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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 78, martes 25 de abril de 2023


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
1956

RESOLUCIÓN de 19 de abril de 2023, del Delegado Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa, por la que se otorga autorización administrativa previa y de construcción para la reforma de la subestación transformadora de 132/30/13,8 kV, ST Aduna, en el término municipal de Aduna. Referencia: AT-Y-2022-00156.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.– Con fecha 27 de diciembre de 2022, la empresa I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., con domicilio en Bilbao, San Adrián, 48, solicitó autorización administrativa previa y de construcción para el proyecto de ejecución de reforma de la subestación transformadora de 132/30/13,8 kV, ST Aduna, en el término municipal de Aduna, aportando instancia al respecto, acompañada de proyecto técnico correspondiente.

2.– En cumplimiento de lo previsto en el artículo 10 del Decreto 48/2020, de 31 de marzo (BOPV de 24-04-2020) y el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE de 27-12-2000) y los artículos del 53 al 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (BOE de 27-12-2013) y en el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23 aprobado por Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo (BOE de 09-06-2014), dicho proyecto ha sido sometido a información pública, durante el plazo de veinte días.

3.– A tales efectos, dentro del trámite de información pública se publicó el anuncio, en el BOPV y BOG, de fechas 28 de febrero de 2023 y 13 de marzo de 2023 respectivamente; en la página web de internet www.euskadi.eus y en el apartado de Información Pública de Proyectos del apartado de Energía y Minas del Departamento Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

4.– Con carácter simultáneo al trámite de información pública, con fecha 28 de febrero de 2023, se remitió la separata correspondiente al Ayuntamiento de Aduna solicitándole su conformidad u oposición a la solicitud y el establecimiento del condicionado técnico procedente, en su caso. No habiendo contestado a la misma.

5.– Dentro del período de información pública, no se presentaron escritos de alegaciones al proyecto.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.– La Delegación Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa es el órgano competente para la resolución de este expediente, en uso de la competencia atribuida por el Decreto 68/2021, de 23 de febrero (BOPV de 05-03-2021), por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente.

2.– La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, determina en su artículo 39 que la puesta en funcionamiento, modificación, transmisión y cierre definitivo de las instalaciones de distribución de energía eléctrica estarán sometidas al régimen de autorización administrativa previa.

3.– El Decreto 48/2020, de 31 de marzo, regula el procedimiento de autorización administrativa para la construcción, modificación, explotación, transmisión y cierre de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica, así como de las acometidas, líneas directas e instalaciones de conexión de consumidores en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

4.– En la tramitación del expediente se han tenido en cuenta y cumplido los requisitos y trámites procedimentales previstos tanto en las normas reguladoras del procedimiento administrativo, como en la legislación citada.

5.– El proyecto cumple con las exigencias técnicas contenidas en las normativas de seguridad que le son de aplicación.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, el Delegado Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa,

RESUELVE:

Conceder a I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la reforma de la subestación transformadora de 132/30/13,8 kV, ST Aduna, en el término municipal de Aduna. El alcance de la actuación será el siguiente:

a) Sistema de 132 kV.

La posición del transformador de potencia T-2 se equipará con:

– Tres (3) pararrayos.

– Un (1) transformador de tensión capacitivo.

b) Transformación.

Se sustituye el transformador T2 de relación 132/30 kV y potencia 45 MVA por un nuevo transformador de 60 MVA de potencia ONAF.

Esta Resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el citado Decreto 48/2020 y con las condiciones generales siguientes:

1) Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.

2) El plazo de puesta en servicio será de tres años contado a partir de la presente Resolución.

3) El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión de la autorización de explotación y puesta en servicio.

4) En el plazo máximo de un mes desde su puesta en servicio se deberán realizar mediciones de ruido en los límites de la parcela por entidad externa autorizada como Empresas Colaboradoras de la Administración y acreditada por ENAC en la materia.

5) En el plazo máximo de dos meses desde su puesta en servicio, deberá remitirse a esta Delegación Territorial de Gipuzkoa informe de las mediciones de ruido emitido por la Empresa Colaboradora de la Administración.

6) La presente Resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Asimismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Director de Proyectos Estratégicos y Administración Industrial, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En San Sebastián, a 19 de abril de 2023.

El Delegado Territorial de Administración Industrial de Gipuzkoa,

AGUSTIN AROSTEGI ARTETXE.


Análisis documental