N.º 246, martes 27 de diciembre de 2022
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
5562
RESOLUCIÓN 1738/2022, de 24 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Médico/a (puesto funcional de Fac. Esp. Médico/a Anatomía Patológica) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Mediante Resolución 1736/2022, de 24 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se han aprobado las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en Osakidetza-Servicio vasco de salud convocados en los años 2020/2021/2022/Estabilización.
Para la materialización de cada proceso selectivo es necesaria la publicación de las bases específicas que han de regir la convocatoria de destinos de cada categoría.
Por ello, de conformidad con lo establecido en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, el Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y demás disposiciones de vigente aplicación,
RESUELVO:
Primero.– Convocar los procesos selectivos que son objeto de las presentes bases.
Segundo.– Aprobar las bases específicas, que figuran como Anexo I, que han de regir los procesos selectivos (bloque concurso-oposición y bloque concurso) para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Médico/a (puesto funcional de Fac. Esp. Médico/a Anatomía Patológica) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Tercero.– Aprobar la relación de destinos ofertados en cada uno de los bloques (bloque concurso-oposición y bloque concurso) mediante el Anexo II que acompaña a la presente Resolución.
Cuarto.– Aprobar el baremo de méritos que figura como Anexo III de la presente Resolución, común para el bloque concurso-oposición y bloque concurso.
Quinto.– Aprobar el temario correspondiente para el bloque concurso-oposición que figura como Anexo IV de la presente Resolución.
Sexto.– Establecer como plazo para presentar la solicitud de participación en la presente convocatoria desde el día 21 de febrero de 2023 hasta las 14:00 horas del día 20 de marzo de 2023, de acuerdo con lo previsto en la base 9.3 de la Resolución 1736/2022, de 24 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases generales.
Séptimo.– De acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, así como en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales de Osakidetza-Servicio vasco de salud, contra esta Resolución podrá ser interpuesto recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV.
En Vitoria-Gasteiz, a 24 de noviembre de 2022.
La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,
MARÍA ROSA PÉREZ ESQUERDO.
ANEXO I
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LOS PROCESOS SELECTIVOS PARA LA ADQUISICIÓN DEL VÍNCULO ESTATUTARIO FIJO EN LA CATEGORÍA DE MÉDICO/A (PUESTO FUNCIONAL DE FAC. ESP. MÉDICO/A ANATOMÍA PATOLÓGICA) DEL GRUPO PROFESIONAL DE FACULTATIVOS/AS MÉDICOS/AS Y TÉCNICOS/AS CON DESTINO EN LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
1.– Destinos objeto de convocatoria.
1.1.– Son objeto de esta convocatoria los destinos de la categoría de Médico/a (puesto funcional de Fac. Esp. Médico/a Anatomía Patológica) del grupo profesional de Facultativos/as Médicos/as y Técnicos/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, recogidos en el Anexo II.
1.2.– De los destinos convocados, se reservan para su provisión por personal discapacitado el 7 %, de conformidad con la distribución establecida en la base 1.3 de las bases generales, recogidos en el Anexo II.
2.– Requisitos de las personas aspirantes.
Para participar en el proceso que aquí se regula, las personas aspirantes habrán de reunir al último día del plazo de presentación de solicitudes, salvo las excepciones que se prevean en las bases generales, debiendo mantener su cumplimiento hasta efectuar la toma de posesión del destino que, en su caso, se adjudique, además de los requisitos exigidos en las bases generales, los siguientes:
a) Estar en posesión, conforme a lo dispuesto en el apartado 6.2.c) de las bases generales, de la titulación de Licenciado/a o equivalente en Medicina y Cirugía y de la especialidad en Anatomía Patológica requerida para el desempeño del puesto funcional al que se accede, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.
b) En todo caso, deberán cumplirse los requisitos del puesto al que se opte, según lo dispuesto en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, así como cualesquiera otros establecidos por la normativa vigente.
c) Haber satisfecho los siguientes derechos de inscripción dentro del plazo de presentación de solicitudes, conforme al grupo de titulación al que pertenezcan los destinos ofertados:
Grupo A1 (antiguo grupo A): 25 euros.
3.– Desarrollo:
3.1.– Fase concurso común al bloque concurso-oposición y bloque concurso:
3.1.1.– Alegación de requisitos y méritos. Presentación de documentación.
Las personas aspirantes incluidas como admitidas en la lista definitiva de personas admitidas y excluidas dispondrán del plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución que contenga la relación definitiva de personas admitidas y excluidas para efectuar la alegación de los requisitos exigidos para participar en la convocatoria, así como de los méritos valorables, y presentar la documentación acreditativa de los mismos, lo cual se llevará a cabo conforme a lo establecido en la base 12.1.
