N.º 246, martes 27 de diciembre de 2022
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
5669
RESOLUCIÓN 1849/2022, de 24 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Celador/a del grupo profesional de Subalternos/as-Operarios/as, con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Mediante Resolución 1736/2022, de 24 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se han aprobado las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en Osakidetza-Servicio vasco de salud convocados en los años 2020/2021/2022/Estabilización.
Para la materialización de cada proceso selectivo es necesaria la publicación de las bases específicas que han de regir la convocatoria de destinos de cada categoría.
Por ello, de conformidad con lo establecido en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi; la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud; el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; el Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud; y en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud; y demás disposiciones de vigente aplicación,
RESUELVO:
Primero.– Convocar los procesos selectivos que son objeto de las presentes bases.
Segundo.– Aprobar las bases específicas, que figuran como Anexo I, que han de regir los procesos selectivos (Bloque Concurso-Oposición y Bloque Concurso) para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Celador/a del grupo profesional de Subalternos/as-Operarios/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Tercero.– Aprobar la relación de destinos ofertados en cada uno de los bloques (Bloque Concurso-Oposición y Bloque Concurso) mediante el Anexo II que acompaña a la presente Resolución.
Cuarto.– Aprobar el baremo de méritos que figura como Anexo III de la presente Resolución, común para el Bloque Concurso-Oposición y Bloque Concurso.
Quinto.– Aprobar el temario correspondiente para el Bloque Concurso-Oposición que figura como Anexo IV y V de la presente Resolución.
Sexto.– Establecer como plazo para presentar la solicitud de participación en la presente convocatoria desde el día 21 de febrero de 2023 hasta las 14:00 horas del día 20 de marzo de 2023, de acuerdo con lo previsto en la base 9.3 de la Resolución 1736/2022, de 24 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases generales.
Séptimo.– De acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, así como en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales de Osakidetza, contra esta Resolución podrá ser interpuesto recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV.
En Vitoria-Gasteiz, a 24 de noviembre de 2022.
La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,
MARÍA ROSA PÉREZ ESQUERDO.
ANEXO I
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LOS PROCESOS SELECTIVOS PARA LA ADQUISICIÓN DEL VÍNCULO ESTATUTARIO FIJO EN LA CATEGORÍA DE CELADOR/A DEL GRUPO PROFESIONAL DE SUBALTERNOS/AS-OPERARIOS/AS CON DESTINO EN LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
1.– Destinos objeto de convocatoria.
1.1.– Son objeto de esta convocatoria los destinos de la categoría de Celador/a del grupo profesional de Subalternos/as-Operarios/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, recogidos en el Anexo II.
1.2.– De los destinos convocados, se reservan para su provisión por personal discapacitado el 7 %, de conformidad con la distribución establecida en la base 1.3 de las bases generales, recogidos en el Anexo II.
2.– Requisitos de las personas aspirantes.
Para participar en el proceso que aquí se regula, las personas aspirantes habrán de reunir al último día del plazo de presentación de solicitudes, salvo las excepciones que se prevean en las bases generales, debiendo mantener su cumplimiento hasta efectuar la toma de posesión del destino que, en su caso, se adjudique, además de los requisitos exigidos en las bases generales, los siguientes:
a) Estar en posesión, conforme a lo dispuesto en el apartado 6.2.c) de las bases generales, de la Certificación de años cursados (ESO o equivalente) expedida por el Ministerio de Educación y Ciencia, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.
b) En todo caso, deberán cumplirse los requisitos del puesto al que se opte, según lo dispuesto en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, así como cualesquiera otros establecidos por la normativa vigente.
c) Haber satisfecho los siguientes derechos de inscripción dentro del plazo de presentación de solicitudes, conforme al grupo de titulación al que pertenezcan los destinos ofertados:
Grupo E: 10 euros.
