N.º 11, martes 17 de enero de 2023
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
PARLAMENTO VASCO
252
ACUERDO de 20 de diciembre de 2022, de la Mesa del Parlamento Vasco, por el que se aprueban la convocatoria y las bases específicas que han de regir el proceso selectivo especial de consolidación de empleo para el ingreso como personal funcionario de carrera del Cuerpo Técnico Superior del Parlamento Vasco, para proveer una plaza de Documentalista, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno de promoción interna, mediante acceso general.
En ejecución del acuerdo de la Mesa del Parlamento Vasco de 20 de diciembre de 2022,
ORDENO:
Primero.– Convocar el proceso selectivo especial de consolidación de empleo mediante el sistema de concurso-oposición para el ingreso como personal funcionario de carrera del Cuerpo Técnico Superior del Parlamento Vasco para proveer una plaza de documentalista, en turno de promoción interna, mediante acceso general, derivado del acuerdo de Mesa del Parlamento Vasco de 31 de mayo de 2022, por el que se aprueba la oferta de empleo público de 2022 para la estabilización de personal que ocupa puestos del Parlamento Vasco de forma temporal, en el marco de los procesos especiales y excepcionales de consolidación de empleo previstos en la disposición adicional sexta del Estatuto de personal y régimen jurídico de la Administración parlamentaria.
Segundo.– Aprobar y publicar las bases específicas que figuran como anexo del presente acuerdo.
Las bases están disponibles en la página web del Parlamento Vasco.
El plazo de presentación de solicitudes se determinará por acuerdo de la Mesa del Parlamento Vasco y se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento Vasco y en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra el acuerdo de la Mesa del Parlamento Vasco de 20 de diciembre de 2022 podrá interponerse, ante el mismo órgano, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento Vasco, o podrá interponerse, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses contado a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 20 de diciembre de 2022.
La Presidenta del Parlamento Vasco,
BAKARTXO TEJERIA OTERMIN.
ANEXO
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO SELECTIVO MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN PARA EL INGRESO COMO PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA DEL CUERPO TÉCNICO SUPERIOR DEL PARLAMENTO VASCO PARA PROVEER UNA PLAZA DE DOCUMENTALISTA, EN TURNO DE PROMOCIÓN INTERNA, MEDIANTE ACCESO GENERAL
1.– Objeto.
El objeto de las presentes bases es establecer las normas para proveer, mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza de documentalista perteneciente al Cuerpo Técnico Superior del Parlamento Vasco, en turno de promoción interna, mediante acceso general. Dichas normas son las que se indican a continuación:
1.1.– Plaza convocada: una plaza de documentalista, en turno de promoción interna, mediante acceso general.
1.2.– Cuerpo de la Administración parlamentaria: Técnico Superior.
1.3.– Sistema de provisión: concurso-oposición.
1.4.– Titulación exigida: grado universitario, así como sus equivalentes.
1.5.– Perfil lingüístico de euskera: 3, preceptivo.
1.6.– Funciones principales del puesto: las establecidas en el Anexo II.
2.– Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se determinará por acuerdo de la Mesa del Parlamento Vasco y se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento Vasco y en el Boletín Oficial del País Vasco.
3.– Bases del proceso selectivo.
El proceso selectivo se rige por la disposición adicional sexta del Estatuto de personal y régimen jurídico de la Administración parlamentaria, por las bases generales de los procesos selectivos de consolidación para el ingreso como personal funcionario de carrera al servicio del Parlamento Vasco aprobadas por la Mesa el 20 de diciembre de 2022 y publicadas en el Boletín Oficial del Parlamento Vasco n.º 119, de 30 de diciembre de 2022, y por las presentes bases específicas.
4.– Requisitos de participación, desarrollo del proceso selectivo y adjudicación de la plaza.
4.1.– Quienes aspiren a la plaza deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 5.1 de las bases generales de consolidación.
