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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 86, martes 9 de mayo de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
2144

RESOLUCIÓN 56/2023, de 2 de mayo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación de la adenda de modificación del convenio de colaboración suscrito con el Ayuntamiento de Donostia / San Sebastián, para la promoción de alojamientos dotacionales en el término municipal de Donostia / San Sebastián.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco la adenda de modificación del convenio de colaboración referenciada, a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto de la adenda de modificación del convenio de colaboración suscrito con el Ayuntamiento de Donostia / San Sebastián, para la promoción de alojamientos dotacionales en el término municipal de Donostia/San Sebastián, que figura como anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de mayo de 2023.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 56/2023, DE 2 DE MAYO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
ADENDA DE MODIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO (DEPARTAMENTO DE MEDIO AMBIENTE, PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y VIVIENDA) Y EL AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN PARA LA PROMOCIÓN DE ALOJAMIENTOS DOTACIONALES
En Vitoria-Gasteiz, a 23 de febrero de 2023,
REUNIDOS:

De una parte, el Sr. D. Ignacio Maria Arriola López, Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco,

y de la otra, la Sra. Dña. Miren Nekane Arzallus Iturriza, Concejala de Urbanismo Sostenible del Ayuntamiento de San Sebastián,

COMPARECEN:

El primero, en calidad de Consejero del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco y en representación de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, autorizado para este acto en virtud de acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 31 de enero de 2023.

La segunda, en su calidad de concejala Delegada de Urbanismo Sostenible del Ayuntamiento de San Sebastián, en representación del mismo, autorizada para este acto por el Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de dicha corporación local de 15 de febrero de 2022.

Ambas partes intervienen en la presente Adenda en la promoción de intereses públicos y generales y se reconocen competencia suficiente para el otorgamiento de la presente, y al efecto,

EXPONEN:

Primero.– Que con fecha 3 de abril de 2020, la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y el Ayuntamiento de San Sebastián suscribieron un convenio de colaboración para la promoción de unos 180 nuevos alojamientos dotacionales en el término municipal de San Sebastián.

Segundo.– Que en virtud de su contenido el Ayuntamiento adquirió, fundamentalmente, el compromiso de transmitir mediante cesión gratuita, dos parcelas municipales que, de acuerdo con los estudios previos realizados, se consideran aptas para acoger los nuevos alojamientos dotacionales y que se sitúan en los ámbitos urbanísticos de Morlans-Behera y Riberas de Loiola.

Por su parte, la Administración de la General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, a través de su Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, adquirió el compromiso y obligación de promover y ejecutar los nuevos alojamientos dotacionales previstos asumiendo los gastos derivados de su promoción.

Tercero.– Que debido a que en el ámbito de Morlans Behera se detectan dificultades técnicas derivadas del encaje de los nuevos alojamientos dotacionales proyectados en la parcela cuya cesión inicialmente había sido prevista, Parcela 9 G-1, dada su estrechez y su encajonamiento entre el monte y el vial existente, el entonces Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco solicita al Ayuntamiento la cesión de una nueva parcela en ese ámbito, que se corresponde con la parcela 11 G-4, del Proyecto de Reparcelación del A.I.U. AM.09 Morlans-Behera, de titularidad muncipal, que es contigua a la Parcela 9 G-1.

La cesión de esa nueva parcela en el ámbito de Morlans posibilitará desarrollar una promoción mayor, con mejores condiciones técnicas, orográficas y de orientación, lo cual redundaría en una evidente mejora en el diseño de los alojamientos dotacionales previstos promover y, consiguientemente, en la calidad de vida de sus futuros ocupantes y usuarios.

Cuarto.– Que el convenio se suscribió al amparo del artículo 186 de la Ley 3/2003, de 3 de noviembre de Patrimonio de las Administraciones Públicas, de aplicación supletoria a las entidades locales, que señala que la Administración General del Estado podrá celebrar convenios con otras administraciones públicas o con personas jurídicas de derecho público o de derecho privado pertenecientes al sector público, con el fin de ordenar las relaciones de carácter patrimonial y urbanístico entre ellas en un determinado ámbito.

Por otro lado, la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regula en su capítulo VI artículo 47 y siguientes, los convenios de colaboración, estableciendo los requisitos de validez y eficacia y determinando los trámites preceptivos para su suscripción y el régimen de modificación.

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre del Régimen Jurídico del Sector Público, señala la cláusula décima del convenio suscrito con fecha 3 de abril de 2020, que para la modificación del convenio se requerirá el acuerdo unánime de las partes firmantes, mediante la suscripción de la correspondiente adenda del convenio.

Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir la presente adenda de modificación del convenio, con arreglo a las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera.– El objeto de la presente Adenda es modificar la cláusula primera del convenio de colaboración firmado el 3 de abril de 2020 por el Ayuntamiento de Donostia / San Sebastián y el entonces Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco, para la promoción de aproximadamente 180 alojamientos dotacionales en dicho municipio. La modificación consiste en aumentar el número de parcelas objeto de cesión contempladas en el Convenio firmado el 3 de abril de 2020 y añadir a la cesión inicial, la parcela 11 G-4 (g.000/AM.09.4) del Proyecto de Reparcelación del A.I.U. AM.09 Morlans-Behera, de titularidad municipal, que es colindante a de la parcela 9 G-1.

(Véase el .PDF)

Segunda.– Los términos del Convenio de Colaboración no expresamente modificados por el presente documento permanecerán plenamente vigentes e inalterados en los términos y condiciones existentes en la presente fecha. En caso de discrepancia o discordancia entre el contenido de esta Adenda y el Convenio suscrito con fecha 3 de abril de 2020, prevalecerá lo previsto en la presente Adenda.

En prueba de conformidad y para debida constancia de lo convenido, las partes suscriben este documento, que se firma en el lugar y fecha indicado en el encabezamiento.

El Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.

La Concejala Delegada de Urbanismo Sostenible del Ayuntamiento de San Sebastián,

NEKANE ARZALLUS ITURRIZA.


Análisis documental