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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 149, miércoles 3 de agosto de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
3511

CORRECCIÓN DE ERRORES de la Orden de 15 de junio de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones a las entidades locales que realicen acciones que promuevan el desarrollo sostenible.

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en la Orden de 15 de junio de 2022, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones a las entidades locales que realicen acciones que promuevan el desarrollo sostenible, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 125, de 29 de junio de 2022, se procede a su corrección.

En la página 2022/2962 (43/47), en el artículo 23.1,

donde dice:

«– Las acciones de la Línea Asteklima 2022 deberán ejecutarse entre el 30 de septiembre de 2022 (incluido) y el 9 de octubre de 2022 (incluido) y deberán presentar la documentación justificativa de la actuación en el plazo de un mes desde que se notifique la resolución de la convocatoria.».

Debe decir:

«– Las acciones de la Línea Asteklima 2022 deberán ejecutarse entre el 23 de septiembre de 2022 (incluido) y el 2 de octubre de 2022 (incluido) y deberán presentar la documentación justificativa de la actuación en el plazo de un mes desde que se notifique la resolución de la convocatoria.».


Análisis documental