4.2.– Se deberá cumplimentar la solicitud conforme a lo dispuesto en el apartado 7 de las bases generales de consolidación, a través de la dirección electrónica del Parlamento Vasco (www.legebiltzarra.eus o del Instituto Vasco de Administración Pública (www.ivap.euskadi.eus), y abonar los derechos de examen.
La solicitud vía Internet se podrá realizar a través de los centros públicos KZgunea. El listado de centros KZgunea y su ubicación se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica: www.kzgunea.net
Asimismo, la solicitud podrá cumplimentarse acudiendo a las dependencias de la Dirección de Organización y Recursos Humanos del Parlamento Vasco, calle Becerro de Bengoa, s/n, Vitoria-Gasteiz (edificio administrativo), en horario de 09:00 a 13:00 horas, de lunes a viernes.
4.3.– El importe de los derechos de examen para el Cuerpo Técnico Superior es de 20 euros.
El pago se podrá realizar en la forma prevista en el apartado 7 de las bases generales.
4.4.– El proceso selectivo y de adjudicación de la plaza se desarrollará conforme a las prescripciones de las bases generales arriba mencionadas y a la evaluación de las fases de concurso y de oposición previstas en las presentes bases específicas.
4.5.– La Dirección de Organización y Recursos Humanos creará una bolsa de trabajo con quienes, no habiendo obtenido plaza en el proceso selectivo, hayan aprobado.
5.– Tribunal.
La Mesa del Parlamento Vasco nombrará a las personas que integrarán el tribunal calificador, conforme a lo dispuesto en el apartado 9 de las bases generales.
En todo caso, el tribunal estará compuesto por:
– La persona que presidirá el tribunal, elegida por la Mesa de entre sus miembros.
– El letrado mayor o la persona en quien delegue.
– Una persona del cuerpo al que pertenece la plaza convocada, a propuesta del órgano de representación del personal de entre quienes pertenezcan a dicho cuerpo.
6.– Acreditación del perfil lingüístico de euskera.
El perfil lingüístico de euskera se acreditará a través de la consulta al Registro Unificado de Títulos y Certificados de Euskera (RUTCE). Se considerarán acreditados aquellos perfiles lingüísticos inscritos en el citado registro con una fecha de acreditación anterior a la que a estos efectos se establezca en las bases específicas de cada convocatoria.
Quienes estén en posesión de certificados o títulos de conocimiento de euskera que no consten en el citado registro deberán aportar el documento acreditativo con anterioridad a la fecha que se establezca para la acreditación de los perfiles lingüísticos en las bases específicas de cada convocatoria.
Las certificaciones y los títulos equivalentes a los perfiles lingüísticos de la Administración parlamentaria se determinarán conforme al Decreto 297/2010, de 9 de noviembre, de convalidación de títulos y certificados acreditativos de conocimientos de euskera, y equiparación con los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, y al Decreto 47/2012, de 3 de abril, de reconocimiento de los estudios oficiales realizados en euskera y de exención de la acreditación con títulos y certificaciones lingüísticas en euskera.
7.– Normas relativas al ejercicio de la fase de oposición.
Fase de oposición.
Consistirá en la realización del ejercicio correspondiente. La prueba se celebrará en la misma sesión y en llamamiento único.
Constará de una prueba, que consistirá en un cuestionario de preguntas con cuatro alternativas de respuesta, en el que se penalizarán las respuestas erróneas descontando la tercera parte del valor de una respuesta correcta. Las preguntas estarán referidas al temario que se adjunta en el Anexo I.
El cuestionario tendrá un valor máximo de 60 puntos.
La puntuación obtenida por cada aspirante se corresponderá con el número de respuestas correctas, hecha la deducción de las incorrectas en la proporción arriba mencionada.
El tribunal, mediante la adopción del correspondiente acuerdo, dispondrá la publicación de las respuestas consideradas correctas en la dirección electrónica del Parlamento Vasco (www.legebiltzarra.eus y del Instituto Vasco de Administración Pública (www.ivap.euskadi.eus).
