N.º 191, miércoles 5 de octubre de 2022
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
4284
ORDEN de 15 de septiembre de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la fundación denominada Fundación Lucas Aguirre, en adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio de Fundaciones del País Vasco y cambio de domicilio social.
En fecha 25 de marzo de 2022 ha tenido entrada telemática en el Registro del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco de la modificación de los Estatutos de la fundación denominada Fundación Lucas Aguirre.
Junto a la solicitud se ha presentado escritura pública de modificación estatutaria, otorgada el día 2 de febrero de 2022 por la Fundación ante el Notario de San Sebastián, D. Francisco Javier Oñate Cuadros, (número 251 de su protocolo). En el cuerpo de la citada escritura consta el traslado del domicilio de la Fundación y la modificación del artículo 5 de los estatutos.
Mediante escrito de fecha 11 de mayo de 2022, desde el Registro de Fundaciones se ha requerido a la Fundación la subsanación de los defectos observados en la documentación remitida. La adaptación de los Estatutos a la Ley 2/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, en virtud de la Disposición Transitoria primera de la citada Ley. El establecimiento de un órgano colegiado en los términos establecidos en el citado artículo 14 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco. Así como, el texto refundido de los estatutos resultantes de la modificación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 42.4 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco.
El 3 de junio de 2022, y a fin de subsanar los defectos señalados a la anterior solicitud, ha tenido entrada en el Registro del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, Escritura Pública de adaptación de estatutos, traslado de domicilio social y nombramiento de miembro del patronato otorgada el día 30 de mayo de 2022 por la Fundación ante el Notario de San Sebastián, D. Francisco Javier Oñate Cuadros, (número 1.377 de su protocolo).
La referenciada escritura pública incorpora certificado expedido el 30 de mayo de 2022 por D. Tomás Iraola Sarasua, Secretario del Patronato con el visto bueno de su Presidente, de la reunión del Patronato celebrada el día 30 de mayo de 2022, en la que se adoptó por unanimidad trasladar el domicilio de la Fundación, modificar los Estatutos para la adaptación de los mismos a la Ley 9/2016, de 2 de junio de Fundaciones del País Vasco y establecer un órgano de gobierno colegiado.
El expediente ha sido examinado por los servicios técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco.
Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y artículo 3.1 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.
La Disposición Transitoria Primera de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, establece que las fundaciones deberán adaptar sus estatutos a lo previsto en dicha Ley en el plazo de dos años desde su entrada en vigor.
Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.
Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación,
RESUELVO:
Artículo único.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos la fundación denominada Fundación Lucas Aguirre, para su adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, y la modificación del artículo 4 (domicilio social) acordada por el Patronato de la Fundación, con la fecha de la presente Orden, en los términos previstos en la Escritura Pública otorgada el 30 de mayo de 2022, ante el Notario de San Sebastián, D. Francisco Javier Oñate Cuadros, (número 1.377 de su protocolo).
De esta inscripción, el domicilio de la Fundación pasa a situarse en Donostia / San Sebastián, en el Paseo de Heriz, 82, Curia Diocesana de San Sebastián.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.
DISPOSICIÓN FINAL
Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
En Vitoria-Gasteiz, a 15 de septiembre de 2022.
La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,
OLATZ GARAMENDI LANDA.