N.º 249, viernes 30 de diciembre de 2022
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
5779
ORDEN de 5 de diciembre de 2022, del Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad, por la que se convocan los procesos excepcionales de consolidación de empleo del personal laboral de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad de la Comunidad Autónoma de Euskadi y se aprueban las bases específicas que han de regir los citados procesos.
La Resolución 53/2022, de 24 de mayo del Director de la Secretaria del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento dispuso la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de 30 de mayo de 2022, del Acuerdo de aprobación de la Oferta de Empleo Público (en adelante OPE) para el año 2022, entre otras, la de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
La Orden de 23 de diciembre de 2022, del Consejero de Seguridad por la que se aprueban las bases generales que han de regir los procesos excepcionales de consolidación de empleo de puestos reservados al personal laboral de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en su base 1.2 establece que las peculiaridades del proceso selectivo serán objeto de regulación en las bases específicas de los respectivos puestos, estableciendo el contenido necesario de las mismas.
Por la presente Orden se convocan los procesos excepcionales de consolidación de empleo en puestos reservados a personal laboral de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad, y se procede, así mismo, a la aprobación de sus bases específicas que han sido negociadas en el seno de la comisión negociadora del convenio colectivo.
De conformidad con lo establecido en la Oferta de Empleo Público para el año 2022 aprobada por Resolución 53/2022, de 24 de mayo, del Director de la Secretaria del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento (BOPV 30/5/2022); los artículos 10 y 12 del Convenio del personal laboral del Departamento de Seguridad y de la Academia Vasca de Policía y Emergencias; la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público; el artículo 61.7 del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; y en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto de Estructura Orgánica del Departamento de Seguridad,
RESUELVO:
Artículo primero.– Convocar los procesos excepcionales de consolidación de empleo de los siguientes puestos reservados a personal laboral de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad, con indicación del número de plazas, grupo de titulación y el anexo correspondiente a cada uno de ellos.
(Véase el .PDF)
Los procesos selectivos que se convocan en esta orden se regirán por lo previsto en la Orden de 23 de diciembre de 2022, del Consejero de Seguridad, por la que se aprueban las bases generales que han de regir los procesos excepcionales de consolidación de empleo en puestos reservados a personal laboral de los servicios auxiliares de la Administración de Seguridad de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Artículo segundo.– Aprobar las bases específicas que han de regir los procesos excepcionales de consolidación de empleo que figuran como Anexos I a CIV de la presente Orden.
Artículo tercero.– La fecha que señale el plazo para presentar las solicitudes se determinará mediante publicación en el BOPV de nueva Orden emitida al efecto por el mismo órgano convocante, durante el primer semestre del próximo año 2023.
DISPOSICIÓN FINAL
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, podrán las personas interesadas interponer recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Seguridad, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, o bien, directamente, recurso contencioso- administrativo en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
En Vitoria-Gasteiz, a 5 de diciembre de 2022.
El Vicelehendakari Primero y Consejero de Seguridad,
JOSU IÑAKI ERKOREKA GERVASIO.
ANEXO I
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3112
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3112, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 4TP.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Filología/ especialidad filología vasca o equivalente y 1 año de experiencia docente en la materia.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Sección Euskera con código 3112, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO II
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3116
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3116, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Derecho o equivalente y 1 año de experiencia docente en la materia.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Sección de Derecho con código 3116, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 punto por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO III
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3117
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3117, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Derecho o equivalente y 1 año de experiencia docente en la materia.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Sección Documentos Policiales con código 3117, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 punto por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO IV
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3123
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3123, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Sociología y Ciencias Políticas o equivalente y 1 año de experiencia docente en la materia.
o
Licenciatura en Psicología y 1 año de experiencia docente en la materia.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Sección Psicología y Sociología con código 3123, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 punto por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO V
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3126
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 6 plazas del puesto 3126, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 6.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Derecho o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Profesor/a de Derecho con código 3126, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 punto por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO VI
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3127
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 6 plazas del puesto 3127, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 6.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Psicología o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Profesor/a de Psicología con código 3127, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 punto por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO VII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3128
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 3 plazas del puesto 3128, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 3.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Sociología y Ciencias Políticas o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Profesor/a de Sociología con código 3128, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 punto por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO VIII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3131
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 2 plazas del puesto 3131, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 2.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Medicina y Cirugía o equivalente.
o
Diplomatura en Enfermería o ATS o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Profesor/a Protección Civil con código 3131, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 punto por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO IX
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3136
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3136, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura o equivalente y 3 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Área Evaluación con código 3136, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 punto por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO X
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3138
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3138, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura o equivalente y 1 año de experiencia docente en la materia.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
El puesto de trabajo objeto de esta convocatoria tiene asignado el siguiente requisito específico:
Permiso de conducir A y 2 años de antigüedad en posesión del permiso y C1.
El requisito citado deberá ser alegado y acreditado mediante la presentación de la copia simple dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Sección Conducción - Automoción con código 3138, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 punto por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XI
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3140
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3140, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Educación Física y Deporte o equivalente y 1 año de experiencia docente en la materia y Cinturón Negro Artes Marciales.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Sección Técnicas de Defensa con código 3140, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 punto por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3145
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 23 plazas del puesto 3145, por el turno libre, de las cuales 17 con exigencia de perfil lingüístico 4 y 6 sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 22.
