N.º 192, jueves 6 de octubre de 2022
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
4304
CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 8 de septiembre de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se convocan procesos especiales de consolidación de empleo y procesos excepcionales de consolidación de empleo en Cuerpos y Escalas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos.
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.
Advertidos errores de dicha índole en la Orden de 8 de septiembre de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se convocan procesos especiales de consolidación de empleo y procesos excepcionales de consolidación de empleo en Cuerpos y Escalas de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 175, de 13 de septiembre de 2022, se procede a su corrección.
En la página 2022/3976 (13/150), en el Anexo I, apartado 8, punto 13,
donde dice:
«13.– Plan vigente para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la Comunidad Autónoma de Euskadi (VI PIMH).»
debe decir:
«13.– Plan vigente para la Igualdad de Mujeres y Hombres en la Comunidad Autónoma de Euskadi (VII PIMH).»
En la página 2022/3976 (81/150), en el Anexo XI, apartado 6, punto 9,
donde dice:
«9.– El control de la actividad económica de la Administración Vasca: normativa reguladora; la Ley 14/1994, de 30 de junio, de Control Económico y Contabilidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Objeto y principios generales. La contabilidad y el control contable. El control interventor y su finalidad. Clases de control interventor: el control económico financiero y de gestión, el control económico fiscal, el control económico normativo, el control económico administrativo. Tribunal Vasco de Cuentas Públicas (Ley 1/1988).»
debe decir:
«9.– El control de la actividad económica de la Administración Vasca: normativa reguladora; el Decreto Legislativo 2/2017, de 19 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Control Económico y Contabilidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Objeto y principios generales. La contabilidad y el control contable. El control interventor y su finalidad. Clases de control interventor: el control económico financiero y de gestión, el control económico fiscal, el control económico normativo, el control económico administrativo. Tribunal Vasco de Cuentas Públicas (Ley 1/1988).»