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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 117, miércoles 21 de junio de 2023


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE IGUALDAD, JUSTICIA Y POLÍTICAS SOCIALES
2952

ORDEN de 8 de junio de 2023, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se delega en la titular de la Dirección de Servicios del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales el ejercicio de las funciones de la persona responsable de la operación, a los efectos del análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés.

ANTECEDENTES

El artículo 4.2 de la Orden HFP/55/2023, de 24 enero, relativo al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia asigna las funciones de responsable de la operación al órgano de contratación o al órgano competente para la concesión de subvenciones.

De conformidad con los artículos 4.2.d) y 4.2.e) del Decreto 21/2021 de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de igualdad, Justicia y Políticas Sociales, corresponde a la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales: «Autorizar los gastos del Departamento de cuantía superior a 1.000.000 de euros, sin perjuicio de las competencias del Consejo de Gobierno.» y «Actuar como órgano de Contratación del Departamento en los contratos cuyo presupuesto base de licitación, en los términos establecidos por la normativa reguladora de la contratación en el sector público, sea superior a 1.000.000 de euros.»

Con sujeción a lo dispuesto en la Orden HFP/55/2023, de 24 de enero, la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales actúa como Órgano de Contratación, será responsable de la operación y le corresponderá la ejecución de las gestiones en los aplicativos informáticos CoFFEE y Minerva, así como la elaboración de documentación y otras funciones conexas de mera gestión.

El artículo 9.1. de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 25 de la Ley 3/2022 del Sector Público Vasco, permite a los órganos de las diferentes Administraciones Públicas delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas en otros órganos de la misma Administración.

Razones de eficacia, proporcionalidad, eficiencia y agilización administrativa aconsejan que las funciones de manejo de los aplicativos CoFFEE y Minerva, así como otras funciones conexas se ejerzan por la Directora de Servicios, que es quién se encarga de la gestión ordinaria. Es por ello, que procede articular una delegación en favor de la Directora de Servicios.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.– Delegar en la persona titular de la Dirección de Servicios del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales las siguientes funciones que la Orden HFP/55/2023 de 24 de enero atribuye a la persona responsable de la operación, a los efectos del análisis sistemático de riesgo de interés:

– Acceder a la aplicación Minerva e introducir el código CRO y la información relativa a los intervinientes en los procedimientos para poder realizar ex ante el análisis del riesgo de conflicto de interés previsto en el apartado Cinco de la disposición adicional centésima décima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, en los siguientes términos:

a) los números de identificación fiscal de las personas sujetas al análisis (decisores de la operación), junto con su nombre y apellidos.

b) los números de identificación fiscal de las personas físicas o jurídicas participantes en cada procedimiento, junto con su nombre y apellidos en el caso de las primeras y razón social en el caso de las segundas, que concurran al mismo como licitadoras o solicitantes.

Adicionalmente, el responsable de la operación cargará en CoFFEE las declaraciones de ausencia de conflicto de interés cumplimentadas y firmadas por los decisores de la operación.

– En caso de que se haya detectado una o varias banderas rojas poner dicha circunstancia en conocimiento del decisor afectado y del superior jerárquico del decisor afectado, a fin de que, en su caso, se abstenga.

– Remitir el resultado del análisis en Minerva a los órganos gestores de los proyectos o subproyectos o de su equivalente en caso de entidades instrumentales.

– Asegurar que los resultados del análisis realizado queden registrados en la aplicación CoFFEE.

– En los casos en los que tras la identificación de un riesgo de conflicto de interés no se haya procedido la abstención solicitará a Minerva información adicional de los riesgos detectados y trasladará la información adicional al superior jerárquico de su decisión.

– De oficio o a instancia del superior jerárquico correspondiente, podrá acudir al Comité Antifraude correspondiente para que emita informe sobre si procede o no la abstención en un caso concreto.

– Será responsable de que se dé de alta en la aplicación CoFFEE la documentación relativa a la alegación motivada de ausencia de conflicto de interés.

Segundo.– La presente delegación será revocable en cualquier momento mediante Orden de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales.

Tercero.– La presente Orden se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 8 de junio de 2023.

La Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales,

NEREA MELGOSA VEGA.


Análisis documental