Modalidad de acceso reservado para personas con discapacidad: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Derecho o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Letrado/a B con código 3145, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 punto por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 20 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XIII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3152
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 2 plazas del puesto 3152, por el turno libre, de las cuales 2 con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 2.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Educación Física o equivalente.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
El puesto de trabajo objeto de esta convocatoria tiene asignado el siguiente requisito específico:
Cinturón Negro Artes Marciales.
El requisito citado deberá ser alegado y acreditado mediante la presentación de la copia simple dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Profesor/a Técnicas de Defensa con código 3152, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 punto por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XIV
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3180
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3180, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 4TP.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Filología/especialidad Filología Vasca o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Formación y Normalización Lingüística con código 3180, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XV
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3193
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 6 plazas del puesto 3193, por el turno libre, de las cuales 2 con exigencia de perfil lingüístico 4, y 4 sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 6.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Derecho o equivalente y 1 año de experiencia en el ejercicio del derecho penal.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
El puesto de trabajo objeto de esta convocatoria tiene asignado el siguiente requisito específico:
Permiso de conducir B.
El requisito citado deberá ser alegado y acreditado mediante la presentación de la copia simple dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Letrado/a A con código 3193, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 punto por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 20 puntos.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XVI
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3200
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 1 plazas del puesto 3200, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 4.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Economía o equivalente y 3 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Área Contabilidad y Presupuestos con código 3200, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 punto por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XVII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3222
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3222, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Arquitectura o equivalente y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Arquitectura Técnica y/o Aparejador/a o equivalente y 3 años de experiencia en funciones análogas.
o
Ingeniería Superior/ sección Ingeniería Industrial o equivalente y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Ingeniería Técnica/ sección Industrial o equivalente y 3 años de experiencia en funciones.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Sección Mantenimiento Construcciones con código 3222, la experiencia se valorará en razón de 0,1875puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 punto por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 20 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XVIII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3224
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3224, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura o equivalente y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Diplomatura universitaria y 3 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Sección Aprovisionamiento y Compras con código 3224, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 punto por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XIX
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3226
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3226, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería Superior o equivalente y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Arquitectura o equivalente y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Ingeniería Técnica o equivalente y 3 años de experiencia en funciones análogas.
o
Arquitectura Técnica y/o aparejador o equivalente y 3 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Sección Construcción con código 3226, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 punto por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 20 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XX
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3230
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3230, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería Superior o equivalente y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Ingeniería Técnica o equivalente y 3 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Sección Oficina Técnica Mantenimiento con código 3230, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 punto por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XXI
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3233
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3233, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería Superior/ Sección Ingeniero Industrial o Equivalente y 1 año de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Sección Proyectos Técnicos con código 3233, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 punto por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XXII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3234
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3234, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 4.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Derecho o equivalente y 1 año de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a de Sección de Régimen Jurídico con código 3234, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XXIII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3239
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3239, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 2.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Economía o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Contabilidad A con código 3239, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XXIV
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3246
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 8 plazas del puesto 3246, por el turno libre, de las cuales 4 con exigencia de perfil lingüístico 2, y 4 sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 8.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería en Informática.
o
Grado en Informática.
o
Grado en Ingeniería del Software.
o
Grado en Ingeniería de la Ciberseguridad.
o
Grado en Ingeniería de Computadores.
o
Grado en Computación e Inteligencia Artificial.
o
Ingeniería Técnica en Informática y 2 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Analista con código 3246, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XXV
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3247
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 2 plazas del puesto 3247, por el turno libre, de las cuales 1 con exigencia de perfil lingüístico 2, y 1 sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 2.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería en Informática.
o
Grado en Informática.
o
Grado en Ingeniería del Software.
o
Grado en Ingeniería de la Ciberseguridad.
o
Grado en Ingeniería de Computadores.
o
Grado en Computación e Inteligencia Artificial.
o
Ingeniería Técnica en Informática y 2 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Analista Programador con código 3247, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XXVI
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3267
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3267, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1..
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Medicina y Cirugía o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
El puesto de trabajo objeto de esta convocatoria tiene asignado el siguiente requisito específico:
Técnico Superior Prevención de Riesgos Laborales (especialidad medicina de trabajo).
El requisito citado deberá ser alegado y acreditado mediante la presentación de la copia simple dentro del plazo de presentación de solicitudes.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Médico/a con código 3267, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 20 puntos.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XXVII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3275
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3275, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería en Informática o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Análisis con código 3275, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XXVIII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3277
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3277, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Filosofía y Letras/ especialidad Historia o equivalente y 3 años en experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Archivo y Publicaciones con código 3277, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XXIX
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3380
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 2 plazas del puesto 3380, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 2.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería en Informática o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Estadística con código 3380, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XXX
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3385
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3385, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería Superior/Sección Ingeniería Industrial o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a de Proyectos Técnicos con código 3385, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XXXI
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3392
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3392, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería Superior Telecomunicaciones y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería Tecnología de la Telecomunicación y Máster en Ingeniería en Telecomunicaciones y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería en Sonido e Imagen y Máster en Ingeniería en Telecomunicaciones y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería Electrónica de la Telecomunicación y Máster en Ingeniería en Telecomunicaciones y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Ingeniería Técnica/Sección Telecomunicaciones y 3 años de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería Tecnología de la Telecomunicación y 3 años de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería en Sonido e Imagen y 3 años de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería Electrónica de la Telecomunicación y 3 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a sección Proyectos de Tecnologías de la Información y Comunicación con código 3392, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 20 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XXXII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3394
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3394, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería Superior Telecomunicaciones y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería Tecnología de la Telecomunicación y Máster en Ingeniería en Telecomunicaciones y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería en Sonido e Imagen y Máster en Ingeniería en Telecomunicaciones y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería Electrónica de la Telecomunicación y Máster en Ingeniería en Telecomunicaciones y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Ingeniería Técnica/Sección Telecomunicaciones y 3 años de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería Tecnología de la Telecomunicación y 3 años de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería en Sonido e Imagen y 3 años de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería Electrónica de la Telecomunicación y 3 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Sección Red Transporte con código 3394, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XXXIII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3397
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3397, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería Superior Telecomunicaciones y 3 años de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería Tecnología de la Telecomunicación y Máster en Ingeniería en Telecomunicaciones y 3 años de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería en Sonido e Imagen y Máster en Ingeniería en Telecomunicaciones y 3 años de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería Electrónica de la Telecomunicación y Máster en Ingeniería en Telecomunicaciones y 3 años de experiencia en funciones análogas.