3.– Desarrollo:
3.1.– Fase concurso común al bloque concurso-oposición y bloque concurso:
3.1.1.– Alegación de requisitos y méritos. Presentación de documentación.
Las personas aspirantes incluidas como admitidas en la lista definitiva de personas admitidas y excluidas dispondrán del plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución que contenga la relación definitiva de personas admitidas y excluidas para efectuar la alegación de los requisitos exigidos para participar en la convocatoria, así como de los méritos valorables, y presentar la documentación acreditativa de los mismos, lo cual se llevará a cabo conforme a lo establecido en la base 12.1.
Se valorarán los méritos acreditados, según el baremo de méritos que se acompaña como Anexo III, conforme a los criterios establecidos en las bases generales (base 12.2).
3.1.2.– Tras la publicación de la relación provisional de aspirantes por orden de puntuación prevista en el apartado 14.1.1 (bloque concurso-oposición) y 14.2.1 (bloque concurso) de las bases generales, las personas aspirantes propuestas que figuren en el Anexo I deberán presentar:
– Fotocopia compulsada o testimonio notarial de la titulación de Licenciado/a o equivalente en Medicina y Cirugía y de la especialidad de Angiología y Cirugía Vascular requerida para el desempeño del puesto funcional al que se accede, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.
En el supuesto de que la misma persona aspirante esté incluida en el Anexo I del Bloque Concurso-Oposición y en el Anexo I del Bloque Concurso, deberá presentar la documentación una sola vez, conforme a los establecido en las bases generales (base 14.1.2).
3.2.– Fase oposición correspondiente al bloque concurso-oposición:
Al tribunal calificador le corresponde la determinación del contenido de la prueba y su calificación, adoptando cuantas medidas estime necesarias para el correcto desarrollo del proceso selectivo garantizando la transparencia y objetividad del mismo.
El tribunal podrá solicitar a Osakidetza-Servicio vasco de salud la participación de personas asesoras que colaboren con sus miembros en el desarrollo del proceso selectivo en sus diferentes fases, tanto en lo referente a la elaboración de la prueba, como en la fase de concurso. Dichas personas deberán reunir el requisito de titulación exigido a las personas integrantes del tribunal.
El tribunal podrá también solicitar a Osakidetza-Servicio vasco de salud contar con la colaboración de entidades externas asesoras para la elaboración de las pruebas y cuantas cuestiones relacionadas con las mismas puedan plantearse en la fase de oposición.
La prueba consistirá en la contestación por escrito en el plazo máximo que se fije, de un cuestionario de preguntas que versará sobre las materias del programa que se contiene en el Anexo IV:
a) Las preguntas correspondientes al temario común serán extraídas del conjunto de preguntas publicadas en la web de Osakidetza.
b) Para la preparación de las preguntas correspondientes al temario general, se facilitará la bibliografía mediante su inclusión en el citado anexo.
Corresponderá al tribunal calificador la selección de las preguntas correspondientes al temario Común y las decisiones que correspondan sobre la selección de preguntas correspondientes al temario general, de forma que el ejercicio teórico quede elaborado en su totalidad.
El Anexo V incluye el programa sobre el que versará la prueba y la bibliografía para la preparación de la misma con las adaptaciones para las personas participantes con discapacidad intelectual admitidas en el cupo de discapacidad intelectual en el presente proceso selectivo. A través de la página web de Osakidetza-Servicio vasco de salud se publicará la presente Resolución mediante el sistema de lectura fácil, así como el conjunto de preguntas del que se extraerán las correspondientes al temario común, adaptadas a lectura fácil. Así mismo, para las personas con discapacidad intelectual admitidas en este cupo, la prueba, que consistirá en la contestación por escrito de un cuestionario de preguntas en el plazo máximo que se fije, estará adaptada al sistema de lectura fácil.
