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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 117, miércoles 21 de junio de 2023


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE TURISMO, COMERCIO Y CONSUMO
2953

RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2023, de la Directora de Turismo y Hostelería, por la que se somete a trámite de audiencia e información pública el proyecto de decreto de ejercicio de la actividad de guías de turismo.

El Departamento de Turismo, Comercio y Consumo de Gobierno Vasco ha elaborado el proyecto de decreto por el que se regula el ejercicio de la actividad de guías de turismo, que ha de tramitarse conforme establece la Ley 6/2022, de 30 de junio, del Procedimiento de Elaboración de las Disposiciones de Carácter General

En cumplimiento de las disposiciones de la citada Ley, el Consejero de Turismo, Comercio y Consumo dictó, con fecha 10 de marzo de 2023, la Orden por la que se dio inicio al procedimiento para la elaboración del citado proyecto de decreto. Asimismo, con fecha 13 de abril de 2023 se dictó la Orden de aprobación previa del texto del proyecto de decreto.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la citada Ley 6/2022, los trámites de audiencia e información pública se deben realizar siempre que se afecte de manera directa a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y ciudadanas, y no concurra alguna de las causas de excepción previstas en este artículo.

A tal efecto, se somete el proyecto de Decreto por el que se regula el ejercicio de la actividad de guías de turismo al trámite de información pública, por un periodo de un mes, a contar desde del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco

Por todo lo expuesto, en virtud de la atribución que el artículo 8.1.a) del Decreto 13/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo, otorga a las personas que ostentan el cargo de Director o Directora,

RESUELVO:

Primero.– Someter al trámite de audiencia e información pública el Proyecto de Decreto de ejercicio de la actividad de guías de turismo, por un período de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segundo.– A los efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, y para posibilitar la presentación de alegaciones, el contenido del proyecto de decreto estará disponible en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica del Gobierno Vasco, en https://www.euskadi.eus/tablon-electronico-anuncios/

Tercero.– Las alegaciones se pueden presentar de manera electrónica en https://www.euskadi.eus/tablon-electronico-anuncios/, y presencialmente en la Dirección de Turismo y Hostelería del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo (c/ Donostia-San Sebastián, 1 – Edificio Lakua I, planta 8.ª), así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigidas a la atención de la Directora de Turismo y Hostelería.

En Vitoria-Gasteiz, a 14 de junio de 2023.

La Directora de Turismo y Hostelería,

AROA JILETE GONZÁLEZ.


Análisis documental