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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 87, miércoles 10 de mayo de 2023


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
2183

ORDEN de 27 de abril de 2023, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se aprueba inicialmente el Plan Territorial Sectorial de las Energías Renovables en Euskadi.

El actual contexto energético y medioambiental demanda una aceleración en la consecución del objetivo de descarbonización de la economía, para lo cual, tanto a nivel europeo como estatal se han ido adoptando diferentes medidas y fijando objetivos cada vez más exigentes dirigidos a aumentar la participación de las energías renovables en el mix energético. Así, el paquete de medidas «fit for 55», publicado en el año 2021, recoge un conjunto de propuestas dirigidas a revisar y actualizar la legislación de la UE, con el objetivo, en lo que a energías renovables se refiere, de alcanzar, en el año 2030, un 40 % de participación de las energías renovables en el consumo final de energía. En la actualidad este objetivo está siendo objeto de revisión al alza, si bien la meta al 2050 es alcanzar la descarbonización total de la economía.

Ello requerirá, sin duda, de un despliegue de instalaciones de aprovechamiento de fuentes de energía renovable sobre el territorio, que necesariamente deberá ser mayor en los próximos años. Pero además este despliegue tendrá que hacerse de forma ordenada, haciendo compatible su implantación con los elementos que integran el territorio, tales como el paisaje, el patrimonio cultural, el medio socioeconómico, la seguridad y salud o los valores ambientales. Es precisamente a esto a lo que se pretende dar respuesta a través del Plan Territorial Sectorial de Energías Renovables.

La Ley 4/2019, de 21 de febrero, de Sostenibilidad Energética de la Comunidad Autónoma Vasca, en su Disposición Adicional Cuarta, encomienda al Gobierno Vasco la elaboración del Plan Territorial Sectorial de Energías Renovables.

En esa misma línea, el Parlamento Vasco también instó, en febrero de 2019, al Gobierno Vasco a la elaboración de un Plan Territorial Sectorial de las Energías Renovables en el que junto con la energía eólica se planificará también la implantación de otras energías renovables, como objetivo prioritario para conseguir incrementar la producción y el consumo de energía renovable en el País Vasco.

Las Directrices de Ordenación Territorial de la Comunidad Autónoma de Euskadi, aprobadas de manera definitiva mediante Decreto 128/2019, de 30 de julio, contemplan, en su artículo 16, la redacción de un Plan Territorial Sectorial de Energías Renovables, recogiendo, a su vez, los criterios que ese instrumento deberá observar.

En cumplimiento de todo ello, y en virtud de lo previsto en la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, y en el Decreto 46/2020, de 24 de marzo, de regulación de los procedimientos de aprobación de los planes de ordenación del territorio y de los instrumentos de ordenación urbanística, mediante Orden de 22 de marzo de 2021, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, publicada en el BOPV n.º 64, de 20 de marzo de 2021, se acuerda el inicio del procedimiento para la elaboración de un Plan Territorial Sectorial de las Energías Renovables en Euskadi.

Previo seguimiento del correspondiente proceso de participación pública y consulta a organismos interesados, recabando las aportaciones de las instituciones, de los agentes sociales interesados y de la ciudadanía en general, se elaboró el Documento de Avance y el Documento Inicial Estratégico del Plan.

El documento fue remitido a las administraciones territoriales interesadas, al objeto de que, de conformidad con lo previsto en el artículo 14 del Decreto 46/2020, de 24 de marzo, formularan las observaciones, sugerencias, alternativas y propuestas que estimasen oportunas y se solicitaron los informes preceptivos.

Con fecha 2 de marzo de 2022 se emite informe por la Dirección de Planificación Territorial y Agenda Urbana del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes.

Dentro del trámite ambiental, el Director de Calidad Ambiental y Economía Circular dicta Resolución de 25 de abril de 2023 por la que se formula el documento de alcance del estudio ambiental estratégico del Plan Territorial Sectorial de las Energías Renovables en Euskadi. Así mismo se ha emitido informe justificativo de la ausencia de relevancia desde el punto de vista del género del citado Plan.

Tras las sugerencias e informes recibidos, y en base al documento de alcance del estudio ambiental estratégico, se procedió a la elaboración del documento para la aprobación inicial. De conformidad con lo previsto en el artículo 13.5 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, el documento elaborado fue remitido para informe de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco.

El contenido del Plan Territorial Sectorial de las Energías Renovables en Euskadi se encuentra correctamente insertado en el marco territorial definido por las Directrices de Ordenación Territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, recogiendo las determinaciones y documentos que debe integrar un Plan Territorial Sectorial.

Este Departamento es competente para la aprobación inicial del Plan Territorial Sectorial de las Energías Renovables en Euskadi, en virtud del artículo 13.3 de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio, y artículo 15 del Decreto 46/2020, de 24 de marzo, de regulación de los procedimientos de aprobación de los planes de ordenación del territorio y de los instrumentos de ordenación urbanística.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 15 del Decreto 46/2020, la Administración promotora someterá el plan aprobado inicialmente, acompañado del estudio ambiental estratégico, a información pública, así como a un trámite de audiencia a las administraciones públicas territoriales interesadas y de consulta de las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas que hubieran sido previamente consultadas en el procedimiento de evaluación ambiental estratégica.

En su virtud, vistos los antecedentes mencionados,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar inicialmente el Plan Territorial Sectorial de las Energías Renovables en Euskadi.

Segundo.– Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco, en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial del Territorio Histórico correspondiente y en, al menos, dos periódicos de los de mayor circulación en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Tercero.– Someter el Plan Territorial Sectorial de las Energías Renovables en Euskadi al trámite de información pública, al objeto de que desde el día siguiente al de la última publicación de la presente Orden en los boletines oficiales indicados y durante un plazo de 45 días hábiles puedan formularse cuantas alegaciones se estimen oportunas.

Cuarto.– Someter el Plan Territorial Sectorial de las Energías Renovables en Euskadi al trámite de audiencia y consulta de las administraciones públicas territoriales interesadas, a fin de que desde el día siguiente al de la última publicación de la presente Orden en los boletines oficiales indicados y durante un plazo de 45 días hábiles puedan formular las observaciones y sugerencias que consideren oportunas.

Quinto.– Someter el Estudio Ambiental Estratégico del Plan Territorial Sectorial de las Energías Renovables en Euskadi a los trámites de información pública y de consulta a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas que han sido previamente consultadas, durante un plazo de 45 días hábiles desde el día siguiente al de la última publicación de la presente Orden en los boletines oficiales indicados.

Durante los referidos plazos, el citado Plan Territorial Sectorial estará a disposición del público interesado en Irekia y en la página web de este Departamento en www.euskadi.eus: https://www.euskadi.eus/proceso-para-la-elaboracion-del-plan-territorial-sectorial-de-las-energias-renovables-en-euskadi/web01-a2energi/es/; o, con cita previa, en la sede de Dirección de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial de este Departamento en C/ Donostia-San Sebastián 1 de Vitoria-Gasteiz.

La presente Orden no es susceptible de recurso al constituir un acto de tramite dentro del procedimiento de aprobación del Plan Territorial Sectorial de Energías Renovables en Euskadi.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de abril de 2023.

La Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente,

MARÍA ARANZAZU TAPIA OTAEGUI.


Análisis documental