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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 153, miércoles 10 de agosto de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
3569

ORDEN de 20 de julio de 2022, del Consejero de Educación, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria CPEIPS «Anoeta Ikastola» HLBHIP de Anoeta (Gipuzkoa).

Examinada la solicitud presentada por la representante legal de la entidad «Anoetako Herri Ikastola Sociedad Cooperativa» titular del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria CPEIPS «Anoeta Ikastola» HLBHIP de Anoeta (Gipuzkoa) de autorización para el cambio de denominación específica de dicho centro.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia.

Vista la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la Educación, el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, y demás legislación vigente aplicable en la materia,

RESUELVO:

Artículo 1.– Se autoriza el cambio de denominación específica del Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Anoeta Ikastola», que pasará a denominarse Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria «Anoetako Herri Eskola».

Artículo 2.– El cambio de denominación específica se inscribirán en el Registro de Centros Docentes y el mismo no afectará al normal funcionamiento del Centro.

Artículo 3.– El centro quedará inscrito con los siguientes datos registrales:

N.º de código: 012310 y 20008660.

Denominación genérica: Centro Privado de Educación Infantil, Primaria y Secundaria.

Denominación específica: «Anoetako Herri Eskola».

Titular: Anoetako Herri Ikastola Sociedad Cooperativa.

Domicilio: Ergoien, 5.

Municipio: Anoeta.

Territorio Histórico: Gipuzkoa.

Artículo 4.– El Centro queda obligado a solicitar la oportuna autorización cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala el artículo 3 de la presente Orden.

Artículo 5.– El centro debe cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde al titular del centro.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Orden surtirá efecto a partir del curso 2022-2023.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 20 de julio de 2022.

El Consejero de Educación,

JOKIN BILDARRATZ SORRON.


Análisis documental