o
Ingeniería Técnica/Sección Telecomunicaciones y 5 años de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería Tecnología de la Telecomunicación y 5 años de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería en Sonido e Imagen y 5 años de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería Electrónica de la Telecomunicación y 5 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Área Comunicaciones con código 3397, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XXXIV
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3398
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3398, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería Superior Telecomunicaciones y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería Tecnología de la Telecomunicación y Máster en Ingeniería en Telecomunicaciones y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería en Sonido e Imagen y Máster en Ingeniería en Telecomunicaciones y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería Electrónica de la Telecomunicación y Máster en Ingeniería en Telecomunicaciones y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Ingeniería Técnica/Sección Telecomunicaciones y 3 años de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería Tecnología de la Telecomunicación y 3 años de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería en Sonido e Imagen y 3 años de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Ingeniería Electrónica de la Telecomunicación y 3 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Sección Tetra con código 3398, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XXXV
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3407
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3407, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 4 TP.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Filología/Especialidad Filología Vasca o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Traductor/a con código 3407, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XXXVI
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3504
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 2 plazas del puesto 3504, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 2.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura Fice/Sección Psicología o equivalente y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Licenciatura Sociología y Ciencias Políticas o equivalente y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Ingeniería Organización Industrial o equivalente y 1 año de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Proyecto Consultoría con código 3504, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 20 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XXXVII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3524
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3524, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 2.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería en Informática.
o
Grado en Informática.
o
Grado en Ingeniería del Software.
o
Grado en Ingeniería de la Ciberseguridad.
o
Grado en Ingeniería de Computadores.
o
Grado en Computación e Inteligencia Artificial.
o
Ingeniería Técnica en Informática y 2 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Sistemas Centrales con código 3524, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XXXVIII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3529
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3529, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Derecho o equivalente.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
El puesto de trabajo objeto de esta convocatoria tiene asignado el siguiente requisito específico:
Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales (especialidad en ergonomía y psicología aplicada, higiene y seguridad)
El requisito citado deberá ser alegado y acreditado mediante la presentación de la copia simple dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Jurídico Prevención de Riesgos Laborales con código 3529, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 20 puntos.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XXXIX
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3530
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3530, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 4.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura o equivalente.
o
Diplomatura Universitaria y 1 año de experiencia en funciones análogas.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
El puesto de trabajo objeto de esta convocatoria tiene asignado el siguiente requisito específico:
Técnico Superior Prevención de Riesgos Laborales (Higiene)
El requisito citado deberá ser alegado y acreditado mediante la presentación de la copia simple dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Superior de Prevención de Higiene con código 3530, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XL
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3533
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3533, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 4.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura o equivalente.
o
Diplomatura Universitaria y 1 año de experiencia en funciones análogas.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
El puesto de trabajo objeto de esta convocatoria tiene asignado el siguiente requisito específico:
Técnico Superior Prevención de Riesgos Laborales (Seguridad)
El requisito citado deberá ser alegado y acreditado mediante la presentación de la copia simple dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Superior Prevención de Seguridad con código 3533, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XLI
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3536
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3536, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería Superior o equivalente.
o
Arquitecto Técnico y/o Aparejador/a o equivalente y 3 años de experiencia en funciones análogas.
o
Ingeniería Técnica/Especialidad Electricidad y 3 años de experiencia en funciones análogas.
o
Ingeniaría Técnica Obras Publicas/Especialidad Construcciones Civiles y 3 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Mantenimiento con código 3536, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 20 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XLII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3538
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3538, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Derecho o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Profesor/a Documentos Policiales con código 3538, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XLIII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3556
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3556, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura o equivalente y 1 año de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Emergencias y Protección Civil con código 3556, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 20 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XLIV
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3575
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3575, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura o equivalente.
o
Diplomatura Universitario/a y 1 año de experiencia en funciones análogas.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
El puesto de trabajo objeto de esta convocatoria tiene asignado el siguiente requisito específico:
Técnico Superior Prevención Riesgos Laborales (especialidad ergonomía y psicosociología aplicada)
El requisito citado deberá ser alegado y acreditado mediante la presentación de la copia simple dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico Superior de Prevención de Formación Ergonomía y Psicosociología Aplicada con código 3575, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XLV
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3578
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3578, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 4.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Derecho o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Seguridad Ficheros y Gestión Calidad con código 3578, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XLVI
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3580
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 6 plazas del puesto 3580, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 6.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Psicología o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Evaluación Alumnado con código 3580, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XLVII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3586
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 3 plazas del puesto 3586, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 4.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 3.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura o equivalente.
