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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 91, jueves 12 de mayo de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
2023

RESOLUCIÓN 48/2022, de 4 de mayo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del protocolo entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; el Gobierno Vasco; la Diputación Foral de Álava; el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz; el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, Adif-Alta Velocidad; y la Sociedad Alta Velocidad Vitoria-Gasteizko Abiadura Handia, para impulsar la llegada de la Alta Velocidad a Vitoria-Gasteiz y la integración del ferrocarril en la ciudad.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el protocolo referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del protocolo entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; el Gobierno Vasco; la Diputación Foral de Álava; el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz; el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, Adif-Alta Velocidad; y la Sociedad Alta Velocidad Vitoria-Gasteizko Abiadura Handia, para impulsar la llegada de la Alta Velocidad a Vitoria-Gasteiz y la integración del ferrocarril en la ciudad, que figura como Anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 4 de mayo de 2022.

El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 48/2022, DE 4 DE MAYO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
PROTOCOLO ENTRE EL MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA; EL GOBIERNO VASCO; LA DIPUTACIÓN FORAL DE ÁLAVA; EL AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ; EL ADMINISTRADOR DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS, ADIF – ALTA VELOCIDAD; Y LA SOCIEDAD ALTA VELOCIDAD VITORIA-GASTEIZKO ABIADURA HANDIA, PARA IMPULSAR LA LLEGADA DE LA ALTA VELOCIDAD A VITORIA-GASTEIZ Y LA INTEGRACIÓN DEL FERROCARRIL EN LA CIUDAD

En Vitoria-Gasteiz, a 9 de febrero de 2022.

REUNIDOS:

Dña. Raquel Sánchez Jiménez, Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

D. Ignacio María Arriola López, Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes del Gobierno Vasco.

D. Ramiro González Vicente, Diputado General de la Diputación Foral de Álava.

D. Gorka Urtaran Agirre, alcalde del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

Dña. María Luisa Domínguez González, Presidenta de Adif y Adif – Alta Velocidad.

Dña. Isabel Pardo de Vera Posada, en representación de la Sociedad Alta Velocidad Vitoria-Gasteizko Abiadura Handia, S.A.

Los reunidos se reconocen mutuamente la capacidad necesaria para formalizar el presente protocolo en nombre de sus respectivas administraciones.

La Administración General del Estado es competente en materia de obras públicas de interés general y en ferrocarriles y transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una Comunidad Autónoma (artículos 149.1.24 y 149.1.21 de la Constitución).

Asimismo, corresponde a la Administración General del Estado la regulación de las infraestructuras que integran la red ferroviaria de interés general de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1 y 4 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario. Igualmente, corresponde a la Administración General del Estado la planificación de las infraestructuras ferroviarias integradas en la Red Ferroviaria de Interés General.

El Gobierno Vasco es titular de las competencias en ordenación del territorio, urbanismo, obras públicas, transporte terrestre, ordenación del transporte de mercancías y viajeros que tengan su origen y destino en el ámbito de la Comunidad Autónoma y de forma general, del fomento del desarrollo económico de la Comunidad.

La Diputación Foral de Álava es titular de competencias en obras públicas y transporte terrestre y de forma general, del fomento del desarrollo económico del territorio histórico.

El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz es titular de competencias en materia de ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística y de realización de actividades complementarias de las propias de las otras Administraciones Públicas.

Las E.P.E. Adif y Adif – Alta Velocidad son organismos públicos adscritos al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y gozan de personalidad jurídica propia, así como plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y patrimonio propio, y se rigen por lo establecido en la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del Sector Ferroviario, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y sus normas de desarrollo, en su Estatuto y en la legislación presupuestaria y otras normas de aplicación.

En el ejercicio de sus funciones, ambas entidades actúan con autonomía de gestión, teniendo en cuenta, en todo caso, la garantía del interés público, la satisfacción de las necesidades sociales con la máxima calidad, la seguridad de los usuarios y la eficacia global del sistema ferroviario.

La Sociedad Alta Velocidad Vitoria-Gasteizko Abiadura Handia, S.A. se constituyó el 16 de diciembre de 2010, en virtud de lo dispuesto en Acuerdo Primero del Protocolo suscrito el 5 de marzo de 2010 entre el Ministerio de Fomento (actualmente Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana); el Gobierno Vasco; la Diputación Foral de Álava; el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz; y el Administrador de infraestructuras Ferroviarias para la remodelación de la Red Arterial Ferroviaria de la Ciudad de Vitoria-Gasteiz con el fin de facilitar la coordinación de las actuaciones para la integración del ferrocarril en la ciudad de Vitoria-Gasteiz.