El tribunal, teniendo en cuenta el nivel mínimo exigible y el nivel de conocimientos de quienes se han presentado, antes de conocer su identidad, decidirá cuál será la puntuación mínima para superar la fase de oposición y hará público dicho acuerdo.
8.– Normas relativas a la evaluación de la fase de concurso.
Fase de concurso: 40 puntos.
Se realizará tras la correspondiente apertura de un plazo de 10 días hábiles para aportar la documentación justificativa de los méritos. Los méritos se alegarán y acreditarán conforme a lo dispuesto en el apartado 11 de las bases generales de consolidación.
Los méritos alegados deberán poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, excepto informática y ofimática e idiomas, que deberán poseerse a la fecha del último día de presentación de méritos.
Serán méritos a valorar por parte del tribunal los siguientes:
8.1.– Experiencia en el efectivo desempeño de puestos de trabajo en los que se hayan desarrollado las funciones del puesto al que se opta.
Por experiencia se entienden los servicios prestados dentro de la Administración pública, organismos autónomos o entes públicos de derecho privado en puestos pertenecientes al cuerpo técnico superior o cuerpos o agrupaciones profesionales equivalentes.
Esta experiencia se valorará con un máximo de 31 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los periodos trabajados en los últimos 100 meses que cumplan los requisitos exigidos y, una vez realizada la suma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
Resultará absolutamente indispensable aportar una certificación de la entidad en la que figure la denominación del puesto y las tareas precisas desarrolladas, así como la duración de estas, para que el tribunal pueda comprobar el efectivo desempeño de las funciones a valorar.
No será preciso aportar dicha certificación por las personas aspirantes que hayan prestado servicios en el Parlamento Vasco.
La valoración se hará según el siguiente baremo:
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entienden los servicios prestados en cualquier Administración pública, incluida la del Parlamento Vasco.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,05 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 5 puntos.
b) Experiencia específica.
De manera específica diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorará la experiencia específica, es decir, los servicios prestados en el Parlamento Vasco. Esta experiencia se valorará a razón de 0,26 puntos por mes trabajado, hasta un máximo de 26 puntos.
8.2.– Titulaciones, superación de pruebas en procedimientos de acceso a la condición de funcionario de carrera y pertenencia a las bolsas de trabajo.
Se valorarán con un máximo de 6 puntos los siguientes méritos:
8.2.1.– Titulaciones, hasta un máximo de 5 puntos.
– A razón de 5 puntos por título, hasta un máximo de 5 puntos, los siguientes títulos de grado, licenciatura y diplomatura de los siguientes campos de estudio o equivalentes:
• 032201 Información y documentación.
– A razón de 2,5 puntos por título, hasta un máximo de 5 puntos, los siguientes títulos o equivalentes:
• Posgrados en el área de documentación, biblioteca y archivo.
8.2.2.– La superación de pruebas en procedimientos de acceso a la condición de personal funcionario de carrera del Cuerpo Técnico Superior en puestos de documentalista del Parlamento Vasco se valorará con un máximo de 5 puntos:
– Superación de la fase de oposición: 5 puntos.
– Superación del primer ejercicio de la fase de oposición: 2,5 puntos, siendo esta la puntuación máxima alcanzable en este subapartado.
8.2.3.– Formar parte de las bolsas de trabajo del Cuerpo Técnico Superior en puestos de documentalista del Parlamento Vasco se valorará con 2,5 puntos, siendo esta la puntuación máxima alcanzable en este subapartado.
8.3.– Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos con un máximo de 2 puntos, a razón de 0,29 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Outlook 2010, nivel único.
– Microsoft PowerPoint 2010, nivel único.
– Microsoft Word 2010, nivel avanzado.
– Microsoft Excel 2010, nivel avanzado.
– Microsoft Access 2010, nivel único.
– Internet avanzado.
– Windows 7.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en las bases generales.
Las personas aspirantes no deberán aportar documento alguno, ya que el Parlamento Vasco comprobará directamente con la Fundación Tecnalia Research & Innovation tanto la posesión como la fecha de obtención de estos.