o
Ingeniería Superior o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Estructura y Organización Policial con código 3586, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XLVIII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3587
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3587, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 4.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Arquitectura o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Inspección con código 3587, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XLIX
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3588
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3588, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 4.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Derecho o equivalente y 1 año de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Sección Desarrollo Profesional con código 3588, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO L
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3704
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3704, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura o equivalente y 1 año de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Gestión Contenidos e-learnig con código 3704, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 20 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LI
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3707
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 2 plazas del puesto 3707, por el turno libre, de las cuales 1 con exigencia de perfil lingüístico 3, y 1 sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 2.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Derecho o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a económico/a y de contratación con código 3707, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 20 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3733
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3733, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura.
o
Grado.
o
Ingeniería Superior.
o
Arquitectura o equivalente.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
El puesto de trabajo objeto de esta convocatoria tiene asignado el siguiente requisito específico:
Curso de Igualdad de Mujeres y Hombres, certificado por una universidad o la propia Administración Pública de, al menos, 150 horas.
El requisito citado deberá ser alegado y acreditado mediante la presentación de la copia simple dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Materia Igualdad Mujeres/Hombres con código 3733, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LIII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3734
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3734, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 4.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Derecho y 3 años de experiencia en funciones análogas.
o
Grado en Derecho y 3 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Área Jurídica Gestión Personal con código 3734, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LIV
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3113
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 3 plazas del puesto 3113, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 4 TP.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 3.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Filología/ especialidad Filología Vasca o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación clasificación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Profesor/a de Euskera con código 3113, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LV
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3150
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 6 plazas del puesto 3150, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 6.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura o equivalente.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
El puesto de trabajo objeto de esta convocatoria tiene asignado el siguiente requisito específico:
Permiso de conducir A y 2 años de antigüedad en posesión del permiso, y C1.
El requisito citado deberá ser alegado y acreditado mediante la presentación de la copia simple dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación clasificación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Profesor/a Conducción con código 3150, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LVI
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3430
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3430, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería Superior/Sección Ingeniero Industrial o equivalente.
o
Ingeniería Técnica/Especialidad Mecánica o equivalente y 2 años de experiencia docente en la materia.
o
FP II Rama Delineación o equivalente y 4 años de experiencia docente en la materia.
o
FP II Rama Automoción o equivalente y 4 años de experiencia docente en la materia.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación clasificación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Profesor/a de Croquis con código 3430, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LVII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3519
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3519, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 19,55 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Licenciatura en Derecho o equivalente y 3 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación clasificación I (Doctor/a, Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Sección Administrativa con código 3519, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación I diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 20 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LVIII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3142
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3142, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 2.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 16,30 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Diplomatura universitaria o equivalente y 2 años de experiencia en funciones análogas.
o
Bachiller laboral superior y 5 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación II (Ingeniería Técnica, Diplomatura, Arquitectura Técnica o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Medio Administración con código 3142, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
En puestos pertenecientes al grupo de titulación II diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LIX
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3147
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3147, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 16,30 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Diplomatura universitaria o equivalente y 1 año de experiencia en tareas propias del puesto.
o
FP II Rama Hostelería y Turismo/ especialidad Hostelería o equivalente y 3 años de experiencia como Jefe/a de cocina.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación clasificación II (Ingeniería Técnica, Diplomatura, Arquitectura Técnica o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Hostelería con código 3147, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación II diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LX
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3231
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3231, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 16,30 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería Técnica o equivalente y 3 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación clasificación II (Ingeniería Técnica, Diplomatura, Arquitectura Técnica o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Sección Técnica Talleres con código 3231, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación II diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXI
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3254
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 2 plazas del puesto 3254, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 2.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 2.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 16,30 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Diplomatura en enfermería o ATS o equivalente.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
El puesto de trabajo objeto de esta convocatoria tiene asignado el siguiente requisito específico:
Diplomatura en enfermería de empresa.
El requisito citado deberá ser alegado y acreditado mediante la presentación de la copia simple dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación II (Ingeniería Técnica, Diplomatura, Arquitectura Técnica o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Diplomatura Universitaria en Enfermería/DUE con código 3254, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
En puestos pertenecientes al grupo de titulación II diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3273
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3273, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 2.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 16,30 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería Técnica o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación II (Ingeniería Técnica, Diplomatura, Arquitectura Técnica o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Supervisor/a Instalaciones de Seguridad con código 3273, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
En puestos pertenecientes al grupo de titulación II diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXIII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3287
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 2 plazas del puesto 3287, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 2.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 2.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 16,30 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería Técnica/Sección Industrial o equivalentes y conocimientos de inglés a nivel de certificado de nivel intermedio B1 o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación II (Ingeniería Técnica, Diplomatura, Arquitectura Técnica o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Estandarización con código 3287, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
En puestos pertenecientes al grupo de titulación II diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXIV
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3401
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 2 plazas del puesto 3401, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 2.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 16,30 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Diplomatura Universitaria o equivalente y 2 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación clasificación II (Ingeniería Técnica, Diplomatura, Arquitectura Técnica o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Proyectos Organización con código 3401, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación II diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXV
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3508
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3508, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 16,30 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Arquitecto técnico y/o Aparejador/a o equivalente.