ANEXO II
RELACIÓN DE DESTINOS CATEGORÍA: CELADOR/A
Conforme a lo previsto en la base 1 de las bases generales aprobadas por Resolución 1736/2022, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se convocan los siguientes destinos:
1.– Bloque concurso-oposición:
a) Convocatoria de turno de promoción interna: 11 destinos.
Acceso general: 10.
Cupo de reserva para personas con discapacidad: 1.
– Cupo discapacidad intelectual: 1.
– Cupo otra discapacidad: 0.
b) Convocatoria de turno libre: 268 destinos.
Acceso general: 249.
Cupo de reserva para personas con discapacidad: 19.
– Cupo discapacidad intelectual: 15.
– Cupo otra discapacidad: 4.
2.– Bloque concurso:
Acceso general: 52 destinos.
En el supuesto de que los destinos reservados a personas con discapacidad intelectual (cupo discapacidad intelectual) no puedan cubrirse por falta de candidatos/as que superen el proceso selectivo, dichos destinos acrecerán al cupo de reserva de personal con discapacidad (cupo otra discapacidad).
En el supuesto de que los destinos reservados a personas con discapacidad no puedan cubrirse por falta de candidatos/as que superen el proceso selectivo, dichos destinos acrecerán a los de acceso general del turno correspondiente, promoción interna o turno libre.
De acuerdo con lo establecido en la base 2 de las bases generales, la determinación de los destinos en las organizaciones de servicios sanitarios objeto de esta convocatoria, tanto del bloque concurso-oposición como del bloque concurso, se hará una vez que queden determinadas, tras la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la Resolución de adjudicación definitiva de destinos del ciclo en curso del Concurso de traslados abierto y permanente de Osakidetza-Servicio vasco de salud, las categorías objeto de convocatoria, y de la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la Resolución de adjudicación definitiva de la OPE 2018-2019, ambas mediante Resolución de el/la Director/a General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, a las que se le dará publicidad en la web de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
ANEXO III
BAREMO DE MÉRITOS DE LA CATEGORÍA DE CELADOR/A DEL GRUPO PROFESIONAL DE SUBALTERNOS/AS-OPERARIOS/AS
1) Experiencia profesional (máximo, 60 puntos).
Se computará el tiempo de servicios que las personas aspirantes tuvieran reconocido en los 20 años anteriores al último día del plazo de presentación de solicitudes.
Del cómputo total, que se efectuará en base a los días naturales trabajados, se despreciarán los restos que resulten inferiores al mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.
1.– Por cada mes de servicios prestados como Celador/a en las Organizaciones de Servicios Sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud y Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas: 0,20 puntos.
2.– Por cada mes de servicios prestados como Celador/a en las Organizaciones de Servicios Sanitarios de la Seguridad Social, del resto de las Administraciones Públicas no incluidas en el punto anterior, así como aquellos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea: 0,05 puntos.
Al personal que acceda a través del turno de promoción interna se le computarán los servicios previos conforme a continuación se detalla:
a) Servicios prestados por personal en el grupo E: 0,15 puntos/mes.
b) Cuando sean prestados en el mismo puesto al que se opta:
b.1) En las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud o en los Servicios de salud de las Comunidades Autónomas: 0,20 puntos/mes.
b.2) En las organizaciones de servicios sanitarios de la Seguridad Social, del resto de las Administraciones Públicas no incluidas en el párrafo anterior, así como aquellos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea: 0,10 puntos/mes.
Los servicios prestados en comisión de servicios o desempeño de funciones de superior categoría se computarán en el puesto efectivamente desempeñado.
Asimismo, se computarán en el puesto de origen los servicios prestados en situación de servicios especiales.
2) Euskera:
– PL2: 16 puntos.
– PL1: 8 puntos.
ANEXO IV
CELADOR/A
TEMARIO
1.– La Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi: Configuración del sistema sanitario de Euskadi. Principios informadores y principios programáticos de organización y funcionamiento. Derechos y deberes de los ciudadanos.