Estas certificaciones pueden obtenerse superando una prueba realizada al efecto en los centros acreditados y evaluados por Tecnalia Research & Innovation.
8.4.– Idiomas.
Hasta un máximo de 1 punto, en función del siguiente baremo:
Para inglés, francés y alemán, a razón de:
C2 o equivalente: 0,5 puntos.
C1 o equivalente: 0,375 puntos.
B2 o equivalente: 0,25 puntos.
A estos efectos, solo se tendrán en cuenta los títulos y certificados que aparecen en el anexo «Títulos y certificados equivalentes a los niveles del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas» del Decreto 117/2015, de 30 de junio, de equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos.
En caso de que se disponga de la acreditación de más de un nivel de la misma lengua, se valorará únicamente la de nivel más alto.
9.– Calificación final y criterios de desempate.
9.1.– Calificación final.
9.1.1.– De acuerdo a lo dispuesto en las bases generales, la calificación final de cada aspirante vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en la valoración de méritos.
9.1.2.– Todos los resultados y calificaciones se publicarán en las direcciones electrónicas del Parlamento Vasco (www.legebiltzarra.eus y del Instituto Vasco de Administración Pública (www.ivap.euskadi.eus). Para acceder a las consultas a través de estas páginas web, se deberá introducir el número de DNI y el número de referencia de la solicitud.
9.2.– Criterios de desempate.
9.2.1.– En aplicación del artículo 20.1.a de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, según la redacción dada por la Ley 1/2022, se entenderá que existe igual capacitación entre las personas candidatas cuando se produzca un empate en la puntuación final del proceso selectivo, es decir, sumados la puntuación obtenida en la fase de oposición y los méritos correspondientes.
9.2.2.– En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo, sucesivamente, a los siguientes criterios:
1.º A favor de quien obtenga mayor puntuación por experiencia específica.
2.º A favor de quien obtenga mayor puntuación por experiencia.
3.º A favor de quien obtenga mayor puntuación por titulaciones, por superación de pruebas en procedimientos de acceso a la condición de funcionario de carrera o laboral fijo y por pertenencia a las bolsas de trabajo.
4.º A favor de quien obtenga mayor puntuación por titulaciones.
5.º A favor de quien obtenga mayor puntuación por conocimientos de informática.
ANEXO I
TEMARIO
1.– Los lenguajes de marcas y codificación de contenidos digitales en el ámbito de archivo y de las bibliotecas.
Las tecnologías de la información y la comunicación.
La aplicación en bibliotecas y archivos.
Formato XML (Extensible Markup Language): definición y características.
Records in context: modelo conceptual y su ontología.
XML y descripción archivística: EAD (Encoded Archival Description), EAC-CPF (Encoded Archival Context-Corporate bodies, Persons and Families).
XML y descripción bibliográfica. Dublin Core: definición y características.
XML y descripción bibliográfica. MARC: definición y características.
METS (Metadata Encoding and Transmission Standards): definición y características.
La web semántica: objetivo, características.
Linked Open Vocabularies y Linked Open Data.
Recolectores OAI-PMH (Open Archives Initiative-Protocol for Metadata Harvesting): definición y características.
2.– La preservación digital en archivos y bibliotecas.
Técnicas y metadatos para la preservación de objetos digitales.
El modelo OAIS.
Iniciativa PREMIS (Preservation Metadata: Implementation Strategies): entidades de metadatos.
Procesos de conservación de la firma electrónica y de los formatos en archivos.
Estrategias técnicas de preservación.
ISO 11799: information and documentation: document storage requirements for archive and library materials. Geneva: ISO, [2003].
Proyecto e-Ark (European Archival Records and Knowledge Preservation).
3.– Archivística: definición y principios.
Definición.
Ciencias y técnicas auxiliares de la archivística.
El principio de procedencia.
El principio de respeto al orden original o natural de los documentos.
