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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 182, jueves 22 de septiembre de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
4096

ORDEN de 31 de agosto de 2022, del Consejero de Educación, por la que se autoriza el cese de actividades de la Escuela Infantil Privada «Eucarístico San José» de San Sebastián (Gipuzkoa).

Examinado el expediente iniciado por la representante de la entidad titular de la Escuela Infantil Privada «Eucarístico San José» de San Sebastián (Gipuzkoa), en solicitud de autorización para el cese de actividades del mismo.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9 de abril), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE del 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, y demás legislación aplicable en la materia,

RESUELVO:

Artículo 1.– Se autoriza el cese de actividades del centro docente privado que se describe a continuación:

Códigos: 012508 y 20004186

Denominación genérica: Escuela Infantil Privada

Denominación específica: «Eucarístico San José»

Titular: Hermanas Mercedarias del Santísimo Sacramento

Domicilio: San Antonio auzoa, 11, Herrera

Municipio: San Sebastián

Territorio Histórico: Gipuzkoa

Artículo 2.– La autorización de cese de actividades surtirá efectos a partir del curso 2022-2023, procediéndose en ese momento a dar de baja su inscripción en el Registro de Centros Docentes. Desde esa fecha quedará sin efecto la Orden por la que el Centro fue autorizado para impartir 1.º ciclo de Educación Infantil.

Artículo 3.– En el caso de que se instase su reapertura será necesario dar cumplimiento a los preceptos contenidos en las disposiciones vigentes en materia de autorización de centros.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 31 de agosto de 2022.

El Consejero de Educación,

JOKIN BILDARRATZ SORRON.


Análisis documental