Se valorarán los méritos acreditados, según el baremo de méritos que se acompaña como Anexo III, conforme a los criterios establecidos en las bases generales (base 12.2).
3.1.2.– Tras la publicación de la relación provisional de aspirantes por orden de puntuación prevista en el apartado 14.1.1 (bloque concurso-oposición) y 14.2.1 (bloque concurso) de las bases generales, las personas aspirantes propuestas que figuren en el Anexo I deberán presentar fotocopia compulsada, además de la documentación que se relaciona en la base 14.1.2 (bloque concurso-oposición) y 14.2.2 (bloque concurso), de la siguiente:
– Fotocopia compulsada o testimonio notarial de la titulación de Licenciado/a o equivalente en Medicina y Cirugía y de la especialidad de Anatomía Patológica requerida para el desempeño del puesto funcional al que al que se accede, de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I del Decreto 186/2005, de 19 de julio, que regula los puestos funcionales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.
En el supuesto de que la misma persona aspirante esté incluida en el Anexo I del bloque concurso-oposición y en el Anexo I del bloque concurso, deberá presentar la documentación una sola vez, conforme a lo establecido en las bases generales (base 14.1.2).
3.2.– Fase oposición correspondiente al bloque concurso-oposición:
Al tribunal calificador le corresponde la determinación del contenido de las pruebas y su calificación, adoptando cuantas medidas estime necesarias para el correcto desarrollo del proceso selectivo garantizando la transparencia y objetividad del mismo.
El tribunal podrá solicitar a Osakidetza-Servicio vasco de salud la participación de personas asesoras que colaboren con sus miembros en el desarrollo del proceso selectivo en sus diferentes fases, tanto en lo referente a la elaboración de las pruebas, como en la fase de concurso. Dichas personas deberán reunir el requisito de titulación exigido a las personas integrantes del tribunal.
El Tribunal podrá también solicitar a Osakidetza-Servicio vasco de salud contar con la colaboración de entidades externas asesoras para la elaboración de las pruebas y cuantas cuestiones relacionadas con las mismas puedan plantearse en la fase de oposición.
La fase oposición estará constituida por los ejercicios que se indican a continuación:
a) Primer ejercicio: La prueba consistirá en la contestación por escrito en el plazo máximo que se fije, de un cuestionario de preguntas que versará sobre las materias del programa que se contiene en el Anexo IV:
1.– Las preguntas correspondientes al temario común serán extraídas del conjunto de preguntas publicadas en la web de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
2.– Para la preparación de las preguntas correspondientes al temario general, se facilitará la bibliografía mediante su inclusión en el citado anexo.
b) Segundo ejercicio: consistirá en la realización de los ejercicios prácticos que proponga el tribunal, mediante la contestación de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas.
Los ejercicios estarán relacionados con las funciones específicas de los destinos y tendrán como finalidad la valoración de las aptitudes, destrezas, conocimientos y capacidad profesional de las personas aspirantes para el desempeño de dichos destinos.
La puntuación final de la prueba vendrá dada por la media ponderada entre los dos ejercicios, correspondiendo el 65 % a la prueba teórica y el 35 % al ejercicio práctico. A estos efectos, la media ponderada se obtendrá conforme a la siguiente fórmula:
(Véase el .PDF)
Para considerar como aprobada la fase de oposición la media ponderada de los dos ejercicios tendrá que dar un resultado como mínimo de 50 puntos sobre 100.
Corresponderá al tribunal calificador la selección de las preguntas correspondientes al temario común y las decisiones que correspondan sobre la selección de las preguntas correspondientes al temario general, de forma que el ejercicio teórico quede elaborado en su totalidad. Del mismo modo le corresponderá la elaboración y calificación del ejercicio práctico.
3.3.– Toma de posesión.
Además de la documentación mencionada en la base 17 de las bases generales, quienes tomen posesión de alguno de los destinos de la presente convocatoria deberán aportar en el acto de la toma de posesión la siguiente:
– Certificado de colegiación.
ANEXO II
RELACIÓN DE DESTINOS CATEGORÍA: MÉDICO/A, PUESTO FUNCIONAL: FAC. ESP. MÉDICO/A ANATOMÍA PATOLÓGICA
Conforme a lo previsto en la base 1 de las bases generales aprobadas por Resolución 1736/2022, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se convocan los siguientes destinos:
1.– Bloque concurso-oposición:
a) Convocatoria de turno libre: 10 destinos.
Acceso general: 9.