2.– El Estatuto Marco: Objeto y ámbito. Normas. Principios y criterios de ordenación del régimen estatutario. Clasificación del personal estatutario.
3.– Los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud: Definición. Domicilio. Fines. Personalidad jurídica y capacidad de obrar. Organización Rectora.
4.– Organizaciones de Servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Reconocimiento legal. Facultades. Régimen orgánico y funcional. Relación de organizaciones de servicio sanitarias.
5.– Decreto 38/2012, de 13 de marzo, sobre historia clínica y derechos y obligaciones de pacientes y profesionales de la salud en materia de documentación clínica: Objeto. Ámbito. Definición de historia clínica. Documentación clínica. Acceso y usos de la historia clínica. Derechos y obligaciones en relación con la documentación clínica: derechos de las y los pacientes, consentimiento informado. Rectificación, cancelación y oposición en la historia clínica.
6.– Ley 7/2002, de 12 de diciembre, del Parlamento Vasco, de las Voluntades Anticipadas en el ámbito de la sanidad.
7.– Acuerdo de Regulación de Condiciones de Trabajo del Personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Jornada de trabajo. Descanso y vacaciones. Licencias y permisos.
8.– Manual de organización de celadores de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Movilidad de pacientes. Medios mecánicos para facilitar la movilidad de los pacientes. El manejo de la cama/camilla y de la silla de ruedas. Otros materiales, equipos o aparatos. Diccionario de términos.
9.– Manual informativo del Servicio de Prevención de Osakidetza-Servicio vasco de salud de prevención de incendios: naturaleza del fuego, cómo se provoca, agentes extintores más habituales, recomendaciones para la prevención de incendios, situación de emergencia. Manual informativo del servicio de Prevención de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Riesgos generales para los trabajadores de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Servicio de prevención, definiciones, riesgos generales del medio sanitario, riesgos ergonómicos, riesgos psicosociales. Carpeta Roja de Prevención: accidentes de trabajo/incidente, actuaciones a realizar: del trabajador y del responsable inmediato, actuaciones a realizar ante una agresión.
10.– Derechos y deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi.
11.– Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal y garantía de derechos digitales: Principios de la protección de datos.
12.– Objeto de la Ley de Igualdad de Mujeres y Hombres. Principios generales. Seguridad y salud laboral.
13.– Marco Estratégico. Departamento de Salud. 2021-2024.
14.– Plan de Salud. Políticas de Salud para Euskadi 2013-2020.
15.– Estrategia de Seguridad del Paciente en Osakidetza 20 20.
16.– Estrategia de Atención Sociosanitaria de Euskadi (2021-2024).
17.– III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza 2022-2028: Imagen y comunicación corporativas. Relaciones con pacientes y personas usuarias. Relaciones con entidades externas.
BIBLIOGRAFÍA
1.– Artículos 5, 6, 8, 10 y 11 de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi.
2.– Artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de salud.
3.– Artículos 1, 2, 3, 4, 6, 7 y 8 del Decreto 255/1997, de 11 de noviembre por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.
4.– Artículos 13, 14 y 15 del Decreto 255/1997, de 11 de noviembre por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud. Relación de organizaciones de servicios sanitarios. Anexo II y distintos Acuerdos por los que se modifican sus denominaciones, creación y ámbito, siendo el último el de 28 de diciembre de 2015.
5.– Decreto 38/2012, de 13 de marzo, sobre historia clínica y derechos y obligaciones de pacientes y profesionales de la salud en materia de documentación clínica: artículos 1, 2, 3, 8, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 24, 25 y 27.
6.– Ley 7/2002, de 12 de diciembre, del Parlamento Vasco, de las Voluntades Anticipadas en el ámbito de la sanidad (artículo 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7).
7.– Titulo III y IV del Acuerdo de Regulación de Condiciones de Trabajo del Personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud, BOPV n.º 250, de 31 de diciembre de 2007 y n.º 113 de 16 de junio de 2008.
