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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 205, miércoles 26 de octubre de 2022


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SALUD
4605

RESOLUCIÓN de 17 de octubre de 2022, del Viceconsejero de Salud, por la que se modifica y actualiza la composición de los miembros del Comité de Ética de la Investigación con Medicamentos de Euskadi.

Mediante resolución de 9 de enero de 2020, del Director de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias, por la que se concede la renovación de la acreditación del Comité de Ética de la Investigación con medicamentos de Euskadi, se concede la renovación de la acreditación del Comité de Ética de la Investigación con medicamentos de Euskadi.

Mediante resolución de 28 de junio de 2022, del Viceconsejero de Salud, se nombró por última vez a los miembros del Comité de Ética de la Investigación con Medicamentos de Euskadi.

Habiéndose recibido la solicitud de la modificación y actualización de los miembros del Comité de Ética de la Investigación con Medicamentos de Euskadi y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 244/2021, de 14 de diciembre, de creación y regulación del funcionamiento del Comité de Ética de la Investigación con Medicamentos de Euskadi y la Orden de 28 de septiembre de 1994, del Consejero de Sanidad, de acreditación de los Comités Éticos de Investigación Clínica en la Comunidad Autónoma del País Vasco, y en el ejercicio de las funciones atribuidas por el artículo 8.2.d) del Decreto 116/2021, de 23 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud,

RESUELVO:

Primero.– Modificar y confirmar como miembros del Comité de Ética de la Investigación con Medicamentos de Euskadi a las siguientes personas:

Presidencia:

D. Carlos Romeo Casabona, Licenciado en Derecho y Licenciado en Medicina.

Vicepresidencia:

Dña. Iciar Alfonso Farnós, Farmacóloga Clínica.

Secretaria:

Dña. Arantzazu Hernández Gil, Licenciada en Farmacia.

Secretaria suplente:

D. ª Maria Rodriguez Velasco, Licenciada en Farmacia.

Vocalías:

D. Carmelo Aguirre Gómez, Médico Esp. Farmacología Clínica.

D. Pablo Aldazabal Amas, Licenciado en Medicina y Cirugía. Investigación básica.

Dña. María Teresa Audicana Berasategui, Licenciada en Medicina y Cirugía. Médica Esp. Alergología.

D. Ignacio Díez González, Licenciado en Medicina y Cirugía. Médico Esp. Cardiología.

Dña. Saioa Domingo Echaburu, Licenciada en Farmacia, Esp. Farmacia Hospitalaria.

D. Jose María González De Castro, Licenciado en Derecho.

D. Agustín Castiella Eguzkiza, Licenciado en Medicina y Cirugía, Esp. Aparato Digestivo.

D. Miguel Ángel Goenaga Sánchez, Licenciado en Medicina y Cirugía, Esp. Medicina Interna.

Dña. María Isabel Tejada Mínguez, Genetista y Doctora en Biología Humana.

Dña. Marianela Hernández López, Licenciada en Medicina y Cirugía, Esp. Medicina Intensiva.

Dña. María José López Varona, Licenciada en Farmacia.

Dña. Amaia Martínez Galarza, Diplomada en Enfermería.

D. José Ignacio Pijoán Zubizarreta, Licenciado en Medicina y Cirugía, Esp. Medicina Interna.

D. Jesús Rosa Nieto, Licenciado en Medicina y Cirugía, Esp. Oncología Radioterápica.

Dña. Iratxe Urreta Barallobre, Licenciada en Medicina y Cirugía, Esp. Medicina Familiar y Comunitaria.

Dña. Monike de Miguel Cascón, Licenciada en Farmacia, Esp. Farmacia Hospitalaria.

Dña. Lara Olazar Gómez, Licenciada en Medicina y Cirugía, Esp. Pediatría.

Dña. Eva Ferreira González de Viñaspre, Licenciada en Medicina y Cirugía, Esp. Neurología.

Dña. Ana Blanca Yoller, Licenciada en Medicina y Cirugía, Esp. Psiquiatría.

D. Miguel Ángel Morán Rodríguez, Licenciado en Medicina, Esp. Medicina Interna.

D. Ignacio Garitano Gutiérrez, Licenciado en Medicina, Esp. Ginecología y Obstetricia y Epidemiología.

D. Jesús Ángel Molinuevo Tobalina, representante de los intereses de los pacientes.

D. Víctor Bustamante Madariaga, licenciado en Medicina y Cirugía, Esp. Neumología.

Segundo.– Confirmar, como órgano competente, la acreditación concedida de acuerdo a lo establecido en la resolución de 9 de enero de 2020, del Director de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias, por la que se concede la renovación de la acreditación del Comité de Ética de la Investigación con medicamentos de Euskadi.

Tercero.– Que en el caso de que se produzcan nuevos cambios en su composición, el Comité de Ética de la Investigación con medicamentos de Euskadi deberá solicitar nuevamente su modificación con un mes de antelación.

Cuarto.– Que, asimismo, toda variación que se produzca en los requisitos y circunstancias del Comité de Ética de la Investigación con Medicamentos de Euskadi deberá ser comunicada al Viceconsejero de Salud de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 de la mencionada Orden de 28 de septiembre de 1994, en el plazo de un mes desde que tenga lugar.

Quinto.– La presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá ser impugnada mediante interposición de recurso de alzada ante la Consejera de Salud de acuerdo a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 17 de octubre de 2022.

El Viceconsejero de Salud,

JOSÉ LUIS QUINTAS DIEZ.


Análisis documental