Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 122, viernes 24 de junio de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA VASCA DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO
2887

RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2022, del Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, por la que se nombra a los y las miembros de la Comisión de Selección encargado de realizar el análisis técnico y valoración de las solicitudes de ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para el año 2022.

El Decreto 34/2007, de 27 de febrero (Boletín Oficial del País Vasco número 53, de 15 de marzo), modificado por el Decreto 390/2013, de 23 de julio (Boletín Oficial del País Vasco número 143, de 29 de julio), regula las ayudas a proyectos con cargo al Fondo de Cooperación al Desarrollo.

Mediante Orden de 12 de abril de 2022, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, se convocan ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para el año 2022 (Boletín Oficial del País Vasco número 88, de 9 de mayo).

La citada Orden en su artículo 8 establece que «Corresponde a la Dirección de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, la realización de las tareas de gestión de la presente línea subvencional».

Por su parte, el artículo 9 de la citada Orden determina que «La Comisión de Selección estará compuesta por el Servicio de Coordinación Técnica de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo que realizará el análisis técnico y valoración de las solicitudes de ayudas, dando traslado de ello al Consejo Rector, que propondrá la concesión de las ayudas que correspondan». Así mismo, recoge dicho artículo que «La determinación concreta de los miembros que compondrán la Comisión de Selección, se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco».

Por todo lo expuesto,

RESUELVO:

Primero.– Nombrar a la Comisión de Selección y hacer pública la composición de la misma.

1.– La Comisión de Selección a estará compuesta por las siguientes personas:

– Presidenta: Dña. Alazne Camiña Izkara, Responsable de Coordinación Técnica de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

– Vocal: Dña. Alicia Alemán Arrastio, Técnica de Cooperación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

– Vocal: D. Iosu Aranzabal Abaitua, Técnico de Cooperación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

– Vocal: Dña. Magdalena Eizagirre Marañón, Técnica de Cooperación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

– Vocal: Dña. Mónica Fernández Vidal, Técnica de Cooperación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

– Vocal: D. Javier Galaz de la Torre, Técnico de Cooperación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

– Vocal: Dña. Maite Garmendia Eguinoa, Técnica de Cooperación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

– Vocal: Dña. Nagore Gorostiza Mendia, Técnica Cooperación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

– Vocal: Dña. Leire Gutierrez Díez Técnica de Cooperación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

– Vocal: D. Arkaitz López Sanchez, Técnico de Cooperación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

– Vocal: Dña. Karen Rodriguez Guinea, Técnica de Cooperación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

– Vocal: Dña. Ana María Tellería Gallastegui, Técnica de Cooperación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

– Vocal: D. Mikel Varela García, Técnico de Cooperación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

– Vocal: Dña. Edurne Bengoechea Sorozábal, Técnica de programas y materia de género de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

– Vocal y Secretario: D. Iker Del Río Lahidalga, Técnico de Cooperación de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

2.– En caso de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal de alguna de las personas titulares de la Comisión de Selección, estas podrán ser sustituidas previa Resolución publicada en el Boletín Oficial del País Vasco al respecto.

3.– La Comisión de Selección podrá contar con el asesoramiento de personas técnicas especialistas, que participarán en ella con voz, pero sin voto.

Segundo.– Ordenar la publicación de la presente Resolución, para su general conocimiento, en el Boletín Oficial del País Vasco.

Tercero.– Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidencia de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Si transcurriesen tres meses desde la interposición del recurso de alzada sin que recaiga resolución, se podrá entender desestimado, quedando expedita la vía contencioso-administrativa.

En Vitoria-Gasteiz, a 13 de junio de 2022.

El Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo,

PAUL ORTEGA ETCHEVERRY.


Análisis documental