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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 46, martes 7 de marzo de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

DISPOSICIONES GENERALES

DEPARTAMENTO DE TURISMO, COMERCIO Y CONSUMO
1208

RESOLUCIÓN de 24 de febrero de 2023, del Presidente de la Comisión de Precios de Euskadi, por la que se aprueban las tarifas para el servicio público de transporte urbano de viajeros en auto-taxi para el año 2023, presentadas por varios Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

La Comisión de Precios de Euskadi, en su reunión del día 23 de febrero de 2023, ha adoptado el Acuerdo cuya parte dispositiva se transcribe a continuación para general conocimiento.

ACUERDO

En la Dirección de Servicios del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo han tenido entrada las solicitudes de revisión de tarifas presentadas por varios Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el servicio público de transporte urbano de viajeros en auto-taxi para el año 2023.

Las tarifas correspondientes al transporte urbano de viajeros en auto-taxi están sujetas a la normativa de control de precios en la modalidad de «precios autorizados de ámbito autonómico», a tenor del artículo 16.4 del Real Decreto-ley 7/1996, de 7 de junio sobre Medidas Urgentes de carácter fiscal y de Fomento y Liberalización de la Actividad Económica (BOE n.º 139, de 8 de junio).

La Comisión de Precios de Euskadi ejerce dicha competencia de acuerdo con el Decreto 35/2010, de 2 de febrero, regulador de la Comisión de Precios de Euskadi (BOPV n.º 31, de 16 de febrero), y de la Orden de 15 de junio de 2010, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se establece el procedimiento de revisión de precios autorizados y precios comunicados (BOPV n.º 128, de 6 de julio).

Las normas mencionadas están dirigidas a conseguir un cierto equilibrio económico, teniendo también su justificación en la necesidad de vigilar los mecanismos de formación de los precios respecto del coste de la vida.

Una vez analizado los expedientes de revisión de las tarifas presentadas para el año 2023, se consideran suficientes y ajustadas a los conceptos incluidos dentro de la estructura de costes de prestación del servicio.

En su virtud, la Comisión de Precios de Euskadi acuerda:

Primero.– Autorizar las tarifas del servicio urbano de auto-taxi para el año 2023, presentadas por los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi que a continuación se indican, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido:

1) Ayuntamiento de Usurbil, de la comarca de Buruntzaldea:

(Véase el .PDF)

2) Ayuntamientos de Ataun y Lazkao, de la comarca de Goierri:

(Véase el .PDF)

3) Ayuntamiento de Zarautz, de la comarca de Urola Costa:

(Véase el .PDF)

4) Ayuntamiento de Leioa:

(Véase el .PDF)

Bigarrena.– El presente Acuerdo surtirá efectos al día siguiente a su publicación.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco o directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de esta jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, 2023ko otsailaren 24a.

El Presidente de la Comisión de Precios de Euskadi,

JESÚS MARÍA GARCÍA DE COS.


Análisis documental