N.º 243, jueves 22 de diciembre de 2022
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
UNIVERSIDAD DEL PAÍS VASCO
5500
RESOLUCIÓN de 20 de octubre de 2022, de la Rectora de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se ordena la publicación de las bases específicas que han de regir el proceso ordinario para el ingreso al Grupo D como personal funcionario de carrera del personal de administración y servicios.
Mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la UPV/EHU de 12 de diciembre de 2019 se aprobó la oferta de empleo público para el personal de administración y servicios correspondiente al año 2019 (BOPV n.º 244, de 24 de diciembre de 2019). Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 17 de diciembre de 2020 (BOPV n.º 262, de 31 de diciembre de 2020) se aprobó la oferta de empleo público para el año 2020. Mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 16 de diciembre de 2021 (BOPV n.º 265, de 24 de diciembre de 2021) se aprobó la oferta de empleo público para el año 2021 y mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 24 de mayo de 2022 (BOPV n.º 104, de 31 de mayo de 2022), se ha aprobado la oferta de empleo público para el año 2022 y se modifican las ofertas de empleo público de los años 2019, 2020 y 2021.
Por razones de economía, eficacia y eficiencia en la gestión de las convocatorias específicas, todas estas ofertas se enmarcan dentro un único proceso global, cuyas bases generales ha sido aprobadas por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la UPV/EHU de fecha 20 de octubre de 2022.
La disposición Tercera de dicho Acuerdo de Consejo de Gobierno habilita a la Rectora para dictar las resoluciones que deban realizarse para dar cumplimiento del Acuerdo, así como las que devengan necesarias por motivo de correcciones de errores u otras modificaciones de tipo formal que con ocasión de la publicación de las Bases puedan plantearse.
Teniendo en cuenta la Resolución de 27 de octubre de 2022 de la Rectora de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea, por la que se establece el cierre de la UPV/EHU desde el 2 hasta el 5 de enero de 2023 y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 23 y 24 así como en el Capítulo IV del Título II, de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca sobre selección de personal, y en el Capítulo I del Título IV del Estatuto Básico del Empleado Público, y conforme al Acuerdo de 30 de junio de 2022, conjunto de las Mesas Negociadoras del personal laboral y funcionario de administración y servicios, sobre los criterios mínimos que han de regir las convocatorias de las pruebas selectivas de los procesos de ingreso, así como el Acuerdo de 3 de diciembre de 2018 de la Mesa Negociadora del PAS funcionario sobre criterios generales de aplicación a la oferta de empleo público del personal funcionario correspondiente a la tasa de reposición 2018 y concurso de traslados y promoción interna del personal funcionario, previa aprobación de la presente convocatoria por el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU en su sesión de 20 de octubre de 2022, tal y como establecen los artículos 59, 60 y 61 de los vigentes Estatutos de la UPV/EHU,
RESUELVO:
Primero.– Convocar 32 plazas correspondientes al proceso ordinario para el ingreso como personal funcionario de carrera de la UPV/EHU en el Grupo D de Clasificación, Escala Auxiliar Administrativa, del personal de administración y servicios, por el sistema selectivo de concurso de méritos y turno libre, conforme a la siguiente distribución:
– Treinta (30) plazas por el turno libre, integradas por:
• Veintinueve (29) plazas con PL 2 de carácter preceptivo, de las cuales cuatro (4) plazas tienen requisito de inglés Nivel B2.
• Una (1) plaza con PL 2 de carácter no preceptivo y con requisito de inglés Nivel B2.
– Dos (2) plazas por el turno reservado a personas con discapacidad, con PL 2 de carácter preceptivo.
La presente convocatoria de plazas incorpora el Informe de Evaluación Previa de Impacto en función del Género, teniendo como referencia el Decreto Foral de Bizkaia 141/2013, de 19 de noviembre.
Segundo.– El plazo de presentación de solicitudes será desde el 9 de enero de 2023 hasta el 28 de enero de 2023, ambos inclusive.
Tercero.– Requisitos para poder tomar parte en la convocatoria.
Además de los requisitos establecidos en el apartado 4.2 de las bases generales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, las personas aspirantes deberán reunir:
a) Estar en posesión de la titulación requerida: Título de Graduada o Graduado en Enseñanza Secundaria, Educación General Básica, Formación Profesional de Técnica o Técnico o Técnica o Técnico Auxiliar o equivalente, expedidos por el órgano oficial competente.
b) En todo caso, deberán cumplirse los requisitos del puesto al que se opte, así como cualesquiera otros establecidos por la normativa vigente.
c) Pago de tasas por presentación de solicitudes:
A los efectos del cumplimiento del requisito que prevé la Base 5.2.h) de las Bases Generales, el pago de la tasa deberá efectuarse dentro del plazo de presentación de solicitudes señalado en la Base 5.1 de las mismas, en la entidad de Kutxabank.