o
Ingeniería Técnica o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación clasificación II (Ingeniería Técnica, Diplomatura, Arquitectura Técnica o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Construcción con código 3508, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación II diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXVI
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3509
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3509, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 16,30 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería Técnica o equivalente.
o
2 años de experiencia como Supervisor General.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación clasificación II (Ingeniería Técnica, Diplomatura, Arquitectura Técnica o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Supervisor/a General con código 3509, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación II diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXVII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3512
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3512, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 16,30 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería Técnica o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación clasificación II (Ingeniería Técnica, Diplomatura, Arquitectura Técnica o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Oficina Técnica con código 3512, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación II diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 punto por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXVIII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3518
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3518, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 16,30 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería Técnica o equivalente y 3 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación clasificación II (Ingeniería Técnica, Diplomatura, Arquitectura Técnica o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Sección Calidad Materiales con código 3518, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación II diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 20 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXIX
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3548
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3548, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 16,30 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Diplomatura Universitaria o equivalente y 3 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación clasificación II (Ingeniería Técnica, Diplomatura, Arquitectura Técnica o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Sección Talleres con código 3548, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación II diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXX
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3572
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3572, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 3.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 16,30 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Ingeniería Técnica/Sección Industrial o equivalente y conocimiento de inglés a nivel de certificado de nivel intermedio B1 o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación clasificación II (Ingeniería Técnica, Diplomatura, Arquitectura Técnica o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Proyectos Mantenimiento con código 3572, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación II diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Licenciatura, Grado, Ingeniería, Arquitectura o equivalente: 8 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Doctor/a, Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente: 6 puntos por título.
– Por acreditar una titulación de Master universitario: 4 puntos por título.
– Por acreditar el requisito de titulación para acceder al puesto con Licenciatura, Ingeniería, Arquitectura (MECES 3): 4 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXXI
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3269
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 3 plazas del puesto 3269, por el turno libre, de las cuales 2 con exigencia de perfil lingüístico 2 y 1 sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 3.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 13,02 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Técnico/a Superior Administración Sistemas Informáticos en Red y 2 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación III (Bachiller, FP II o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Programador/a con código 3269, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
En puestos pertenecientes al grupo de titulación III diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXXII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3168
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3168, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 1.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 13,02 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP II Rama Hostelería y Turismo/especialidad hostelería o equivalente.
o
5 años de experiencia como cocinero/a.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación III (Bachiller, FP II o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Cocina con código 3168, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación III diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXXIII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3244
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 14 plaza del puesto 3244, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 2.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 14.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 13,02 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Bachiller Laboral Superior o equivalente.
o
Graduado escolar o equivalente y 1 año de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación III (Bachiller, FP II o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Administrativo/a B con código 3244, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación III diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXXIV
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3253
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3253, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 2.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 13,02 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP II Rama Delineación o equivalente.
o
FP I Rama Delineación o equivalente y 2 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación III (Bachiller, FP II o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Delineante Proyectista con código 3253, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación III diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXXV
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3255
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3255, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 2.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 13,02 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Técnico/a Superior de Administración Sistemas Informáticos en Red y 1 año de experiencia como operador/a o implantador/a.
o
Técnico/a Superior de Desarrollo Aplicaciones Multiplataforma y 1 año de experiencia como operador/a o implantador/a.
o
Técnico/a Superior de Desarrollo Aplicaciones Web y 1 año de experiencia como operador/a o implantador/a.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación III (Bachiller, FP II o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Implantador/a con código 3255, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación III diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXXVI
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3257
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 2 plazas del puesto 3257, por el turno libre, de las cuales 1 con exigencia de perfil lingüístico 2 y 1 sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 2.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 13,02 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Bachiller Laboral Superior o equivalente.
o
Graduado escolar o equivalente y 2 años de experiencia en tareas administrativas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación III (Bachiller, FP II o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a de Centro con código 3257, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación III diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXXVII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3268
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 6 plazas del puesto 3268, por el turno libre, de las cuales 4 con exigencia de perfil lingüístico 2 y 2 sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 6.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 13,02 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Técnico/a Superior Administración Sistemas Informáticos en Red y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Técnico/a Superior Desarrollo Aplicaciones Multiplataforma y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Técnico/a Superior Desarrollo Aplicaciones Web y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
Técnico/a Superior Sistemas Telecomunicación e Informáticos y 1 año de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación III (Bachiller, FP II o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a de Operación y Monitorización con código 3268, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación III diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXXVIII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3282
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3282, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 2.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 13,02 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP II Rama Imagen y Sonido o equivalente.
o
3 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación III (Bachiller, FP II o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Imagin Analógica-digital con código 3282, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación III diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXXIX
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3299
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 2 plazas del puesto 3299, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 2.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 13,02 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP I Rama Electricidad/especialidad Electricidad o equivalente.
o
FP I Rama Electricidad/especialidad Electrónica o equivalente.
o
2 años de experiencia como Oficial Electricista.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación III (Bachiller, FP II o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Electricista con código 3299, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación III diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXXX
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3300
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 2 plazas del puesto 3300, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 2.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 13,02 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP I Rama Construcción y Obras/especialidad Fontanería o equivalente.
