N.º 68, martes 11 de abril de 2023
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y EMPLEO
1692
RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2023, del Director de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la publicación de la sanción impuesta por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales en el expediente: 20/2020/81 - Acta de infracción n.º I202020000024217.
Visto el expediente de sanción incoado a la empresa José Antonio Goya, S.A., con CIF: B20686994 y domicilio en (20270) Anoeta (Gipuzkoa), Polígono Benta - Aldea, en virtud del acta de infracción n.º I202020000024217, extendida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Bizkaia con fecha 2 de diciembre de 2020.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.– Mediante resolución del Director de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Trabajo y Empleo del Gobierno Vasco de fecha 9 de marzo de 2021, se impuso a la empresa José Antonio Goya, S.A. una sanción por importe de cuarenta mil novecientos ochenta y seis (40.986) euros, por la comisión de una infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales del artículo 13.4 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto: «La adscripción de los trabajadores a puestos de trabajo cuyas condiciones fuesen incompatibles con sus características personales conocidas o que se encuentren manifiestamente en estados o situaciones transitorias que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo, así como la dedicación de aquellos a la realización de tareas sin tomar en consideración sus capacidades profesionales en materia de seguridad y salud en el trabajo, cuando de ello se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores».
Segundo.– Dicha resolución ha adquirido firmeza en fecha 28 de octubre de 2022.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
La competencia para conocer del expediente le viene atribuida al Director de Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 7/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Empleo (BOPV de 29 de enero de 2021), en el Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo (BOE de 3 de junio de 1998), y en los artículos 2, 3, y 4 del Decreto 244/2012, de 21 de noviembre, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales y creación del registro de empresas sancionadas (BOPV de 4 de diciembre de 2012).
Vistos los preceptos legales señalados, y demás de general aplicación, la Dirección de Trabajo y Seguridad Social, en uso de las atribuciones que tiene conferidas,
RESUELVE:
Primero.– Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de los datos referidos a la sanción firme impuesta, que a continuación se indican:
– Razón social: José Antonio Goya, S.A.
– Sector de actividad a la que se dedica: Elaboración de productos cárnicos y de volatería.
– Código de Identificación Fiscal: B20686994.
– Domicilio social: Polígono Benta-Aldea, 20270 Anoeta (Gipuzkoa).
– Infracción cometida: 13.4 TRLISOS: «La adscripción de los trabajadores a puestos de trabajo cuyas condiciones fuesen incompatibles con sus características personales conocidas o que se encuentren manifiestamente en estados o situaciones transitorias que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo, así como la dedicación de aquellos a la realización de tareas sin tomar en consideración sus capacidades profesionales en materia de seguridad y salud en el trabajo, cuando de ello se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores».
– Cuantía de la sanción económica: Cuarenta mil novecientos ochenta y seis (40.986) euros.
– Fecha del acta de infracción: 2 de diciembre de 2020.
– Fecha de la resolución sancionadora: 9 de marzo de 2021.
– Fecha en la que la sanción adquirió firmeza: 28 de octubre de 2022.
Segundo.– Ordenar la inscripción de los datos objeto de publicación en el registro de sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales, adscrito a esta Dirección de Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 244/2012, de 21 de noviembre, anteriormente citado.
Los datos registrales correspondientes a la sanción impuesta se cancelarán a los cinco años contados desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado la sanción en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 21 de marzo de 2023.
El Director de Trabajo y Seguridad Social,
ANGEL LAPUENTE MONTORO.