8.– Manual para el personal de celadores en Osakidetza-Servicio vasco de salud.
9.– Manual informativo del Servicio de Prevención de Osakidetza-Servicio vasco de salud de prevención de incendios: naturaleza del fuego, como se provoca, agentes extintores más habituales, recomendaciones para la prevención de incendios, situación de emergencia. Manual informativo del servicio de Prevención de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Riesgos generales para los trabajadores de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Servicio de prevención, definiciones, riesgos generales del medio sanitario, riesgos ergonómicos, riesgos psicosociales. Carpeta Roja de Prevención: accidentes de trabajo/incidente, actuaciones a realizar: del trabajador y del responsable inmediato, actuaciones a realizar ante una agresión. Todo ello está publicado por el Servicio de Prevención de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
10.– Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi (artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20 y 21).
11.– Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal y garantía de derechos digitales (artículos 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10).
12.– Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres (artículos 1, 3 y 43).
13.– Marco Estratégico. Departamento de Salud. 2021-2024.
14.– Plan de Salud. Políticas de Salud para Euskadi 2013-2020.
15.– Estrategia de Seguridad del Paciente en Osakidetza 20 20.
16.– Estrategia de Atención Sociosanitaria de Euskadi (2021-2024).
17.– III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza 2022-2028.
ANEXO V
CELADOR/A
(cupo-discapacidad intelectual)
TEMARIO
1.– La Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi: Configuración del sistema sanitario de Euskadi. Principios informadores. Derechos y deberes de los ciudadanos.
2.– El Estatuto Marco: Objeto y ámbito. Principios y criterios de ordenación del régimen estatutario. Clasificación del personal estatutario.
3.– Los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud: Definición. Domicilio. Fines. Organización Rectora.
4.– Organizaciones de Servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Reconocimiento legal. Facultades. Relación de organizaciones de servicio sanitarias.
5.– Decreto 38/2012, de 13 de marzo, sobre historia clínica y derechos y obligaciones de pacientes y profesionales de la salud en materia de documentación clínica: Objeto. Ámbito. Definición de historia clínica. Documentación clínica. Acceso y usos de la historia clínica. Derechos y obligaciones en relación con la documentación clínica: derechos de las y los pacientes, consentimiento informado.
6.– Ley 7/2002, de 12 de diciembre, del Parlamento Vasco, de las Voluntades Anticipadas en el ámbito de la sanidad.
7.– Acuerdo de Regulación de Condiciones de Trabajo del Personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Jornada de trabajo. Descanso y vacaciones. Licencias y permisos.
8.– Manual de organización de celadores de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Movilidad de pacientes. Medios mecánicos para facilitar la movilidad de los pacientes. El manejo de la cama/camilla y de la silla de ruedas. Otros materiales, equipos o aparatos. Diccionario de términos.
9.– Manual informativo del Servicio de Prevención de Osakidetza-Servicio vasco de salud de prevención de incendios: naturaleza del fuego, cómo se provoca, agentes extintores más habituales, recomendaciones para la prevención de incendios, situación de emergencia. Manual informativo del servicio de Prevención de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Riesgos generales para los trabajadores de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Servicio de prevención, definiciones, riesgos generales del medio sanitario, riesgos ergonómicos, riesgos psicosociales. Carpeta Roja de Prevención: accidentes de trabajo/incidente, actuaciones a realizar: del trabajador y del responsable inmediato, actuaciones a realizar ante una agresión.
10.– Derechos y deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi.
11.– Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal y garantía de derechos digitales: Principios de la protección de datos.
12.– Objeto de la Ley de Igualdad de Mujeres y Hombres. Principios generales. Seguridad y salud laboral.
13.– Marco Estratégico. Departamento de Salud. 2021-2024: Elementos Instrumentales.
