N.º 231, viernes 2 de diciembre de 2022
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE SALUD
5273
RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2022, del Viceconsejero de Salud, por la que se modifica la composición de los miembros del Comité de Ética de la Investigación de la Organización Sanitaria Integrada Barrualde-Galdakao.
Habiéndose recibido la solicitud de la modificación de los miembros del Comité de Ética de la Investigación de la Organización Sanitaria Integrada Barrualde-Galdakao y de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 28 de septiembre de 1994, y en el ejercicio de las funciones atribuidas por el artículo 8.2.d) del Decreto 116/2021, de 23 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud,
RESUELVO:
Primero.– Modificar y confirmar como miembros de dicho Comité a las siguientes personas:
Presidente:
D. Julio Audicana Uriarte, Licenciado en Medicina y Cirugía, especialista en Medicina Intensiva.
Secretaria:
Dña. Amaia Santos Ibáñez Licenciada en Farmacia.
Vocales:
D. Karmelo Intxaurraga Fernández. Licenciado en Medicina y Cirugía. Especialista en Anestesia y reanimación.
Dña. Nerea Ingunza Basterra. Diplomada universitaria en enfermería.
D. Arturo Ortega Salazar. Licenciado en Derecho.
D. Jose M.ª Pérez Carballo. Administrativo.
Dña. Silvia Santos Cabrera Doctora en Biología.
Dña. Maria Armendariz Cuñado. Licenciada en Farmacia.
Dña. Teresa Moreno calle. Licenciado en Medicina y Cirugía. Especialista en Psiquiatría.
Dña. Garazi Mirón Elorriaga. Graduada en Farmacia.
Dña. Maialen Palacios Filardo. Graduada en Farmacia.
Segundo.– Confirmar la acreditación concedida de acuerdo a lo establecido en la resolución de 1 de diciembre de 2020, del Viceconsejero de Salud publicada en el Boletín oficial del País Vasco n.º 246, de 10 de diciembre de 2020.
Tercero.– Que en el caso de que se produzcan nuevos cambios en su composición, el Comité de Ética de la Investigación de la Organización Sanitaria Integrada Barrualde-Galdakao deberá solicitar nuevamente su modificación con un mes de antelación.
Cuarto.– Que, asimismo, toda variación que se produzca en los requisitos y circunstancias del Comité de Ética de la Investigación de la Organización Sanitaria Integrada Barrualde-Galdakao deberá ser comunicada al Viceconsejero de Salud de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la mencionada Orden de 28 de septiembre de 1994, en el plazo de un mes desde que tenga lugar.
Quinto.– La presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ser impugnada mediante interposición de recurso de alzada ante la Consejera de Salud de acuerdo a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
En Vitoria-Gasteiz, a 14 de noviembre de 2022.
El Viceconsejero de Salud,
JOSÉ LUIS QUINTAS DIEZ.