El ciclo vital de los documentos y el «records management».
El concepto de «continuum» o continuidad de los documentos.
4.– Documentos y archivos. Conceptos generales, definición.
Concepto de documento.
Valores del documento.
Tipología de documentos. La diplomática.
Documentos de apoyo administrativo.
Concepto de archivo.
Tipos de archivos y funciones: públicos y privados.
Niveles de archivo. Funciones.
5.– El documento electrónico.
Definición y características específicas.
Los metadatos: definición. El esquema de metadatos para la gestión de documentos electrónicos (e-EMGDE).
La firma electrónica: tipos de firma.
La interoperabilidad: definición.
Norma técnica de interoperabilidad del documento electrónico.
La copia auténtica del documento.
Sustitución de documentos en papel por copia auténtica electrónica.
Conservación a largo plazo de los documentos electrónicos.
6.– El expediente.
Definición y partes que lo componen.
Formación y ordenación.
El expediente electrónico.
Norma técnica de interoperabilidad del expediente electrónico.
El índice electrónico.
7.– La clasificación de los fondos documentales.
Principios teóricos de clasificación.
Tipología de cuadro de clasificación.
Niveles de agrupación documental (fondo, subfondo, sección, subsección, serie, subserie, colección, unidad documental simple y compleja).
8.– La gestión documental.
Principios fundamentales.
Procesos técnicos de archivo: ordenación, instalación, ingreso y transferencia.
La gestión de los documentos electrónicos.
Norma técnica de interoperabilidad de la política de gestión de documentos electrónicos.
MoReq: modelo europeo de requisitos para la gestión de documentos electrónicos de archivo. ISO 15489 y 23081.
Auditorías de la política de gestión de documentos electrónicos.
9.– La descripción e intercambio de información archivística.
Los instrumentos de descripción: guías, catálogos, inventarios, censos.
Norma internacional de descripción archivística (ISAD (G)): qué es, para qué sirve, cuáles son sus reglas, cuáles son las áreas de información.
Norma internacional sobre encabezamientos autorizados archivísticos de entidades, personas y familias ISAAR (CPF): qué es, para qué sirve, cuáles son las áreas de información.
Norma internacional para la descripción de funciones y de instituciones que custodian fondos (ISDF): qué es, para qué sirve, cuáles son las áreas de información.
Norma internacional para describir instituciones que custodian fondos de archivo (ISDIAH): qué es, para qué sirve, cuáles son las áreas de información.
Norma española de descripción archivística. Modelo conceptual de descripción archivística: NEDA-MC: qué es, cuál es su ámbito de aplicación.
La descripción de documentos electrónicos. Encoded Archival Description (EAD).
Iniciativa ICA-Atom.
10.– La administración electrónica y su aplicación en el sector público de Euskadi. Normativa y organización.
Normativa reguladora estatal: Leyes 39/2015 y 40/2015 y su reglamento.
Esquema Nacional de Interoperabilidad y sus normas técnicas.
Esquema Nacional de Seguridad.
Normativa de carácter autonómico.
11.– La valoración y selección documental.
Criterios de valoración.
Valores de los documentos.
Los documentos esenciales.
Los calendarios de conservación y su estructura.
Los criterios de selección y expurgo, tipos y formas de ejecutarlos.
Las comisiones de valoración. Procedimiento.
El procedimiento en el Sistema de Archivos de la CAPV (COVASED).
El patrimonio documental. Características, medidas de protección y de fomento, instrumentos de control: el inventario del patrimonio documental.
12.– El acceso a los documentos y la información pública en los archivos.
Normativa reguladora.
La reutilización de la información pública.
Limitaciones al acceso a los documentos de archivo y a la información contenida en los archivos.
Procedimientos de acceso en archivos.
Ponderación. La transparencia activa: puesta a disposición de la información del sector público.
13.– Biblioteca y centro de documentación: definición, características, tipos y funciones.
Definición de biblioteca.
Definición de centro de documentación.
