N.º 126, jueves 30 de junio de 2022
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OTRAS DISPOSICIONES
AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
2991
RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2022, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se corrige y modifica la Resolución de 13 de junio de 2022, por la que se nombra a los y las miembros de la Comisión de Selección encargado de realizar el análisis técnico y valoración de las solicitudes de ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para el año 2022.
El Decreto 34/2007, de 27 de febrero (Boletín Oficial del País Vasco número 53, de 15 de marzo), modificado por el Decreto 390/2013, de 23 de julio (Boletín Oficial del País Vasco número 143, de 29 de julio), regula las ayudas a proyectos con cargo al Fondo de Cooperación al Desarrollo.
Mediante Orden de 12 de abril de 2022, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, se convocan ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para el año 2022 (Boletín Oficial del País Vasco número 88, de 9 de mayo).
La citada Orden en su artículo 8 establece que «Corresponde a la Dirección de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, la realización de las tareas de gestión de la presente línea subvencional».
Por su parte, el artículo 9 de la citada Orden determina que «La Comisión de Selección estará compuesta por el Servicio de Coordinación Técnica de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo que realizará el análisis técnico y valoración de las solicitudes de ayudas, dando traslado de ello al Consejo Rector, que propondrá la concesión de las ayudas que correspondan». Así mismo, recoge dicho artículo que «La determinación concreta de los miembros que compondrán la Comisión de Selección, se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco».
Por Resolución de 13 de junio de 2022, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, se han nombrado a los y las miembros de la Comisión de Selección encargados de realizar el análisis técnico y valoración de las solicitudes de ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para el año 2022.
Habiendo un error en el apellido de una miembro de la Comisión de Selección en la antedicha resolución, se procede, de conformidad con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a rectificar el error apreciado en la misma.
Así mismo, se procede a incluir a un nuevo miembro en la Comisión de Selección encargada de realizar el análisis técnico y valoración de las solicitudes de ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para el año 2022.
Por todo lo expuesto,
RESUELVO:
Primero.– Donde se indica en el apartado primero del Resuelvo primero de la Resolución de 13 de junio de 2022, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se nombra a los y las miembros de la Comisión de Selección encargado de realizar el análisis técnico y valoración de las solicitudes de ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para el año 2022:
• Vocal: Dña. Magdalena Eizagirre Marañón, Técnica de Cooperación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.
Debe indicar:
• Vocal: Dña. Magdalena Eizaguirre Marañón, Técnica de Cooperación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.
Segundo.– Nombrar junto con los y las miembros de la Comisión de Selección nombrados por Resolución de 13 de junio de 2022, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, a D. Santiago Ramírez Cameno (Técnico de Cooperación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo) como vocal de la Comisión de Selección encargada de realizar el análisis técnico y valoración de las solicitudes de ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para el año 2022.
Tercero.– Ordenar la publicación de la presente Resolución, para su general conocimiento, en el Boletín Oficial del País Vasco.
Cuarto.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidencia de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.
En Vitoria-Gasteiz, a 20 de junio de 2022.
El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,
PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.