Cupo de reserva para personas con discapacidad: 1.
– Cupo discapacidad intelectual: 0.
– Cupo otra discapacidad: 1.
2.– Bloque concurso:
Acceso general: 4 destinos.
En el supuesto de que los destinos reservados a personas con discapacidad intelectual (cupo discapacidad intelectual) no puedan cubrirse por falta de candidatos/as que superen el proceso selectivo, dichos destinos acrecerán al cupo de reserva de personal con discapacidad (cupo otra discapacidad).
En el supuesto de que los destinos reservados a personas con discapacidad no puedan cubrirse por falta de candidatos/as que superen el proceso selectivo, dichos destinos acrecerán a los de acceso general del turno correspondiente, promoción interna o turno libre.
De acuerdo con lo establecido en la base 2 de las bases generales, la determinación de los destinos en las organizaciones de servicios sanitarios objeto de esta convocatoria, tanto del bloque concurso-oposición como del bloque concurso, se hará una vez que queden determinadas, tras la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la Resolución de adjudicación definitiva de destinos del ciclo en curso del Concurso de traslados abierto y permanente de Osakidetza-Servicio vasco de salud, las categorías objeto de convocatoria, y de la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la Resolución de adjudicación definitiva de la OPE 2018-2019, ambas mediante Resolución de el/la Director/a General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, a las que se le dará publicidad en la web de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
ANEXO III
BAREMO DE MÉRITOS DE LA CATEGORÍA DE MÉDICO/A ((PUESTO FUNCIONAL DE FAC. ESP. MÉDICO/A ANATOMÍA PATOLÓGICA)) DEL GRUPO PROFESIONAL DE FACULTATIVOS/AS MÉDICOS/AS Y TÉCNICOS/AS CON DESTINO EN LAS ORGANIZACIONES DE SERVICIOS SANITARIOS DE OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
1) Experiencia profesional (máximo 60 puntos).
Se computará el tiempo de servicios que las personas aspirantes tuvieran reconocido en los 20 años anteriores al último día del plazo de presentación de solicitudes.
El cómputo de servicios prestados derivados de un nombramiento eventual de atención continuada de la especialidad correspondiente, se realizará aplicándose un porcentaje del 50 % respecto del cómputo ordinario de servicios prestados.
Del cómputo total, que se efectuará en base a los días naturales trabajados, se despreciarán los restos que resulten inferiores al mes. A estos efectos se entenderá por mes el conjunto de 30 días naturales.
La antigüedad como especialista de quienes hayan accedido al título al amparo del Real Decreto 1497/1999, de 24 de septiembre, valorará, según lo dispuesto en la Ley 62/2003, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social y en los términos previstos en la convocatoria, la totalidad del ejercicio profesional efectivo del interesado dentro del campo propio y específico de la especialidad, descontando de tal ejercicio y en el periodo inicial del mismo el 170 % del periodo de formación establecido para dicha especialidad en España. El indicado descuento no se producirá respecto de quienes hubieran obtenido el título de especialista de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional tercera del Real Decreto 1497/1999.
1.– Por cada mes de servicios prestados en la misma categoría y especialidad de que se trate o en puestos de gestión del área médica en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud y Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas: 0,30 puntos.
2.– Por cada mes de servicios prestados en la misma categoría y especialidad de que se trate o en puestos de gestión del área médica en las organizaciones de servicios sanitarios de la Seguridad Social, del resto de las Administraciones Públicas no incluidas en el punto anterior, así como aquellos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea: 0,075 puntos.
3.– Por cada mes de servicios prestados como Médico/a de Cupo y Zona en la especialidad de que se trate en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud y Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas: 0,12 puntos.
4.– Por cada mes de servicios prestados como Médico/a de Cupo y Zona en la especialidad de que se trate en las organizaciones de servicios sanitarios del resto de las Administraciones Públicas no incluidas en el punto anterior, así como aquellos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea: 0,03 puntos.
5.– Por cada mes de servicios prestados como Médico/a General o como Médico/a en otras especialidades o como Personal Investigador en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud y Servicios Sanitarios de las Comunidades Autónomas, o en Centros Oficiales de Investigación u Organizaciones adscritas al Sistema Nacional de Salud: 0,055 puntos.
6.– Por cada mes de servicios prestados como Médico/a General o como Médico/a en otras especialidades o como Personal Investigador en las organizaciones de servicios sanitarios del resto de las Administraciones Públicas no incluidas en el punto anterior, así como aquellos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea: 0,0138 puntos.