o
2 años de experiencia como Oficial Fontanero/a.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación III (Bachiller, FP II o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Fontanero/a con código 3300, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación III diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXXXI
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3304
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3304, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 13,02 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP II Rama Metal o equivalente.
o
FP II Rama Construcción y Obras o equivalente.
o
FP I Rama Construcción y Obras/especialidad albañilería o equivalente y 2 años de experiencia como albañil.
o
FP I Rama Metal o equivalente y 2 años de experiencia como Oficial/a Calderero/a.
o
FP I Rama Metal/especialidad Mecánica o equivalente y 2 años de experiencia como Oficial/a Mecánico/a.
o
FP I Rama Madera/especialidad Madera o equivalente y 2 años de experiencia como Oficial/a Carpintero/a.
o
FP I Rama Construcción y Obras/especialidad Fontanería o equivalente y 2 años de experiencia como Oficial/a Fontanero/a.
o
3 años de experiencia como Albañil.
o
3 años de experiencia como Oficial/a Calderero/a.
o
3 años de experiencia como Oficial/a Mecánico/a.
o
3 años de experiencia como Oficial/a Carpintero/a.
o
3 años de experiencia como Oficia/al Fontanero/a.
o
3 años de experiencia como Jefe/a Equipo Especialidad Albañil.
o
3 años de experiencia como Jefe/a Equipo Especialidad Calderero/a.
o
3 años de experiencia como Jefe/a Equipo Especialidad Mecánico/a.
o
3 años de experiencia como Jefe/a Equipo Especialidad Carpintero/a.
o
3 años de experiencia como Jefe/a Equipo Especialidad Fontanero/a.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación III (Bachiller, FP II o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Equipo Mantenimiento General con código 3304, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación III diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXXXII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3308
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 24 plazas del puesto 3308, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 23.
Modalidad de acceso reservado para personas con discapacidad: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 13,02 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP I Rama Automoción o equivalente.
o
3 años de experiencia en funciones análogas.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
El puesto de trabajo objeto de esta convocatoria tiene asignado el siguiente requisito específico:
Permiso de conducir B1
El requisito citado deberá ser alegado y acreditado mediante la presentación de la copia simple dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación III (Bachiller, FP II o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Mecánico/a Automoción con código 3308, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación III diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXXXIII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3317
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3317, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 2.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 13,02 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP II Rama Automoción o equivalente y 3 años de experiencia en tareas de mecánico automoción.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
El puesto de trabajo objeto de esta convocatoria tiene asignado el siguiente requisito específico:
Permiso de Conducir B.1,
El requisito citado deberá ser alegado y acreditado mediante la presentación de la copia simple dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación III (Bachiller, FP II o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Responsable de Taller Mecánico de Parque Móvil con código 3317, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación III diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXXXIV
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3402
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3402, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 2.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 13,02 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP II Rama Electricidad/especialidad Mantenimiento Eléctrico Electrónico o equivalente.
o
FP II Rama Electricidad y Electrónica o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación III (Bachiller, FP II o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Oficina Técnica Seguridad con código 3402, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación III diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXXXV
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3505
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3505, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 13,02 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP II Rama Electricidad y Electrónica o equivalente.
o
FP II Rama Electricidad/Especialidad Mantenimiento Eléctrico Electrónico o equivalente y 1 año de experiencia en funciones análogos.
o
2 años de experiencia como Técnico/a de Mantenimiento.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación III (Bachiller, FP II o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Técnico/a Mantenimiento con código 3505, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación III diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXXXVI
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3506
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3506, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 13,02 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP II Rama Metal o equivalente.
o
FP II Rama Construcción y Obras o equivalente y 1 año de experiencia en funciones análogas.
o
2 años de experiencia como Encargado/a General.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación III (Bachiller, FP II o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Encargado/a General con código 3506, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación III diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXXXVII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3507
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3507, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 13,02 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP II Rama Electricidad y Electrónica o equivalente y 1 año experiencia en funciones análogas.
o
2 años de experiencia como Encargado/a Electrónico.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación III (Bachiller, FP II o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Encargado/a Eléctrico con código 3507, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación III diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto técnico o - Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXXXVIII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3569
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3569, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 13,02 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP II Rama Electricidad y Electrónica o equivalente.
o
FP II Rama Electricidad/Especialidad Mantenimiento Eléctrico Electrónico o equivalente.
o
FP I Rama Electricidad/ Especialidad Electricidad o equivalente y 2 años de experiencia como Oficial Electricista.
o
FP I Rama Electricidad/Especialidad Electrónica o equivalente y 2 años de experiencia como Oficial Electricista.
o
3 años de experiencia como Oficial Electricista.
o
3 años de experiencia como Jefe/a Equipo Especialidad Eléctrica.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación III (Bachiller, FP II o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Jefe/a Equipo Mantenimiento Eléctrico con código 3569, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de titulación III diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO LXXXIX
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3154
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 2 plazas del puesto 3154, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 2.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 2.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 9,76 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Graduado escolar o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación IV (Graduado Escolar, FP I o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Telefonista Recepcionista con código 3154, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de clasificación IV diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XC
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3164
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 2 plazas del puesto 3164, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 2.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 9,76 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP I Rama en Hostelería y Turismo/ especialidad cocina o equivalente.
o
3 años de experiencia como ayudante de cocina.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación IV (Graduado Escolar, FP I o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Cocinero/a con código 3164, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de clasificación IV diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XCI
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3172
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3172, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 1.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 9,76 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP I
o
2 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación IV (Graduado Escolar, FP I o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Oficial/a Imprenta con código 3172, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de clasificación IV diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XCII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3248
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 68 plazas del puesto 3248, por el turno libre, de las cuales 55 con exigencia de perfil lingüístico 2 y 13 sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 65.