Las personas aspirantes que opten por realizar la inscripción al proceso selectivo correspondiente a través de la Web de la UPV/EHU (Base 5.1.a), podrán realizar el abono de tasas mediante la utilización de la «Pasarela de Pagos» habilitada al efecto, con los requisitos de uso que en el sistema se indican, o bien, podrán realizar el abono en Kutxabank.
El importe de dichas tasas es de 11,72 euros.
Cuarto.– Sistema selectivo de concurso-oposición.
4.1.– Fase de oposición: Consistirá en la realización de una Prueba teórico-práctica.
La prueba teórico-práctica se calificará sobre un total de 20 puntos, siendo necesario obtener al menos 10 puntos para su superación.
El ejercicio único será de carácter escrito y eliminatorio y consistirá en contestar un cuestionario tipo test de 50 preguntas, más 20 de reserva, con cuatro respuestas alternativas de las cuales solo una es la correcta. Las preguntas se extraerán de una batería de un máximo de 450 preguntas y versarán sobre contenidos teóricos o de carácter práctico de las materias del Programa detallado en el anexo de la presente Resolución (25 temas).
La duración de la prueba será de 70 minutos. Se calificará de 0 a 100 puntos.
No penalizarán las respuestas erróneas ni las no contestadas.
El contenido del temario para la oposición se ajustará a la normativa publicada en el «Boletín Oficial del Estado» en la fecha de la presente convocatoria.
La batería de 450 preguntas se hará pública con al menos cuatro (4) meses de antelación a la fecha de celebración de este ejercicio.
Si celebrado el examen, el Tribunal tuviera que anular una o más preguntas ordinarias, establecerá en el mismo Acuerdo la sustitución, a efectos de su evaluación, de las anuladas por otras tantas de reserva, por su orden.
Dicha fase podrá ser superada por un número de personas aspirantes superior al de plazas convocadas.
Reserva de nota. Las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición con una nota superior al setenta por ciento de la máxima alcanzable, pero no obtengan plaza en la Escala a la que se presentan por no reunir méritos suficientes en la fase de concurso, quedarán exentas de realizar en la siguiente convocatoria los ejercicios de la fase de oposición, siempre y cuando se presenten por la misma Escala y turno y siempre que el contenido de temario, los ejercicios y su modo de calificación sean idénticos, salvo que voluntariamente se presenten a la siguiente convocatoria para obtener mejor nota. En este caso, si la nota obtenida fuese inferior o no superase la fase de oposición, se le reservará la nota de la presente convocatoria de la OPE 2019-2020-2021-2022.
4.2.– Fase de concurso (45 % de la fase de oposición): La calificación de la fase de concurso vendrá determinada por la suma de los puntos atribuidos al baremo de méritos, siendo la puntuación máxima total alcanzable la de 9 puntos.
El baremo de méritos consta de las siguientes partes:
A) Méritos profesionales.
B) Méritos académicos.
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.
Con carácter general serán méritos valorables los siguientes, que habrán de poseerse a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de acuerdo con el siguiente baremo:
A) Méritos profesionales:
Servicios prestados en las Administraciones Públicas hasta el día de la finalización del plazo de presentación de instancias, entendiéndose como servicios prestados los servicios profesionales recogidos o constatados en el nombramiento como personal funcionario interino. Los servicios prestados en comisión de servicios se considerarán como prestados en el puesto en el que tienen el nombramiento correspondiente a ese período a valorar.
La puntuación máxima alcanzable por este apartado será de 9 puntos, conforme a los siguientes criterios:
a) En aplicación de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 3/2004, del Sistema Universitario Vasco, por servicios prestados en la UPV/EHU en la escala objeto de la convocatoria, 0,1 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 9 puntos.
b) Por servicios prestados en cualquier otra Universidad Pública en escala equivalente a la que es objeto de la convocatoria, 0,1 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 6 puntos.
c) Por servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas en escala equivalente a la que es objeto de la convocatoria, 0,1 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 4,5 puntos.
El cómputo se efectuará realizando la suma de los periodos trabajados y una vez realizada la misma se despreciarán las fracciones inferiores a 30 días naturales. En todo caso, los periodos de tiempo en los que se haya prestado servicio a tiempo parcial se computarán como trabajados a jornada completa.
B) Méritos académicos.