14.– Plan de Salud. Políticas de Salud para Euskadi 2013-2020: 3. Principios que inspiran el plan y 5. Áreas Prioritarias-Objetivos-Acciones-Indicadores.
15.– Estrategia de Seguridad del Paciente en Osakidetza 20 20: Análisis de situación. Objetivos de la estrategia. Aspectos de comunicación y coordinación para la mejora de la seguridad del paciente.
16.– Estrategia de Atención Sociosanitaria de Euskadi (2021-2024): 3. Misión, visión y valores, 4. Líneas transversales y 5. Áreas de actuación y proyectos.
17.– III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza 2022-2028: Imagen y comunicación corporativas. Relaciones con pacientes y personas usuarias. Relaciones con entidades externas.
BIBLIOGRAFÍA
1.– Artículos 5, 6, 10 y 11 de la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi.
2.– Artículos 1, 2, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los Servicios de salud.
3.– Artículos 1, 2, 3, 6, 7 y 8 del Decreto 255/1997, de 11 de noviembre por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.
4.– Artículos 13 y 14 del Decreto 255/1997, de 11 de noviembre por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud. Relación de organizaciones de servicios sanitarios. Anexo II y distintos Acuerdos por la que modifican sus denominaciones, creación y ámbito, siendo el último el de 28 de diciembre de 2015.
5.– Decreto 38/2012, de 13 de marzo, sobre historia clínica y derechos y obligaciones de pacientes y profesionales de la salud en materia de documentación clínica: artículos 1, 2, 3, 8, 11, 12, 13, 24, y 25.
6.– Ley 7/2002, de 12 de diciembre, del Parlamento Vasco, de las Voluntades Anticipadas en el ámbito de la sanidad (artículo 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7).
7.– Titulo III y IV del Acuerdo de Regulación de Condiciones de Trabajo del Personal de Osakidetza-Servicio vasco de salud, BOPV n.º 250, de 31 de diciembre de 2007 y n.º 113 de 16 de junio de 2008.
8.– Manual para el personal de celadores en Osakidetza-Servicio vasco de salud.
9.– Manual informativo del Servicio de Prevención de Osakidetza-Servicio vasco de salud de prevención de incendios: naturaleza del fuego, como se provoca, agentes extintores más habituales, recomendaciones para la prevención de incendios, situación de emergencia. Manual informativo del servicio de Prevención de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Riesgos generales para los trabajadores de Osakidetza-Servicio vasco de salud: Servicio de prevención, definiciones, riesgos generales del medio sanitario, riesgos ergonómicos, riesgos psicosociales. Carpeta Roja de Prevención: accidentes de trabajo/incidente, actuaciones a realizar: del trabajador y del responsable inmediato, actuaciones a realizar ante una agresión. Todo ello está publicado por el Servicio de Prevención de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
10.– Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi (artículos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17 y 18).
11.– Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal y garantía de derechos digitales (artículos 4, 5, 6, 7, 8, 9 y 10).
12.– Ley 1/2022, de 3 de marzo, de segunda modificación de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres (artículos 1, 3 y 43).
13.– Marco Estratégico. Departamento de Salud. 2021-2024: Elementos Instrumentales.
14.– Plan de Salud. Políticas de Salud para Euskadi 2013-2020: 3. Principios que inspiran el plan y 5. Áreas Prioritarias-Objetivos-Acciones-Indicadores.
15.– Estrategia de Seguridad del Paciente en Osakidetza 20 20: Análisis de situación. Objetivos de la estrategia. Aspectos de comunicación y coordinación para la mejora de la seguridad del paciente.
16.– Estrategia de Atención Sociosanitaria de Euskadi (2021-2024): 3. Misión, visión y valores, 4. Líneas transversales y 5. Áreas de actuación y proyectos.
17.– III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza 2022-2028: Imagen y comunicación corporativas. Relaciones con pacientes y personas usuarias. Relaciones con entidades externas.