que figuran el Anexo II opten por una especialidad y cuerpo. En caso de no efectuar la opción, resultarán finalmente seleccionadas en la especialidad en la que hayan obtenido mayor puntuación total y de obtener la misma puntuación, en la especialidad en la que hayan obtenido mayor puntuación en el subapartado 1.1 del Anexo I.

Séptimo.– Contra la presente Orden las personas interesadas podrán interponer recurso de reposición ante el Consejero de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de junio de 2023.

El Consejero de Educación,

JOKIN BILDARRATZ SORRON.

(Véase el .PDF)

Análisis documental