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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 44, viernes 3 de marzo de 2023


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
1170

RESOLUCIÓN de 23 de febrero de 2023, de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Transformación Digital, por la que se hace pública la convocatoria, para el ejercicio 2023, de las ayudas destinadas al desarrollo de proyectos de I+D, mediante la contratación de personas doctoradas y la realización de doctorados industriales en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Programa Bikaintek.

La Orden de 22 de febrero de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, regula las ayudas del programa Bikaintek, para el desarrollo de proyectos de I+D, mediante la contratación de personas doctoradas y la realización de doctorados industriales en la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV n.º 43, de jueves 2 de marzo de 2022).

De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas destinadas a desarrollo de proyectos de I+D, mediante la contratación de personas doctoradas y la realización de doctorados industriales en la Comunidad Autónoma del País Vasco - Programa Bikaintek, para el ejercicio 2023.

La convocatoria de ayudas está contemplada en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, aprobado por Orden de 17 de marzo de 2021 y modificado por Órdenes de 30 de junio de 2021, de 16 de febrero de 2022 y de 7 de septiembre de 2022, con una vigencia de tres años.

Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 12 de la Orden de referencia,

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto.

Es objeto de la presente Resolución la convocatoria, para el ejercicio 2023, de las ayudas previstas en la Orden 22 de febrero de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, que regula las ayudas para el desarrollo de proyectos de I+D, mediante la contratación de personas doctoradas y la realización de doctorados industriales en la Comunidad Autónoma del País Vasco - Programa Bikaintek.

Artículo 2.– Recursos Económicos.

1.– Los recursos económicos destinados a la finalidad del artículo anterior ascienden a la cantidad de 5.670.000 euros.

Para la línea de contratación de personas con título de doctor o doctora, para su dedicación a proyectos de I+D desarrollados por las entidades beneficiarias, el presupuesto es de 2.610.000 euros, siendo el crédito de pago, en el ejercicio 2023, de 652.500,00 euros, y los créditos de compromiso: 1.305.000 euros, en 2024, y 652.500 euros, en 2025.

Para la línea de doctorandos industriales el presupuesto es de 3.060.000 euros, siendo el crédito de pago en el ejercicio 2023 de 750.000 euros, y los créditos de compromiso: 780.000 euros, en 2024; 780.000 euros, en 2025, y 750.000 euros, en 2026.

2.– Los recursos económicos destinados a la finalidad de este programa procederán de los créditos presupuestarios establecidos al efecto por la Ley 15/2022, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio de 2023.

Estos importes podrán ser incrementados, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas y con carácter previo a la resolución de las mismas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas a la I+D+i del Departamento de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente. De producirse dicha circunstancia, se dará publicidad en el Boletín Oficial del País Vasco, mediante la oportuna resolución de la Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Transformación Digital.

Artículo 3.– Solicitudes, forma y plazo de presentación de las solicitudes.

1.– Las solicitudes, requerimientos, notificaciones y demás gestiones implicadas en esta resolución se efectuarán por medios electrónicos, de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2.– La ficha informativa del procedimiento administrativo, a través de la cual se accede al formulario de solicitud, y en la que están disponibles las instrucciones para la tramitación, las declaraciones responsables y los modelos, se encuentra en la dirección:

https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2022/bikaintek-2022/web01-s2kono/es

Los trámites posteriores a la solicitud, por canal electrónico, incluidas las notificaciones y justificaciones, se realizarán a través de «Mi carpeta» de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en la siguiente dirección: https://www.euskadi.eus/micarpeta

Los medios de identificación y firma electrónica admitidos en la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi están accesibles en la siguiente dirección: https://www.euskadi.eus/certificados-electronicos

Se podrá tramitar electrónicamente a través de un representante, para lo cual la representación podrá inscribirse en el Registro electrónico de apoderamientos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, accesible desde la dirección: https://www.euskadi.eus/representantes

3.– El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) y finalizará el 25 de abril de 2023.

Artículo 4.– Composición del órgano de evaluación.

Para el análisis y evaluación de las solicitudes presentadas en el ejercicio 2023, así como para elaborar la propuesta de concesión de las ayudas, se constituye el Órgano de Evaluación previsto en el artículo 11, de la Orden que regula las ayudas para el desarrollo de proyectos de I+D, mediante la contratación de personas doctoradas y la realización de doctorados industriales en la Comunidad Autónoma del País Vasco, Programa Bikaintek, que estará presidido por Alberto Fernández González, Director de Tecnología e Innovación, siendo suplente la Directora de Transformación Digital y Emprendimiento, Leire Madariaga Gangoiti.

Serán vocales los siguientes miembros: Xabier Domínguez López de Lacalle (suplente Gonzalo Martínez Martínez), y Joseba Beldarrain Agirre, que ejercerá las funciones de secretaría del Órgano de Evaluación (suplente Natividad Niño Bartolomé).

Artículo 5.– Retribuciones anuales mínimas e importes de costes subvencionables y estancias.

1.– La retribución bruta anual mínima para la contratación de personas con título de doctor o doctora queda fijada en 32.000 euros, y para la formación de doctorandos industriales en 20.000 euros.

2.– Por persona contratada, la cuantía máxima anual de los costes subvencionables no superará los 60.000 euros en la línea de contratación de personas tituladas doctoras y los 40.000 euros en la línea de doctorados industriales.

3.– En la línea de realización de doctorados industriales, el gasto máximo subvencionable en concepto de estancias a realizar durante el periodo completo de formación queda fijado en 12.000 euros. En este apartado, los gastos de manutención subvencionables no superarán los 50 euros por día de estancia.

4.– Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas, la beneficiaria deberá constar en la correspondiente base de datos de esta Administración. Para darse de alta, o modificar sus datos de tercero interesado, deberá dirigirse al Registro electrónico de terceros en esta dirección https://www.euskadi.eus/altaterceros

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 23 de febrero de 2023.

La Viceconsejera de Tecnología, Innovación y Transformación Digital,

ESTÍBALIZ HERNÁEZ LAVIÑA.


Análisis documental