B.1.– Titulaciones académicas: Se valorarán las titulaciones académicas distintas de la alegada para el acceso al Grupo de clasificación del puesto al que se aspira, con un máximo de 1,5 puntos, conforme al siguiente baremo:
– Por estar en posesión de alguna de las titulaciones superiores a las necesarias para el acceso al Grupo de Clasificación del puesto al que se aspira: 1,5 puntos.
– Por estar en posesión de otra de las titulaciones exigibles para acceder al Grupo de titulación del puesto al que se aspira: 0,75 puntos.
Siempre que sea valorada una titulación de mayor nivel, no se valorarán las titulaciones inferiores que sean necesarias para obtener aquella.
B.2.– Idiomas no oficiales en la Comunidad Autónoma del País Vasco: Se valorarán con un máximo de 1,50 puntos, conforme al siguiente baremo:
– Títulos o certificados de acreditación de francés, inglés o alemán del nivel de B2 o superior del Marco Común Europeo: 1 punto por cada idioma.
– Títulos o certificados de acreditación de francés, inglés o alemán del nivel de B1 del Marco Común Europeo: 0,5 puntos por cada idioma.
– Títulos o certificados de acreditación de francés, inglés o alemán del nivel de A2 del Marco Común Europeo: 0,25 puntos por cada idioma.
A estos efectos se tendrá en cuenta la Resolución de 8 de marzo de 2012, del rector de la UPV/EHU, sobre equivalencia de lenguas no oficiales, actualizada mediante Resolución de 22 de mayo de 2017, de la Vicerrectora de Coordinación y Relaciones Internacionales o normativa que la sustituya.
La valoración no será acumulativa, es decir, dentro de cada idioma la valoración de un nivel impedirá la valoración de niveles inferiores.
Quinto.– Acreditación de méritos.
Las personas interesadas deberán acreditar los méritos, aportando la siguiente documentación en los términos y plazos establecidos en las bases generales, salvo que ya obren en poder de la Vicegerencia de Personal de la UPV/EHU:
5.1.– Los servicios prestados en la UPV/EHU deberán ser alegados, aunque no deberán ser acreditados por las personas interesadas. Los mismos serán computados de oficio por la Administración.
5.2.– Salvo que ya esté reconocidos por la UPV/EHU a efectos de trienios, el tiempo de servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas será certificado en el modelo que cada una de ellas tenga establecido para tal fin. En todo caso, deberán desglosarse los periodos trabajados especificando el Grupo y Escala a que se refieren dichos periodos. Asimismo, deberá aportarse monografía o certificación de funciones del puesto o puestos de trabajo emitida por el correspondiente órgano de dirección de personal.
5.3.– Los servicios prestados en la Administración General, Foral y Local de la Comunidad Autónoma del País Vasco se considerarán equivalentes, en los términos del Decreto 208/1990, de 30 de julio, por el que se determina la equivalencia entre los Cuerpos y Escalas de las Administraciones Públicas Vascas.
5.4.– Las titulaciones se acreditarán mediante título o el documento justificativo de haber abonado los derechos para la expedición del mismo, o mediante el certificado académico de estar en disposición de obtener el título habiendo sido propuesto para ello o mediante el documento oficial que acredite estar en posesión del título, tomándose únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
5.5.– El conocimiento de idiomas se acreditará mediante los títulos o certificaciones de idiomas exigidos, no realizándose prueba alguna al efecto, y se tomará únicamente en consideración cuando se hayan obtenido con anterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
Sexto.– Euskera.
6.1.– Cuando todas las plazas ofertadas tengan preceptividad vencida a la fecha de la convocatoria, quienes acrediten el correspondiente perfil lingüístico recibirán la calificación de apta o apto.
6.2.– Cuando las plazas ofertadas no tengan preceptividad vencida a la fecha de la convocatoria, se obtendrán las siguientes puntuaciones, sin que sea posible obtener puntuaciones intermedias:
Para puestos con PL2 no preceptivo:
– Por acreditación del Perfil lingüístico 1: 1,45 puntos.
– Por acreditación del Perfil lingüístico 2, 3 o superior: 2,90 puntos.
Séptimo.– Calificación final.
7.1.– La calificación final de las personas aspirantes vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas.
7.2.– Todos los resultados y calificaciones serán publicados en los tablones de anuncios de la UPV/EHU, así como en la dirección electrónica www.ehu.eus
Octavo.– Contra el Acuerdo objeto de publicación podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejo de Gobierno de la UPV/EHU en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente en el plazo de dos meses, en ambos casos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, y sin que puedan simultanearse ambos medios de impugnación.