Modalidad de acceso reservado para personas con discapacidad: 3.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 9,76 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Graduado escolar o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación IV (Graduado Escolar, FP I o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Auxiliar Administrativo/a A con código 3248, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de clasificación IV diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distinto al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XCIII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3249
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3249, por el turno libre, con exigencia de perfil lingüístico 2.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 9,76 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Graduado escolar o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación IV (Graduado Escolar, FP I o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Auxiliar Administrativo/a B con código 3249, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de clasificación IV diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distinto al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera no se valora por ser requisito del puesto.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XCIV
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3290
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3290, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 9,76 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP I Rama Construcción y Obras/especialidad Albañilería o equivalente.
o
2 años de experiencia como albañil.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación IV (Graduado Escolar, FP I o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Albañil con código 3290, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de clasificación IV diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distinto al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XCV
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3291
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3291, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 9,76 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP I
o
1 año de experiencia en tareas de operario.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación IV (Graduado Escolar, FP I o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Almacenero con código 3291, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de clasificación IV diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distinto al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XCVI
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3294
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3294, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 9,76 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP I Rama Metal o equivalente.
o
2 años de experiencia como Oficial Calderero.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación IV (Graduado Escolar, FP I o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Calderero/a con código 3294, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de clasificación IV diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distinto al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XCVII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3295
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 3 plazas del puesto 3295, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 3.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 9,76 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP I Rama Madera/especialidad madera o equivalente.
o
2 años de experiencia como Oficial Carpintero.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación IV (Graduado Escolar, FP I o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Carpintero/a con código 3295, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de clasificación IV diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XCVIII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3298
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 2 plazas del puesto 3298, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 2.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 9,76 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP I Rama Automoción/especialidad Carrocería del Automóvil o equivalente.
o
3 años de experiencia en funciones análogas.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación IV (Graduado Escolar, FP I o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Chapista Parque Móvil con código 3298, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de clasificación IV diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO XCIX
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3313
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3313, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 9,76 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
FP I Rama Metal/especialidad Mecánica o equivalente.
o
2 años de Experiencia como Oficial Mecánico.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación IV (Graduado Escolar, FP I o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Oficial/a Mecánico/a Mantenimiento con código 3313, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de clasificación IV diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar una titulación de Ingeniería Técnica, Diplomatura universitaria, Arquitectura Técnica o equivalente o superior: 6 puntos por título.
– Por acreditar un título de Formación Profesional de segundo grado o equivalente: 4 puntos por título.
– Por acreditar el título de Formación Profesional de primer grado o equivalente: 2 puntos por título.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO C
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3161
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 7 plazas del puesto 3161, por el turno libre, de las cuales 3 con exigencia de perfil lingüístico 1 y 4 sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 6.
Modalidad de acceso reservado para personas con discapacidad: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 6,51 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Certificado de escolaridad o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación V (Certificado de Escolaridad o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Auxiliar de Hostelería con código 3161, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de clasificación V diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distinto al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar el título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente o superior: 7 puntos.
– Por acreditar el título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 4 puntos.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
El conocimiento de euskera se valorará únicamente en los puestos en los que no sea requisito, por no tener fecha de preceptividad vencida, conforme al siguiente baremo:
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO CI
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3165
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3165, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 6,51 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Certificado de escolaridad o equivalente.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
El puesto de trabajo objeto de esta convocatoria tiene asignado el siguiente requisito específico:
Permiso de Conducir B.
El requisito citado deberá ser alegado y acreditado mediante la presentación de la copia simple dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación V (Certificado de Escolaridad o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Conserje con código 3165, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de clasificación V diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distinto al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar el título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente o superior: 7 puntos.
– Por acreditar el título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 4 puntos.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO CII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3314
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3314, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 6,51 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Certificado de escolaridad.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
El puesto de trabajo objeto de esta convocatoria tiene asignado el siguiente requisito específico:
Permiso de Conducir B.
El requisito citado deberá ser alegado y acreditado mediante la presentación de la copia simple dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación V (Certificado de Escolaridad o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Operario/a A con código 3314, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de clasificación V diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintas al alegado como ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar el título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente o superior: 7 puntos.
– Por acreditar el título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 4 puntos.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO CIII
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3315
1.– Plazas convocadas.
Se convocan 18 plazas del puesto 3315, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 18.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 6,51 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Certificado de escolaridad o equivalente.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
3.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación V (Certificado de Escolaridad o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Operario/a B con código 3315, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de clasificación V diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos al alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar el título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente o superior: 7 puntos.
– Por acreditar el título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 4 puntos.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
4.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.
ANEXO CIV
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCESO EXCEPCIONAL DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO PARA EL PUESTO 3539
1.– Plazas convocadas.
Se convoca 1 plaza del puesto 3539, por el turno libre, sin exigencia de perfil lingüístico.
Y con arreglo a la siguiente distribución:
Modalidad de acceso general: 1.
2.– Requisitos de participación.
2.1.– Quienes aspiren a las plazas deben cumplir los requisitos establecidos con carácter general en el apartado 2.3 de las bases generales.
