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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 98, jueves 25 de mayo de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES
2452

RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2023, del Viceconsejero de Planificación Territorial y Agenda Urbana, por la que se resuelve y hace pública la concesión de las ayudas previstas en la Orden de 12 de diciembre de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones, para el ejercicio 2022, para el desarrollo de ideas y proyectos innovadores que contribuyan a los objetivos del nicho de oportunidad «Ciudades sostenibles» del PCTI Euskadi 2030, programa Bai+d+i.

Con fecha 23 de diciembre de 2022 fue publicada en el BOPV n.º 244 la Orden de 12 de diciembre de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones para el ejercicio 2022, para el desarrollo de ideas y proyectos innovadores que contribuyan a los objetivos del nicho de oportunidad «Ciudades sostenibles» del PCTI Euskadi 2030, programa Bai+D+i.

El plazo de presentación de solicitudes finalizó el día 23 de enero, en virtud de lo establecido en el artículo 7 de la citada Orden, habiendo tenido entrada 6 solicitudes.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la citada Orden de 12 de diciembre de 2022 reguladora de estas ayudas, con fecha 15 de marzo se constituyó el correspondiente Tribunal de Valoración con objeto de llevar a cabo el análisis y verificación de las solicitudes recibidas teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 12 de dicho artículo que recogía los criterios de adjudicación y su puntuación máxima.

El artículo 10 de la antedicha Orden de 12 de diciembre de 2022 prevé que para la concesión de las subvenciones se destinará un total de 755.637,00 euros. Por su parte, dicha disposición precisa que se subvencionará el 80 % de los costes subvencionables, con un máximo de 100.000 euros para redacción y ejecución de proyectos y 30.000 euros para la exclusiva redacción de proyectos, hasta el agotamiento del crédito presupuestario existente, no pudiendo ser objeto de subvención el IVA u otros impuestos, salvo que se acredite que suponga un coste para la persona o entidad beneficiaria.

Con fecha 8 de mayo de 2023 el Tribunal de Valoración, tras llevar a cabo el análisis y verificación de las solicitudes recibidas, y de acuerdo con lo señalado en el artículo 15, elevó a esta Viceconsejería la Propuesta de adjudicación en la que consta la relación de las solicitudes presentadas; la prelación de solicitudes que se propone subvencionar y la relación de solicitudes que se propone denegar, incluyendo los motivos que fundamentan dicha denegación.

Dado lo dispuesto en el artículo 15 de la Orden de 12 de diciembre de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones, para el ejercicio 2022, para el desarrollo de ideas y proyectos innovadores que contribuyan a los objetivos del nicho de oportunidad «Ciudades sostenibles» del PCTI Euskadi 2030, programa Bai+D+i y a la vista de la Propuesta elevada por el Tribunal de Valoración constituido al efecto,

RESUELVO:

Primero.– Conceder las subvenciones para el desarrollo de ideas y proyectos innovadores que contribuyan a los objetivos del nicho de oportunidad «Ciudades sostenibles» a la persona y entidades beneficiarias que se relacionan en el Anexo I adjunto a la presente Resolución, para la elaboración del proyecto y por el importe que se cita.

Segundo.– Denegar las subvenciones para el desarrollo de ideas y proyectos innovadores que contribuyan a los objetivos del nicho de oportunidad «Ciudades sostenibles» a la persona y entidades solicitantes que se relacionan en el Anexo II, en el que se incluyen los motivos de dicha denegación.

Tercero.– Forma y plazos de pago de las ayudas. El pago de la subvención se hará efectivo del modo siguiente:

a) 20,6 % de la cantidad concedida, mediante libramiento con carácter de pago anticipado, una vez transcurrido el plazo establecido en el apartado a) del artículo 18 de la precitada Orden de 12 de diciembre de 2022, sin haber mediado renuncia.

b) 39,7 % del importe de la ayuda, previa justificación técnica y económica del 55 % de los trabajos objeto de financiación, que deberá entregarse por las personas y entidades beneficiarias antes del 31 de octubre 2023 en formato electrónico.

c) 39,7 % restante del importe de la ayuda tras la aprobación por parte de la Dirección de Planificación Territorial y Agenda Urbana del proyecto definitivo y la correspondiente entrega final, antes del 31 octubre de 2024.

La justificación de la subvención, así como la documentación a presentar se encuentran establecidos en el artículo 17 de la Orden de 12 de diciembre de 2022.

Cuarto.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco a los efectos de su notificación a todos los solicitantes, de conformidad con lo señalado en el artículo 15 de la Orden de 12 de diciembre de 2022.

Contra la presente Resolución cabrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 9 de mayo de 2023.

El Viceconsejero de Planificación Territorial y Agenda Urbana,

MIGUEL DE LOS TOYOS NAZABAL.

(Véase el .PDF)

Análisis documental