7.– Por cada mes de servicios prestados en el desempeño de puestos de gestión de nivel superior en el área de gestión y servicios generales en Osakidetza-Servicio vasco de salud y Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas: 0,05 puntos.
Al personal que acceda a través del turno de promoción interna se le computarán los servicios previos conforme a continuación se detalla:
a) Servicios prestados por personal en el grupo E: 0,02 puntos/mes.
b) Servicios prestados por personal en el grupo D: 0,03 puntos/mes.
c) Servicios prestados por personal en el grupo C: 0,04 puntos/mes.
d) Servicios prestados por personal en el grupo B: 0,05 puntos/mes.
e) Servicios prestados por personal en el grupo A: 0,12 puntos/mes.
f) Servicios prestados por personal en el mismo puesto al que se opta:
f.1) En las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud o en los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas: 0,30 puntos/mes.
f.2) En las organizaciones de servicios sanitarios de la Seguridad Social, del resto de las Administraciones Públicas no incluidas en el párrafo anterior, así como aquellos servicios prestados en los Servicios Sanitarios de la red pública de los demás estados miembros de la Unión Europea: 0,15 puntos/mes.
Los servicios prestados en comisión de servicios o desempeño de funciones de superior categoría se computarán en el puesto efectivamente desempeñado.
Asimismo, se computarán en el puesto de origen los servicios prestados en situación de servicios especiales.
2) Formación, docencia e investigación (máximo 20 puntos).
A) Se valorará dentro de este apartado la formación que resulte acreditada conforme a lo siguiente:
a) Formación pregrado:
La valoración del expediente académico se obtendrá en estos supuestos de la siguiente forma:
(Véase el .PDF)
No se evaluarán y por ello tampoco estarán comprendidas en el divisor, las asignaturas que hayan sido objeto de convalidación oficial ni las calificaciones correspondientes a las asignaturas de religión, formación política, educación física, idiomas, u otras asignaturas que no guarden una relación sustancial con el contenido esencial de los estudios de Licenciatura o equivalente en Medicina y Cirugía.
b) Formación postgrado:
– Doctor/a cum laude: 10 puntos.
– Doctor/a: 9 puntos.
– Master postgrado: 6 puntos.
– Experto/a/Especialista universitario/a: 5 puntos.
– Suficiencia investigadora o Diploma de estudios avanzados: 4 puntos.
– Grado de licenciatura (sobresaliente o matrícula de honor): 3 puntos.
– Curso de doctorado, por cada curso, con un máximo de 10 cursos: 0,25 puntos.
– Otra titulación universitaria relacionada: 2,5 puntos.
En el caso de asignarse la puntuación como Doctor/a cum laude, no se asignará puntuación como Doctor/a. No se valorarán los cursos de doctorado de los programas que hayan servido para la obtención del título de Doctor/a, Doctor/a cum laude o Suficiencia investigadora o Diploma de estudios avanzados.
c) Formación especializada:
1.– Aspirantes que se encuentren en posesión de otro u otros títulos de alguna o algunas de las especialidades legalmente reconocidas distinto del requerido para el acceso a la categoría, siempre que hubieran sido obtenidos previo cumplimiento como residentes del programa de formación especializada para facultativos reconocido oficialmente: 2 puntos.
2.– Aspirantes que se encuentren en posesión de otro u otros títulos de especialista distinto del requerido para el acceso a la categoría vía no MIR: 1 punto.
d) Idiomas (máximo 3 puntos):
– Inglés: máximo 1,5 puntos.
– Francés: máximo 1,5 puntos.
– Alemán: máximo 1,5 puntos.
e) Conocimientos de informática (máximo 2 puntos).
B) Se valorará dentro de este apartado la formación que hubiese finalizado dentro del plazo de los 10 años anteriores al último día de presentación de solicitudes que resulte acreditada conforme a lo siguiente:
a) Formación continuada:
Por la asistencia a cursos relacionados con la categoría del destino solicitado:
– Hasta 9 horas: 0,25 puntos.
– 10 a 19 horas: 0,75 puntos.
– 20 a 29 horas: 1,25 puntos.
– 30 a 49 horas: 2 puntos.
– 50 a 99 horas: 3 puntos.
– 100 a 249 horas: 4 puntos.
– 250 a 599 horas: 5 puntos.
– 600 o más horas: 6 puntos.
Cuando en las certificaciones de los cursos conste únicamente el número de créditos, para la asignación de la puntuación se efectuará la siguiente equivalencia:
– 1 crédito del Sistema Europeo de Créditos (ECTS): 25 horas.
– 1 crédito de la Comisión de Formación Continuada: 10 horas.
