Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 17, miércoles 25 de enero de 2023


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES
405

RESOLUCIÓN de 26 de diciembre de 2022, de la Directora de Infraestructuras del Transporte, por la que se aprueba el «Proyecto Constructivo del acceso al Polígono Arriaga y desdoblamiento de vía en Elgoibar».

Las expectativas de un aumento de transporte de mercancías a lo largo de la cornisa cantábrica permiten prever una intensificación de las circulaciones en un futuro cercano. Este hecho manifiesta la necesidad de desdoblar algunos tramos de vía y de mejorar las características del trazado actual, para que este aumento de volumen de tráfico pueda ser absorbido por las líneas existentes y dotarlas de una mayor flexibilidad.

En el marco de dicho objetivo general se plantea el desdoblamiento de la línea Bilbao-Donostia en el tramo de paso por el Polígono Industrial Arriaga y barrio de Altzola (municipio de Elgoibar), que mejorará la situación del acceso actual al Polígono Industrial, e incluye un desdoblamiento a su paso por el Polígono de Arriaga que conecta con la futura variante ferroviaria en túnel desarrollada en el Proyecto Constructivo de la Variante de Altzola.

El primer antecedente del proyecto que nos ocupa se trata del «Estudio Informativo de la Variante de Altzola», donde se define las obras correspondientes a una variante en vía doble, con la ampliación del paso de la línea sobre la carretera que se dirige hacia el puerto de Azkarate y la construcción de un nuevo paso sobre el acceso hacia el polígono de Arriaga, así como la construcción de un túnel y de una nueva estación de Altzola en superficie. El estudio incluye además la valoración de las obras de electrificación, seguridad, comunicaciones y superestructura. El Estudio Informativo fue definitivamente aprobado en agosto de 2012.

En el año 2015 que se desarrollaron dos proyectos constructivos tomando en consideración las diferentes características, implicaciones, y plazos de ejecución de los tramos correspondientes al desdoblamiento de la línea al paso junto al Polígono Industrial Arriaga, y el tramo a continuación de variante en túnel hasta Altzola. Estos son:

– «Proyecto Constructivo del acceso al Polígono Arriaga».

– «Proyecto Constructivo de la variante de Altzola».

En agosto de 2021 ETS licita el contrato asociado «Proyecto Constructivo de la variante de Altzola y el acceso al Polígono Arriaga en Elgoibar, Gipuzkoa» que tiene por objeto revisar y actualizar los proyectos previos.

Esta actualización y revisión, finalmente se decide realizar en dos actuaciones independientes y complementarias, que permita agilizar la licitación de la variante en túnel, con mayores plazos de ejecución. De esta forma se incluyen en el presente «Proyecto Constructivo del Acceso al Polígono Arriaga y desdoblamiento de vía en Elgoibar» en su versión 2022 las obras necesarias para la ejecución del desdoblamiento a su paso por el Polígono Industrial de Arriaga. Estas actuaciones son complementarias a las definidas en el «Proyecto Constructivo de la variante de Altzola» redactado en marzo de 2022, en adelante proyecto del túnel de Altzola.

Las obras definidas en el proyecto a aprobar tienen por objeto el desdoblamiento de vía en el tramo del polígono de Arriaga, aprovechando para ello la plataforma existente y ampliándola mediante semiplataformas con situaciones provisionales que permitan mantener el servicio ferroviario. Estas comprenden:

– Ampliación de plataforma ferroviaria desde el inicio 1+000 hasta el 1+490, fundamentalmente por margen izquierda salvo en la zona del inicio del desdoblamiento y en la entrada al futuro túnel de Altzola donde se duplica por margen derecha.

– Montaje de vía desde P.K. 1+000 hasta el 1+500 y entre el P.K. 2+081 y el 2+146 de la vía 7, y desmantelamiento de la vía fuera de los tramos de aprovechamiento.

– Plataforma para un futuro bidegorri de forma independiente al ferrocarril y en paralelo por su margen izquierda, y desmantelamiento de vía actual entre el PK 57+046 hasta el 58+060.

– Estructuras y obras de fábrica derivadas de la ampliación de plataforma ferroviaria y futuro bidegorri: ampliación de puente existente sobre la GI-2634, ejecución por fases de nuevo puente sobre el acceso al Polígono Arriaga, dos nuevas pasarelas para el paso del futuro bidegorri sobre estos viales, ampliación de dos ODT tipo bóveda con muros-aletas, y muro en ménsula de hormigón armado para minimizar las afecciones a la empresa Claudio San Martin S.A. adyacente al trazado de la nueva vía.

– Electrificación e instalaciones de seguridad y comunicaciones necesarias para el mantenimiento del servicio ferroviario en las situaciones provisionales.

El Proyecto tiene un presupuesto de ejecución material que asciende tres millones setecientos cincuenta y dos mil doscientos treinta y ocho euros con setenta y seis céntimos de euro (3.752.238,76), que significa un presupuesto base de licitación con IVA de cinco millones quinientos treinta y nueve mil cincuenta y cuatro euros con ochenta y seis céntimos de euro (5,539,054.86), y un presupuesto para conocimiento de la Administración sin IVA de cinco millones ciento setenta y seis mil ciento treinta y seis euros con dieciséis céntimos de euro (5.176.136,16).

El plazo de ejecución estimado para las obras es de doce meses y medio (12,5) meses.

Los Servicios Técnicos de Euskal Trenbide Sarea (ETS) han verificado que este proyecto responde a su objeto y cumple los requisitos exigidos por la Ley de Contratos del Sector Público y por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, por cuanto recoge los aspectos suficientes y necesarios para su ejecución por contrata; así mismo han revisado el proyecto a nivel formal y ratifica que cumple con lo estipulado en la Ley de Contratos del Sector Público y el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en cuanto a la inclusión de los documentos necesarios y la normativa vigente en relación a su contenido, las firmas y aspectos formales, las bases e hipótesis de cálculo necesarias y el contenido relacionado en el artículo 233.1 de la Ley de Contratos del Sector Público.

Este órgano es competente para la elaboración y aprobación de los proyectos de la red de Ferrocarril que no estén reservados al Consejo de Gobierno, según lo dispuesto en el artículo 16.2 b) del Decreto 11/2021 de 19 de enero de 2021, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes.

Vistas las disposiciones citadas, y demás concordantes y de general aplicación,

RESUELVO:

Primero.– Aprobar el «Proyecto Constructivo del acceso al Polígono Arriaga y desdoblamiento de vía en Elgoibar» con un presupuesto base de licitación, IVA incluido, de cinco millones quinientos treinta y nueve mil cincuenta y cuatro euros con ochenta y seis céntimos de euro (5,539,054.86), y con un plazo de ejecución estimado para las obras de doce meses y medio (12,5) meses.

Segundo.– La aprobación de este proyecto Constructivo conlleva la declaración de utilidad pública o interés social de las obras, la necesidad de ocupación y la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados relacionados en el anexo correspondiente del propio Proyecto Constructivo.

Esta Resolución no es definitiva en vía administrativa y contra ella los interesados pueden interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, dirigiendo el escrito de interposición bien a este órgano, bien al Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, sin perjuicio de poder efectuar requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 26 de diciembre de 2022.

La Directora de Infraestructuras del Transporte,

MARÍA DOLORES DE JUAN DE MIGUEL.


Análisis documental