N.º 67, miércoles 5 de abril de 2023
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OTRAS DISPOSICIONES
OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
1675
RESOLUCIÓN 904/2022, de 28 de noviembre, del Director Gerente de la Organización Sanitaria Integrada Debabarrena, de delegación de competencias y de delegación de firma en materia de guardias médicas y de enfermería y en materia de personal.
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.– Por Resolución 1725/2022, de 11 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza, se nombra a D. Asier Esnal Albizu, Director Gerente de la Organización Sanitaria Integrada Debabarrena.
Segundo.– Vista la existencia de una importante actividad tanto en materia de contratación y de gestión de personal de la OSI Debabarrena, que exigen la firma de gran número de documentos por parte del Director Gerente.
Tercero.– Siendo aconsejable la delegación por parte del Director Gerente de una serie de funciones y actividades de la OSI Debabarrena en otros órganos del equipo directivo con el fin de agilizar los procedimientos y de distribuir las cargas de trabajo para lograr una gestión más ágil y participativa.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.– Que el artículo 15, punto 2 de los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza, que recoge que los cargos directivos podrán asumir las funciones y tareas que les sean delegadas por el Director Gerente.
Segundo.– Que el mismo artículo 15.2 de los Estatutos Sociales del Ente Público, prevé que se designará a la Dirección que asumirá las funciones del Director Gerente en caso de ausencia, vacante o enfermedad, con atribución en su caso a la Dirección Médica correspondiente.
Tercero.– Que el artículo 20 de los Estatutos Sociales del Ente Público, atribuye la competencia como Órgano de Contratación al Director Gerente o al cargo directivo en quien el mismo delegue.
Cuarto.– Que el artículo 12 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público establece que:
«Los titulares de los órganos administrativos podrán, en materia de su competencia, delegar la firma de sus resoluciones y actos administrativos a los titulares de los órganos o unidades administrativas que de ellos dependan, dentro de los limites señalados en el artículo 9.
La delegación de firma no alterará la competencia del órgano delegante y para su validez no será necesaria su publicación.
En las resoluciones y actos que se firmen por delegación, se hará constar la autoridad de procedencia.»
Por lo expuesto y en virtud de las facultades que tengo atribuidas y con relación a las materias que son propias
RESUELVO:
Primero.– Delegar las funciones atribuidas en materia de guardias médicas en el/la Directora/a de Coordinación Asistencial del área médica.
Segundo.– Delegar las funciones atribuidas en matera de guardias de enfermería en el/la Directora/a de Coordinación Asistencial del área de enfermería.
Tercero.– Delegar la firma de la Organización Sanitaria Integrada Debabarrena en materia de personal, dentro de los límites establecidos en el artículo 15 de los Estatutos Sociales del Ente Público así como en el artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en el/la Directora/a de Personal de la OSI Debabarrena.
Cuarto.– En las resoluciones y actos que se firmen en virtud de la presente delegación, se hará constar esta circunstancia.
Quinto.– La presente Resolución causará efectos a partir del día de la fecha.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Directora General de Osakidetza, de conformidad con el artículo 5.2 de sus Estatutos Sociales y el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Mendaro, a 28 de noviembre de 2022.
El Director Gerente OSI Debabarrena,
ASIER ESNAL ALBIZU.