En aquellas certificaciones en las que no conste el número de horas de duración del curso ni se asignen créditos, o disponiendo de créditos, estos sean diferentes a los especificados en el párrafo anterior, o se establezca otra equivalencia de los créditos en horas, el tribunal, a la vista de la certificación aportada y del contenido del curso, asignará la puntuación correspondiente sin que en ningún caso pueda otorgar una puntuación inferior a 0,25 puntos.
Se valorarán los cursos acreditados/certificados por Organismos Oficiales, Universidades, Instituciones Sanitarias y, en su caso, Colegios Profesionales y Sociedades Científicas, así como los cursos acreditados/certificados en virtud de los Acuerdos de Formación Continua suscritos por cualquier Administración Pública, siempre que no formen parte de un plan de estudios para la obtención de una titulación oficial.
b) Actividades docentes:
– Catedrático/a de Facultad/Escuela Universitaria (por año): 1 punto.
– Profesor/a titular o asociado/a de Facultad/Escuela Universitaria (por año): 0,50 puntos.
– Tutor/a acreditado/a para la docencia de residentes, en su caso, de la especialidad de que se trate (por año): 0,750 puntos.
– Docencia en programas oficiales de formación continuada (por hora): 0,050 puntos.
c) Actividades científicas y de difusión del conocimiento:
Por la publicación de trabajos científicos, presentación de ponencias, comunicaciones, conferencias o mesas redondas relacionadas con el puesto funcional del destino solicitado:
– Por cada ponencia regional: 0,50 puntos.
– Por cada ponencia nacional: 2 puntos.
– Por cada ponencia internacional: 3 puntos.
– Por cada comunicación oral/póster regional: 0,30 puntos.
– Por cada comunicación oral/póster nacional: 1,20 puntos.
– Por cada comunicación oral/póster internacional: 2 puntos.
– Por cada mesa redonda regional: 0,40 puntos.
– Por cada mesa redonda nacional: 1,50 puntos.
– Por cada mesa redonda internacional: 2,50 puntos.
– Por cada publicación (primer/a autor/a): 2 puntos.
– Por cada publicación (otros/as autores/as): 1 punto.
– Por cada libro (primer/a autor/a): 4 puntos.
– Por cada libro (otros/as autores/as): 2 puntos.
– Por cada capítulo (primer/a autor/a): 2 puntos.
– Por cada capítulo (otros/as autores/as): 1 punto.
– Por tesina: 3 puntos.
No se valorarán otros méritos no especificados en este apartado.
3) Euskera:
– PL2: 18 puntos.
– PL1: 9 puntos.
ANEXO IV
FAC. ESP. MÉDICO/A ANATOMÍA PATOLÓGICA
I.– TEMARIO GENERAL
1.– Patología cardiovascular:
1.1.– Malformaciones, cardiopatía isquémica, patología valvular, miocardiopatías, miocarditis, patología del rechazo cardiaco, endocarditis, pericarditis, sistema de conducción cardiaco.
1.2.– Citología del líquido pericárdico.
2.– Patología respiratoria:
2.1.– Enfermedades inflamatorias y tumorales de la cavidad nasal, senos paranasales, nasofaringe, laringe y tráquea.
2.2.– Enfermedad pulmonar obstructiva crónica, bronquiectasias, bronquitis. Atelectasia y enfisema. Asma bronquial. Infecciones pulmonares, tuberculosis. Patología intersticial. Neumoconiosis. Patología vascular del pulmón.
2.3.– Neoplasias del pulmón. Enfermedades neoplásicas y no neoplásicas de la pleura.
2.4.– Citopatología del aparato respiratorio: citología exfoliativa de esputo; lavado, aspirado y cepillado broncoalveolar. Citología por punción. Citología del líquido pleural. Punción citológica de masas mediastínicas y pulmonares.
3.– Patología digestiva:
3.1.– Quistes y tumores odontogénicos. Patología de las glándulas salivales. Citología por punción de las glándulas salivales.
3.2.– Patología del esófago: esofagitis, esófago de Barrett, tumores benignos y malignos.
3.3.– Patología gástrica no tumoral: anomalías del desarrollo, gastritis, ulceras. Patología del estómago tumoral: tumores benignos, carcinoma gástrico, tumores del estroma gastrointestinal, otros tumores malignos.
3.4.– Patología no tumoral del intestino: malformaciones congénitas, síndrome de malabsorción, enfermedad celiaca. Enfermedad inflamatoria, enteritis, apendicitis, enfermedad de Crohn, colitis ulcerosa, colitis isquémica, ulcera solitaria. Patología tumoral intestinal: pólipos y síndromes polipósicos. Otros tumores benignos y malignos. Ampuloma. Carcinoma colorrectal. Tumor carcinoide. Patología del ano.
