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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 49, viernes 10 de marzo de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE IGUALDAD, JUSTICIA Y POLÍTICAS SOCIALES
1281

DECRETO 32/2023, de 28 de febrero, por el que se declara de interés social a la entidad «Zabalduz Koop. Elk.»

El artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, establece que podrán ser declaradas de interés social las entidades sin ánimo de lucro dedicadas a la prestación de servicios sociales, que cumplan las condiciones que se determinen reglamentariamente, en reconocimiento de su trayectoria y contribución del Tercer Sector de Acción Social al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma.

El Decreto 424/2013, de 7 de octubre, sobre la declaración de interés social de las entidades sin ánimo de lucro de servicios sociales, regula los requisitos y el procedimiento aplicables para la obtención de la declaración de interés social.

A su amparo, la entidad «Zabalduz Koop. Elk», ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla de acción social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de interés social.

Tal y como informa la Dirección de Servicios Sociales, la entidad «Zabalduz Koop. Elk» es una entidad constituida en el año 2014. Tiene como objeto los siguientes fines fundacionales:

a) Proyectos integrales (socioeducativos, terapéuticos) de alojamiento y convivencia que permitan orientar, definir y consolidar el proyecto de vida de las y los menores y jóvenes en situación de desprotección y/o riesgo de exclusión.

b) Programas de acompañamiento y de inclusión residencial para personas mayores de edad que se encuentren en situación de infravivienda, viviendo en la calle, o en situación de exclusión o demanda de apoyo social.

c) Programas de incorporación social y/o laboral y de acompañamiento a personas en situación de riesgo de exclusión.

d) Programas de educación ambiental para el desarrollo de las personas, generando conciencia y soluciones pertinentes a los problemas ambientales mediante actuaciones de prevención y estrategias en conexión con el desarrollo comunitario.

e) Programas de educación para la salud a lo largo de todo el ciclo vital, con incidencia en todos los ámbitos de la vida diaria (sanitario, escolar, comunitario...) y con un enfoque positivo e integral a través de promoción de estilos de vida saludables.

f) Programas de intervención familiar, parentalidad positiva y apoyo psicosocial a familias y personas a lo largo de todas las etapas de la vida.

g) Programas en el ámbito de la cooperación al desarrollo que incidan en el progreso económico y social.

h) Generar y compartir conocimiento sobre el ámbito de actuación y las intervenciones realizadas promocionando actividades de formación, investigación y difusión.

Cuenta con una trayectoria histórica de prestación de servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco, ya que ha acreditado el desarrollo de su actividad en esta Comunidad ininterrumpidamente desde 2017. El ámbito territorial en el que desarrolla principalmente sus funciones comprende el Territorio Histórico de Gipuzkoa.

De conformidad con lo dispuesto en el citado Decreto 424/2013, de 7 de octubre la declaración de interés social se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera del departamento competente en materia de servicios sociales que ha instruido el oportuno expediente.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el 28 de febrero de 2023,

DISPONGO:

Artículo 1.– Declarar de interés social a la entidad «Zabalduz Koop. Elk.» por considerar que contribuye al desarrollo de los servicios sociales en la Comunidad Autónoma del País Vasco mediante el desarrollo de sus actividades de acción social.

Artículo 2.– Reconocer a la Fundación «Zabalduz Koop. Elk.» los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 74 de la Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 28 de febrero de 2023.

El Lehendakari,

IÑIGO URKULLU RENTERIA.

La Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales,

NEREA MELGOSA VEGA.


Análisis documental