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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 19, viernes 27 de enero de 2023


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AUTORIDADES Y PERSONAL

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OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
454

RESOLUCIÓN 56/2023, de 3 de enero, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de corrección de errores de la Resolución 1814/2022, de 24 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Terapeuta Ocupacional del grupo profesional de Diplomados/as Sanitarios/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

Mediante la Resolución 1814/2022, de 24 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprueban las bases específicas que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Terapeuta Ocupacional del grupo profesional de Diplomados/as Sanitarios/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.

Advertido un error de dicha índole en la citada Resolución, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de 27 de noviembre de 2022, se procede a su corrección, de forma que, en el Anexo III,

Donde dice:

«ANEXO III

BAREMO DE MÉRITOS DE LA CATEGORÍA DE TERAPEUTA OCUPACIONAL DEL GRUPO PROFESIONAL DE DIPLOMADOS/AS SANITARIOS/AS CON DESTINO EN LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD

3) Euskera:

– PL3: 27 puntos.

– PL2: 18 puntos.

– PL1: 9 puntos».

Debe decir:

«ANEXO III

BAREMO DE MÉRITOS DE LA CATEGORÍA DE TERAPEUTA OCUPACIONAL DEL GRUPO PROFESIONAL DE DIPLOMADOS/AS SANITARIOS/AS CON DESTINO EN LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD

3) Euskera:

– PL2: 18 puntos.

– PL1: 9 puntos».

Se ordena la publicación de la presente Resolución 56/2023, de 3 de enero, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 3 de enero de 2023.

La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

MARÍA ROSA PÉREZ ESQUERDO.


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