3.5.– Patología del hígado: hepatitis, metabolopatías congénitas y tóxicas. Cirrosis.
3.6.– Tumores benignos y malignos hepáticos. Tumores metastásicos. Patología de la vesícula biliar y vías biliares.
3.7.– Patología tumoral y no tumoral del páncreas exocrino. Patología del peritoneo.
3.8.– Citología de órganos abdominales por ecografía/scanner. Citología del aparato gastrointestinal por fibroscopia. Citología del líquido ascítico.
3.9.– Patología del espacio retroperitoneal.
4.– Patología del aparato urinario:
4.1.– Anomalías del desarrollo renal y de las vías urinarias excretoras.
4.2.– Glomerulopatías primarias y secundarias. Patología vascular renal. Lesiones renales en la HTA. Enfermedades tubulointersticiales renales.
4.3.– Neoplasias renales y de las vías excretoras benignos y malignos. Urolitiasis. Hidronefrosis. Patología del trasplante renal. Nefritis. Necrosis tubular aguda.
4.4.– Citología por punción del riñón. Citología exfoliativa de la orina.
5.– Patología del aparato genital masculino:
5.1.– Patología tumoral y no tumoral de la próstata.
5.2.– Patología tumoral y no tumoral del testículo y del pene.
5.3.– Citología por punción de próstata y testículo.
6.– Patología del aparato genital femenino y de la mama:
6.1.– Patología de la vulva y vagina.
6.2.– Patología del cérvix uterino.
6.3.– Patología funcional endometrial. Tumores del cuerpo uterino. Anatomía patológica de la trompa.
6.4.– Tumores benignos y malignos ováricos.
6.5.– Patología de la mama: enfermedad fibroquística, tumores benignos y malignos de la mama. Ginecomastia, mastitis y malformaciones.
6.6.– Citología exfoliativa de vulva, vagina, cérvix y endometrio. Punción de tumores ováricos. Citología de la mama: secreción por el pezón y punción de la mama.
7.– Patología del sistema linfoide y hematopoyético:
7.1.– Patología no tumoral del ganglio linfático.
7.2.– Enfermedad de Hodgkin. Linfomas no Hodgkin.
7.3.– Patología de la médula ósea: leucemias y enfermedades mieloproliferativas. Metaplasma mieloide con mielofibrosis. Histiocitosis. Anemias.
7.4.– Patología del bazo y del timo. Citología por punción de los ganglios linfáticos.
8.– Patología endocrina:
8.1.– Patolología de la Hipófisis. Adenomas Gangliocitoma. Craneofaringioma. Tumores de células granulares. Hamartoblastoma. Germinoma. Meningiomas. Tumores postradiación, linfomas y tumores metastásicos. Otras lesiones: histiocitosis de células de Langerhans, sarcoidosis, quiste hidatídico, cisticercosis.
8.2.– Patología de las paratiroides.
8.3.– Patología del tiroides: anomalías congénitas, tiroiditis, bocios, neoplasias benignas y malignas epiteliales, linfoides y metastásicas. Cambios iatrogénicos. Citología por punción-aspiración.
8.4.– Patología del páncreas endocrino: diabetes, nesidioblastosis. Tumores. Citología por punción-aspiración del páncreas.
8.5.– Patología de las glándulas suprarrenales: ectopia, hiperplasia cortical congénita, nodular adquirida y difusa, adenomas. Carcinoma suprarrenal. Tumores de la médula suprarrenal. Enfermedad de Addison y enfermedad de Cushing. MEN I y II. Citología de la punción-aspiración de la glándula suprarrenal.
9.– Neuropatología:
9.1.– Trastornos vasculares del sistema nervioso central.
9.2.– Anatomía patológica de los procesos inflamatorios. Enfermedades bacterianas, micosis, parásitos, virus y rickettsias. Encefalopatías por priones.
9.3.– Enfermedades degenerativas. Atrofia cerebral. Enfermedad de Alzheimer. Enfermedad de Pick. Demencia multiinfarto. Enfermedad de Parkinson. Corea de Huntington. Degeneraciones espinocerebelosas. Enfermedades desmielinizantes. Leucodistrofias.
9.4.– Anatomía patológica de las enfermedades de origen tóxico, nutritivo y metabólico.
9.5.– Patología no tumoral del nervio.
9.6.– Tumores del sistema nervioso central y periférico. Citología de tumores del sistema nervioso. Citología del LCR.
10.– Patología muscular:
10.1.– Atrofia por denervación.