Tipos de bibliotecas y sus funciones. Biblioteca híbrida: definición y características.
Biblioteca digital: definición y características.
Los repositorios institucionales.
Aspectos técnicos: metadatos, interoperabilidad, preservación y digitalización.
14.– Gestión de la colección bibliográfica.
La colección: criterios de selección de contenidos, tipos de adquisición (compra, donativo, depósito, canje, depósito legal) y adquisición.
Organización de los fondos.
Tratamiento físico de la colección: registro, sellado y topografiado.
El control de la colección: recuento periódico o inventariado. Criterios de expurgo. Gestión de duplicados.
15.– La clasificación y normalización de los materiales bibliográficos.
La CDU: clasificación decimal universal.
Los encabezamientos de materias y el control de autoridades.
Concepto, objetivos, normativa, tendencias internacionales, principales proyectos FRAD, FRSAD, VIAF YSKOS.
El control de autoridades.
ISBN (International Standard Book Number).
ISSN (International Standard Serial Number).
DOI (Digital Object Identifier).
16.– La catalogación de materiales bibliográficos: normas, estándares, formatos y sistemas.
Principios internacionales de descripción.
Descripción Bibliográfica Internacional Normalizada (ISBD).
Las reglas de catalogación.
El estándar RDA (Resource Description and Access).
Fundamentos del modelo entidad-relación.
El formato MARC21 de registros bibliográficos.
El formato MARC21 de autoridades.
El formato IBERMARC.
Catalogación cooperativa y catalogación centralizada.
El catálogo colectivo.
Sistemas integrados de gestión bibliotecaria. Características y prestaciones.
17.– La gestión de los recursos electrónicos.
La adquisición.
La catalogación.
Las bases de datos de libros y revistas electrónicos.
Tipos de suscripciones.
El reconocimiento por IP.
Los usuarios concurrentes.
Estadísticas de uso.
18.– Los servicios bibliotecarios.
Servicio de información al usuario.
Servicio de acceso al documento primario.
Organización de la sala de lectura.
El préstamo individual, colectivo e interbibliotecario.
Difusión selectiva de la información (DSI) y sistemas de alerta.
La difusión: los OPAC.
Fomento y promoción de servicios culturales a través de las bibliotecas.
19.– El acceso a los documentos y la información pública en las bibliotecas.
Normativa reguladora.
La protección de datos personales en bibliotecas.
La propiedad intelectual, el copyright y el copyleft, las obras huérfanas, el dominio público.
Licencias generales de usuario sobre objetos digitales. Limitaciones al acceso a los materiales bibliográficos.
Las entidades de gestión de derechos de autor: qué son, qué hacen, cómo funcionan.
El canon de copia.
20.– Fuentes de información jurídica.
Documentación jurídica de la UE.
Documentación de España.
Documentación jurídica de las CC. AA.
Documentación en DD. HH.
ANEXO II
FUNCIONES PRINCIPALES DEL PUESTO
– Gestionar la colección: selección, adquisición, registro, catalogación, ordenación, circulación, conservación, expurgo y evaluación.
– Planificar, gestionar y evaluar los recursos, servicios y sistemas de información adecuados a las necesidades y funciones propias de la institución.
– Facilitar el acceso a la información contenida en la colección o disponible externamente.
– Buscar y recuperar la información en otras bases de datos a través de Internet y de la participación en red.
– Evaluar las necesidades, expectativas, demandas y satisfacción de las personas usuarias.
– Diseñar e impartir actividades formativas para fomentar la adquisición de habilidades informacionales por parte de las personas usuarias.
– Difundir el fondo y fomentar su uso.
– Utilizar y aplicar herramientas tecnológicas y funcionalidades que se ofrecen a través de la red: software libre, aplicaciones web 2.0, etcétera.
– Participación en la planificación y gestión de los procesos de gestión documental de la institución: creación, clasificación, descripción, conservación y acceso.
– Participación en la planificación y gestión de los contenidos digitales para su publicación en la página web.