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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 53, jueves 16 de marzo de 2023


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OTRAS DISPOSICIONES

EUSKAL TRENBIDE SAREA
1346

RESOLUCIÓN de 28 de febrero de 2023, del Director General de Euskal Trenbide Sarea, por la que se aprueba el «Proyecto Constructivo de Reforma de la Estación de Zumaia»

La estación de Zumaia cuenta en la actualidad con determinados elementos (acceso soterrado, zona de máquinas, rampas y escaleras, etc.) que presentan una clara y conveniente oportunidad de mejora desde el punto de vista de la accesibilidad.

Se pretende mejorar las condiciones de accesibilidad de la estación de Zumaia, incluyendo labores y trabajos de reforma y mejora de los actuales acabados e instalaciones, así como los equipamientos de la propia estación.

El proyecto en cuestión abarca: la sustitución del actual paso inferior que conecta la calle «Estazioa» a la altura del portal 14 y hasta la zona inferior de andenes donde se encuentran las actuales rampas y escaleras que dan acceso a los propios andenes, construyendo un nuevo paso inferior o subterráneo; el montaje e instalación de dos ascensores interiores; la ampliación de anchura de la actual escalera del andén Sur; la restitución del solado y del alicatado actual del paso inferior entre andenes y escaleras; la sustitución del alumbrado del paso inferior entre andenes y escaleras y, por último, la retirada de actuales pasamanos y colocación de doble pasamanos en escaleras en ambos andenes.

El Presupuesto de Ejecución Material asciende a la cantidad de un millón ciento cuarenta y dos mil seiscientos cincuenta y cuatro euros con noventa céntimos (1.142.654,90).

El Presupuesto de Ejecución por Contrata, obtenido añadiendo un 6 % de Beneficio Industrial y un 13 % de Gastos Generales, asciende a la cantidad de 217.104,43 euros.

El Presupuesto Base de Licitación de las obras del «Proyecto Constructivo de Reforma de la Estación de Zumaia», una vez añadido el IVA correspondiente del 21 %, asciende a la cantidad de un millón seiscientos cuarenta y cinco mil trescientos ocho euros con setenta y nueve céntimos (1.645.308,79).

El plazo de ejecución estimado para las obras es de doce (12) meses.

Los Servicios Técnicos de Euskal Trenbide Sarea (ETS) han verificado que el proyecto responde a su objeto, que incluye los documentos indicados en el artículo 233 de la Ley 9/2017, de noviembre, de Contratos del Sector Público y en los artículos 126-132 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (RD 1098/2001, de 12 de octubre), y que recoge los aspectos suficientes y necesarios para su ejecución por contrata, por lo que proceden a informar favorablemente.

Este órgano es competente para la aprobación de determinados proyectos constructivos de infraestructuras ferroviarias de competencia de la Dirección de Infraestructuras del Transporte del Gobierno Vasco, por delegación de dicho órgano mediante Resolución de 16 de marzo de 2020, del Director de Infraestructuras del Transporte.

Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación,

RESUELVO:

Aprobar la «Proyecto Constructivo de Reforma de la Estación de Zumaia», que pretende mejorar las condiciones de accesibilidad de la estación de Zumaia, incluyendo labores y trabajos de reforma y mejora de los actuales acabados e instalaciones, así como los equipamientos de la propia estación, con un presupuesto base de licitación, IVA incluido, de un millón seiscientos cuarenta y cinco mil trescientos ocho euros con setenta y nueve céntimos (1.645.308,79). y con un plazo de ejecución para las obras de doce (12) meses.

Esta resolución no es definitiva en vía administrativa y contra ella los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes, dentro del plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, dirigiendo el escrito de interposición bien a este órgano, bien al Vicenconsejero de Infraestructuras y Transportes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo que se hace público, para general conocimiento.

En Bilbao, a 28 de febrero de 2023.

El Director General de Euskal Trenbide Sarea,

ERNESTO MARTINEZ DE CABREDO ARRIETA.


Análisis documental