10.2.– Miopatías: inflamatorias y metabólicas.
10.3.– Distrofias musculares. Miopatías congénitas.
10.4.– Tumores benignos y malignos del músculo.
11.– Patología osteoarticular:
11.1.– Trastornos de la osteogénesis y remodelación ósea. Osteomielitis aguda y crónica, tuberculosis ósea. Hidatidosis. Necrosis avascular. Hiperparatiroidismo primario. Raquitismo. Osteoporosis. Osteodistrofia renal. Osteomalacia. Hiperparatiroidismo secundario. Amiloidosis. Enfermedad de Paget ósea.
11.2.– Patología articular degenerativa, inflamatoria: artritis reumatoide, bursitis, espondilitis anquilopoyética, artritis infecciosa. Gota. Ocronosis. Condrocalcinosis.
11.3.– Proliferaciones y tumores benignos articulares. Tumores benignos y malignos óseos.
11.4.– Tumores malignos articulares.
12.– Patología cutánea:
12.1.– Histología funcional de la piel. Lesiones elementales cutáneas. Procesos patológicos epidérmicos. Procesos patológicos dérmicos. Enfermedades ampollosas. Vasculitis. Toxicodermias. Colagenósis. Enfermedades de depósito. Histiocitosis. Paniculitis. Genodermatosis.
12.2.– Tumores anexiales benignos y malignos. Tumores melánicos benignos y malignos. Linfomas cutáneos.
13.– Anatomía patológica oftálmica y del oído:
13.1.– Anatomía patológica de la conjuntiva, córnea, úvea y cristalino. Patología del glaucoma. Patología de la retina, del nervio óptico y de la órbita.
13.2.– Anatomía patológica del oído externo, medio y oído interno.
14.– Patología del desarrollo:
14.1.– Cromosomopatías. Síndromes malformativos. Anatomía patológica fetal y neonatal.
14.2.– Patología de la placenta.
15.– Patología general y especial del trasplante de órganos: trasplante renal, cardiaco, hepático, medular, pulmonar, intestinal, pancreático y otros.
16.– Patología pediátrica:
16.1.– Malformaciones congénitas.
16.2.– Lesiones cerebrales por asfixia perinatal.
16.3.– Infecciones perinatales. Síndrome de distress respiratorio en el recién nacido. Eritroblastosis fetal. Enfermedad hemolítica del recién nacido. Colangiopatía obstructiva infantil.
16.4.– Errores innatos del metabolismo: fenilcetonuria, galactosemia, mucoviscidosis.
16.5.– Síndrome de muerte súbita infantil.
16.6.– Desarrollo ponderal y edad gestacional. Retardo del crecimiento intrauterino. Inmadurez de los órganos.
16.7.– Tumores y lesiones seudo tumorales del recién nacido y del niño.
17.– Patología de partes blandas:
17.1.– Tumores adiposos.
17.2.– Tumores y proliferaciones anómalas del tejido fibroso y miofibroblástico. Tumores fibrohistiocíticos.
17.3.– Tumores de músculo liso y estriado.
17.4.– Tumores pericíticos. Tumores de músculo esquelético. Tumores vasculares.
17.5.– GIST benigno y maligno. Otros tumores mixtos, compuestos y de origen incierto.
17.6.– Citología por punción-aspiración de lesiones de partes blandas.
18.– La Anatomía Patológica en el hospital actual:
18.1.– Los procesos en Anatomía Patológica: bases metodológicas de autopsias, biopsias, piezas quirúrgicas y citología. Descripción, disección, fijación, corte, tinciones convencionales. Histoquímica.
18.2.– Aplicaciones de patología molecular: hibridación in situ, técnicas generales de proteómica y genómica.
18.3.– Automatización en citología. Toma de muestras citológicas. Citología liquida. Consulta de punción aspiración.
18.4.– Autopsia por punción, ecopsia, autopsias de riesgo.
18.5.– Flujo de información ente el clínico y el patólogo: comités clínico-patológicos. Sesiones inter e intradepartamentales. Sesiones generales. Divulgación del conocimiento. Gestión.
18.6.– Investigación básica, clínica y experimental.
BIBLIOGRAFÍA DEL TEMARIO GENERAL
1.– Kumar, V., Abbas, A. K., Aster, J. C., & Perkins, J. A. 2018. Robbins basic pathology. Elsevier.
2.– Rosai, J., Ackerman, L. V., Goldblum, J. R., Lamps, L. W., McKenney, J. K., & Myers, J. L. 2018. Rosai and Ackerman's Surgical Pathology. Elsevier.