2.2.– El importe de la tasa por la inscripción en las convocatorias para selección de personal es de 6,51 euros.
2.3.– En relación a lo dispuesto en el apartado 2.3.e) de las bases generales, las titulaciones y experiencia requeridas para el acceso al puesto convocado son las siguientes:
Certificado de escolaridad o equivalente.
3.– Requisitos específicos para la adjudicación de puestos.
El puesto de trabajo objeto de esta convocatoria tiene asignado el siguiente requisito específico:
Carnet Conducir A y 2 años de Antigüedad en Posesión del Permiso, C y E.
El requisito citado deberá ser alegado y acreditado mediante la presentación de la copia simple dentro del plazo de presentación de solicitudes.
En la relación de puestos ofertados, a la que se hace referencia en el apartado 13.2 de las bases generales, se especificarán la denominación de cada puesto, el departamento u organismo al que pertenece, el centro orgánico en el que se ubica, la localidad de destino, el nivel retributivo, el perfil lingüístico, la fecha de preceptividad y los requisitos específicos que son necesarios para su provisión.
4.– Proceso selectivo.
El sistema de selección será el de concurso en el que la calificación del proceso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos con arreglo al baremo que a continuación se indica, siendo necesaria la obtención de un mínimo de 20 puntos para continuar en el proceso.
a) Experiencia general.
Por experiencia general se entiende los servicios prestados en cualquier Administración Pública, –incluida la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos–, Organismos Autónomos o Entes Públicos de Derecho Privado, por el desempeño de puestos pertenecientes al grupo de titulación V (Certificado de Escolaridad o equivalente), con independencia del carácter funcionarial o laboral de la relación de la que traiga causa.
Esta experiencia se valorará a razón de 0,0625 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 15 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
b) Experiencia específica.
De manera específica, diferenciada y complementaria a la valoración de la experiencia general, se valorarán los siguientes servicios prestados en puestos de trabajo del Convenio Colectivo del personal laboral del Departamento de Seguridad y Academia Vasca de Policía y Emergencias, hasta un máximo de 45 puntos:
– En el puesto de Subalterno-conductor con código 3539, la experiencia se valorará en razón de 0,1875 puntos por mes trabajado.
– En puestos pertenecientes al grupo de clasificación V diferentes al convocado, la experiencia se valorará a razón de 0,12 puntos por mes trabajado hasta un máximo de 20 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los períodos trabajados en los últimos 25 años y, una vez finalizada la misma, despreciándose las fracciones inferiores a un mes. A estos efectos, se entenderá por mes el conjunto de 30 días.
c) Titulaciones.
Se valorarán hasta un máximo de 12 puntos los títulos académicos y/o universitarios oficiales distintos del alegado para el ingreso, según el siguiente baremo:
– Por acreditar el título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente o superior: 7 puntos.
– Por acreditar el título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente: 4 puntos.
d) Por formar parte, a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de alguna de las bolsas de trabajo de máxima prioridad del Departamento de Seguridad que den acceso al puesto, actualizada mediante Resolución de la Dirección de Recursos Humanos, de fecha 3 de octubre de 2022, publicada en el BOPV de 17 de octubre de 2022.
Para la valoración de este apartado únicamente se tendrá en cuenta la integración efectiva de la persona en la bolsa a valorar, de forma ininterrumpida desde el año 2022 hacia atrás, según el siguiente baremo:
– 15 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2008.
– 13 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2010.
– 11 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2012.
– 9 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2014.
– 7 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2016.
– 5 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2018.
– 3 puntos por formar parte de la bolsa de forma ininterrumpida, desde la actualización del año 2020.
– 1 punto por pertenecer a la bolsa, desde la actualización del año 2022.
e) Conocimientos de informática.
Se valorarán los conocimientos informáticos, hasta un máximo de 8 puntos, a razón de 2 puntos por cada una de las siguientes certificaciones:
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 básico.
– Internet Básico.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 básico.
– Microsoft Outlook XP/2003/2010.
– Microsoft PowerPoint 2000/XP/2003/2007/2010 nivel único.
– Microsoft Word 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Excel 2000/XP/2003/2007/2010 avanzado.
– Microsoft Access 2000/XP/2003 avanzado.
– Internet Avanzado.
La superación de los módulos se acreditará mediante el sistema de certificación IT Txartela, según se ha indicado en la base general 9.2.5. En el caso de que se acrediten diferentes versiones de un mismo módulo, solo se valorará uno de ellos.
f) Conocimientos de idiomas.
Se valorarán los conocimientos de inglés, alemán y francés en los siguientes niveles del Marco Común Europeo de Referencia hasta un máximo de 5 puntos, valorándose únicamente el nivel más alto del mismo idioma, conforme al siguiente baremo:
– Nivel C1 o superior: 3 puntos por idioma.
– Nivel B2: 2 puntos por idioma.
– Nivel B1: 1 punto por idioma.
El Decreto 117/2015, de 30 de junio (BOPV de 8 de julio de 2015), establece la equivalencia de títulos y certificados de idiomas en los procesos de selección y provisión de puestos de trabajo de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
g) Conocimientos de euskera.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 1: 5 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 2: 10 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 3: 15 puntos.
– Por la acreditación del perfil lingüístico 4: 15 puntos.
5.– Aplicación de la cláusula de prioridad.
A los efectos de la aplicación del artículo 27.2 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, no se aplicará la cláusula de desempate prevista en el citado artículo al no existir subrepresentación de las mujeres en este puesto.