N.º 194, lunes 10 de octubre de 2022
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
4347
ORDEN de 26 de septiembre de 2022, del Consejero de Educación, por la que se declara abierto el periodo electoral para proceder a la elección de los y las miembros que corresponda de los Consejos Escolares de los centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
El Decreto 7/1997, de 22 de enero, modificado por el Decreto 10/2007, de 30 de enero, regula el procedimiento de elección y renovación del Consejo Escolar de los centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
En dichos Decretos se establece que los Consejos Escolares de los centros deben renovarse por mitades cada dos años.
Habiéndose producido la última elección de miembros de los Consejos Escolares de los centros docentes privados concertados en el curso 2020-2021, procede efectuar la renovación correspondiente en el curso 2022-2023.
Corresponde al Consejero de Educación declarar abierto el periodo para posibilitar la realización del correspondiente proceso electoral.
En su virtud, y en uso de las facultades que me han sido otorgadas,
DISPONGO:
Artículo 1.– 1.– Se declara abierto el periodo electoral para que se proceda a la elección de los y las miembros que corresponda de los Consejos Escolares de los centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
2.– El proceso electoral se llevará a cabo en la forma prevista en el Decreto 7/1997, de 22 de enero, modificado por el Decreto 10/2007, de 30 de enero, por el que se regula el procedimiento de elección y renovación del Consejo Escolar de los centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Artículo 2.– Los actos electorales tendrán lugar en todos los centros entre los días 16 y 18 de noviembre de 2022 y el nuevo Consejo Escolar del centro deberá estar constituido antes del día 16 de diciembre de 2022. Una vez constituido el Consejo Escolar del centro, este designará una persona que impulse medidas educativas que fomenten la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Contra la presente Orden podrán las personas interesadas interponer recurso de reposición ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA
La presente Orden surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 26 de septiembre de 2022.
El Consejero de Educación,
JOKIN BILDARRATZ SORRON.