N.º 110, miércoles 8 de junio de 2022
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Cursos de formación y perfeccionamiento
DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
2532
CORRECCIÓN DE ERRORES de la Resolución de 3 de enero de 2022, del Director General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, por la que se convoca procedimiento selectivo para acceso a Curso de Especialización en Desactivación de Explosivos-NRBQ para los funcionarios y funcionarias de carrera de la Escala Básica y la Escala de Inspección de la Ertzaintza.
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyen modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.
Advertido error de dicha índole en la Resolución de 3 de enero de 2022, del Director General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, por la que se convoca procedimiento selectivo para acceso a Curso de Especialización en Desactivación de Explosivos-NRBQ para los funcionarios y funcionarias de carrera de la Escala Básica y la Escala de Inspección de la Ertzaintza, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 16, de 25 de enero de 2022, se procede a su corrección:
En las páginas 2022/382 (6/29 y 7/29),
donde dice:
«1.– Durante el proceso selectivo, curso de formación y periodo de prácticas o al término de las mismas, las personas que se encuentren realizando los mismo, podrán ser sometidas a cuantas pruebas médicas sean precisas en orden a comprobar su adecuación al cuadro de exclusiones médicas establecido en la base segunda letra e).»
debe decir:
«1.– Durante el proceso selectivo, curso de formación y periodo de prácticas o al término de las mismas, las personas que se encuentren realizando los mismo, podrán ser sometidas a cuantas pruebas médicas sean precisas en orden a comprobar su adecuación al cuadro de exclusiones médicas establecido en la base segunda letra d).»