En Leioa, a 20 de octubre de 2022.
La Rectora de la UPV/EHU,
EVA FERREIRA GARCÍA.
ANEXO
TEMARIO AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A
1.– La Constitución Española de 1978: características, estructura y reforma. Los principios constitucionales. El Estado Social y Democrático de Derecho. Los valores superiores de la Constitución Española. Los derechos fundamentales y las libertades públicas.
2.– La Constitución Española de 1978: Cortes Generales. Elaboración de las leyes. Tratados Internacionales. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Organización Territorial del Estado. Tribunal Constitucional.
3.– El Estatuto de Autonomía del País Vasco: Competencias de la comunidad Autónoma vasca. Los poderes del País vasco. Hacienda y Patrimonio. Reforma del Estatuto. Ley 12/2002, de 23 de mayo, por la que se aprueba el Concierto Económico con la Comunidad Autónoma del País Vasco.
4.– Estatutos de la UPV/EHU: su naturaleza y fines. Comunidad universitaria. La actividad universitaria. Estructura. Órganos de gobierno. El Consejo Social. El Claustro Universitario. El Consejo de Gobierno. La Junta de Campus.
5.– Estatutos de la UPV/EHU: Órganos unipersonales. Estructura de los servicios administrativos. órganos de gobierno de los Centros docentes y de los Departamentos universitarios. Reglamento marco de Departamentos.
6.– Acuerdo regulador de condiciones de trabajo del personal funcionario de la UPV/EHU y III Convenio Colectivo del personal laboral de administración y servicios de la Universidad del País Vasco.
7.– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
8.– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
9.– Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
10.– Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca.
11.– Normativa sobre Igualdad y de Género. Igualdad de Género: conceptos generales. Violencia de género: conceptos generales. Publicidad institucional e imagen pública no sexista. La Igualdad de Género en las Políticas Públicas: concepto de enfoque de género y transversalidad.
12.– La comunicación. Elementos de la comunicación. Tipos de comunicación: verbal; canales de transmisión no verbal. La atención al público, derechos de información, petición y participación. Medios y canales de relación: servicios de información y atención a los ciudadanos, transparencia y acceso a la información pública.
13.– Acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos. Las sugerencias y reclamaciones: recepción, registro, tramitación y gestión.
14.– Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Objeto, ámbito de aplicación, definiciones. Principios de la protección de datos. Derechos de las personas. Responsable y encargado del tratamiento. Autoridades de protección de datos. Régimen sancionador. Garantía de los derechos digitales.
15.– Principios básicos de Prevención de Riesgos Laborales. Normativa legal. Modalidades de organización de la prevención en la empresa. Gestión de la actividad preventiva.
16.– La contratación administrativa. Clases: elementos y sujetos, objeto y causa de los contratos públicos. La forma de la contratación y los sistemas de selección de los contratistas. La formalización de los contratos.
17.– Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del Euskera en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
18.– Régimen General de la Seguridad Social: campo de aplicación, afiliación y cotización; acción protectora (Incapacidad temporal e invalidez. Permiso por nacimiento y cuidado de menor, riesgo durante el embarazo y lactancia. Jubilación).
19.– Régimen de MUFACE y Clases Pasivas: campo de aplicación, afiliación y cotización; acción protectora (Incapacidad temporal e invalidez. Permiso por nacimiento y cuidado de menor y riesgo durante el embarazo y la lactancia. Jubilación).
20.– El Reglamento de Organización y Funcionamiento del Registro General y de Creación del Registro Electrónico de la Universidad del País Vasco / Euskal Herriko Unibertsitatea.
21.– Sistemas Informáticos: Conceptos generales. El Hardware. Componentes de un ordenador. Los Periféricos. Redes de Área Local.
22.– El archivo. Concepto. Tipos de archivos. Organización del archivo. Centralización o descentralización del archivo. Normas de seguridad y acceso a los archivos. El proceso de archivo. El archivo de los documentos administrativos. Manual de archivo de gestión o archivo de oficina de la UPV/EHU.
23.– La gestión de documentos. Documentos originales y copias. El desglose de los documentos originales y formación de expedientes. Los registros administrativos: presentación y tramitación. La identidad Corporativa.
24.– Sistemas Operativos: conceptos generales. El explorador de Ficheros. Sistemas Ofimáticos. Aplicaciones ofimáticas: funciones y utilidades. Navegadores y correo electrónico.
25.– Encuadernación: técnicas utilizadas y características de cada una. El papel: formatos y tipos. Manipulados: guillotinado, plegado, alzado/embuchado, cosido, troquelado, estampado, glasofonado.