3.– M., F. C. D. 2021. Diagnostic histopathology of tumors. Churchill Livingstone.
4.– World Health Organization Classification of Tumours:
4.1.– Central Nervous System Tumours. WHO Classification of Tumours. 5th edition. Volume 6. WHO Classification of Tumours. Editorial Board. 2021.
4.2.– Thoracic Tumours. WHO Classification of Tumours. 5th edition. Volume 5. WHO Classification of Tumours. Editorial Board. 2021.
4.3.– Female Genital Tumours. WHO Classification of Tumours. 5th edition. Volume 4. WHO Classification of Tumours. Editorial Board. 2020.
4.4.– Soft Tissue and Bone Tumours. WHO Classification of Tumours. 5th edition. Volume 3. WHO Classification of Tumours. Editorial Board. 2020.
4.5.– Breast Tumours. WHO Classification of Tumours. 5th edition. Volume 2. WHO Classification of Tumours. Editorial Board. 2019.
4.6.– Digestive System Tumours. WHO Classification of Tumours. 5th edition. Volume 1. WHO Classification of Tumours. Editorial Board. 2019.
4.7.– WHO Classification of Skin Tumours. WHO Classification of Tumours. 4th edition. Volume 11. Edited by Elder DE, Massi D, Scolyer RA, Willemze R. 2018.
4.8.– WHO Classification of Tumours of the Eye. WHO Classification of Tumours. 4th edition. Volume 12. Edited by Grossniklaus HE, Eberhart CG, Kivelä TT. 2018.
4.9.– WHO Classification of Tumours of Endocrine Organs. WHO Classification of Tumours. 4th edition. Volume 10. Edited by Lloyd RV, Osamura RY, Klöppel G, Rosai J. 2017.
4.10.– WHO Classification of Head and Neck Tumours. WHO Classification of Tumours. 4th edition. Volume 9. Edited by El-Naggar AK, Chan JKC, Grandis JR, Takata T, Slootweg PJ. 2017.
4.11.– WHO Classification of Tumours of Haematopoietic and Lymphoid Tissues. WHO Classification of Tumours. Revised 4th edition. Volume 2. Edited by Swerdlow SH, Campo E, Harris NL, Jaffe ES, Pileri SA, Stein H, Thiele J. 2017.
4.12.– WHO Classification of Tumours of the Urinary System and Male Genital Organs. WHO Classification of Tumours. 4th edition. Volume 8. Edited by Moch H, Humphrey PA, Ulbright TM, Reuter VE. 2016.
4.13.– WHO Classification of Tumours of the Lung, Pleura, Thymus and Heart. WHO Classification of Tumours. 4th edition. Volume 7. Edited by Travis WD, Brambilla E, Burke AP, Marx A, Nicholson AG.
4.14.– WHO Classification of Skin Tumours. WHO Classification of Tumours. 4th edition. Volume 11. Edited by Elder DE, Massi D, Scolyer RA, Willemze R.
II.– TEMARIO COMÚN
1.– Ordenación de las profesiones sanitarias.
2.– Cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
3.– Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
4.– Ordenación Sanitaria de Euskadi.
5.– Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.
6.– Derechos y deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi.
7.– Autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
8.– Las voluntades anticipadas en el ámbito de la sanidad.
9.– Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
10.– Igualdad de Mujeres y Hombres.
11.– Marco Estratégico.
12.– Plan de Salud. Políticas de Salud para Euskadi.
13.– Estrategia de Seguridad del Paciente en Osakidetza.
14.– Estrategia de Atención Sociosanitaria de Euskadi.
15.– III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza.
BIBLIOGRAFÍA DEL TEMARIO COMÚN
1.– Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación Profesiones Sanitarias.
2.– Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad en el Sistema Nacional de Salud.
3.– Ley 55/2003, de 16 de diciembre, Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud.
4.– Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi.
5.– Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud.
6.– Decreto 147/2015, de 21 de julio, por el que se aprueba la Declaración sobre Derechos y Deberes de las personas en el sistema sanitario de Euskadi.
7.– Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
8.– Ley 7/2002, de 12 de diciembre, Ley Voluntades Anticipadas.
9.– La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.
10.– Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, incluyendo la segunda modificación de la Ley 1/2022, de 3 de marzo.
11.– Marco Estratégico. Departamento de Salud. 2021-2024.
12.– Plan de Salud. Políticas de Salud para Euskadi 2013-2020.
13.– Estrategia de Seguridad del Paciente en Osakidetza 20 20.
14.– Estrategia de Atención Sociosanitaria de Euskadi (2021-2024).
15.– III Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza 2022-2028.