Actuando en el ejercicio de sus respectivos cargos y en la representación que ostentan, reconociéndose recíprocamente la capacidad legal para el otorgamiento del presente Protocolo, a cuyo efecto

EXPONEN:

I.– El año 2006 fue suscrito el Convenio de encomienda para la financiación y construcción de la «Y» Vasca, modificado posteriormente en 2017. Por otra parte, el 5 de marzo de 2010 se suscribió el «Protocolo de colaboración entre el Ministerio de Fomento, el Gobierno Vasco, la Diputación Foral de Álava, el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif) para la remodelación de la red arterial ferroviaria de la ciudad de Vitoria-Gasteiz».

II.– El 16 de diciembre de 2010 se constituyó la Sociedad «Alta Velocidad Vitoria-Gasteizko Abiadura Handia, S.A.» (en adelante, AVVGAH) cuyo fin básico es facilitar la coordinación de las actuaciones correspondientes al desarrollo de las obras para la remodelación de la red arterial ferroviaria de la ciudad de Vitoria-Gasteiz y de la transformación urbanística derivada de dichas obras.

III.– El objeto social de la Sociedad AVVGAH que se recogía en los estatutos de constitución de la Sociedad era «llevar a cabo la coordinación de las actuaciones correspondientes a la remodelación de la Red Arterial Ferroviaria de la ciudad de Vitoria-Gasteiz, en el marco constituido por el Plan Estratégico de Infraestructuras y Transportes (PEIT 2005-2020, así como la coordinación de aquellas actuaciones relativas a la transformación urbanística de los suelos ferroviarios de titularidad estatal que resulten innecesarios para la explotación ferroviaria como consecuencia del desarrollo de dichas actuaciones de remodelación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el protocolo de colaboración entre el Ministerio de Fomento, el Gobierno Vasco, la Diputación Foral de Álava, el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (Adif), para la remodelación de la red arterial ferroviaria de la ciudad de Vitoria-Gasteiz, suscrito el 5 de marzo de 2010».

IV.– Las actuaciones contempladas en el protocolo de 5 de marzo de 2010, recogidas en el Estudio Informativo del Proyecto de Integración del Ferrocarril en la ciudad de Vitoria-Gasteiz aprobado definitivamente el 29 de febrero de 2012 (BOE de 17-03-2012) respondía a los siguientes objetivos:

• Sustitución de la actual estación de ferrocarril por una nueva estación de viajeros que favorezca la intermodalidad del transporte y que sea capaz de atender el previsible crecimiento de los servicios ferroviarios y facilitar su intercambio con los restantes modos de transportes, y

• Construcción de un trazado soterrado que dé servicio a la nueva estación, apto para circulaciones en alta velocidad en ancho estándar y convencionales en ancho ibérico, y que dé continuidad a las circulaciones hacia la nueva línea de alta velocidad de Vitoria-Bilbao-San Sebastián y hacia la línea Madrid-Hendaya.

El Estudio Informativo aprobado contemplaba:

– La implantación de un nuevo corredor con túneles para doble vía (con anchos de vía estándar e ibérico respectivamente) con una longitud soterrada de 6,8 kilómetros.

– Una nueva estación de ferrocarril, prevista al norte de la ciudad, conectada con la estación de autobuses para asegurar la intermodalidad del transporte.

– La conexión de la doble vía estándar, con el tramo anterior Burgos-Vitoria de la nueva LAV Madrid-Valladolid-Burgos-Vitoria-Bilbao / San Sebastián-Frontera Francesa, con una longitud de 1,5 kilómetros.

– La conexión al este de Vitoria-Gasteiz de la nueva doble vía en ancho ibérico con la existente de la línea Madrid-Hendaya con una longitud de 2,3 kilómetros.

V.– El 17 de enero de 2019 se celebró una sesión del Consejo de Administración de la Sociedad AVVGAH en la que se informó sobre el estudio de viabilidad funcional realizado en 2018, de una nueva solución para la integración del ferrocarril en Vitoria-Gasteiz desarrollada por impulso del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y el Gobierno Vasco. Este estudio de viabilidad planteaba una nueva propuesta de integración del ferrocarril en la ciudad de Vitoria diferente a la contemplada en el protocolo suscrito en 2010. En dicha sesión del Consejo se acordó solicitar al Ministerio de Fomento (actualmente Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana) la tramitación del correspondiente nuevo Estudio Informativo recogiendo la mencionada solución.

Esta nueva propuesta contempla:

– Tramo Urbano:

• Soterramiento de las vías de 3,61 kilómetros desde la calle Pedro Asúa de San Martín hasta el bulevar de Salburua, con dos vías en ancho estándar para viajeros y una vía de tres hilos para tráfico de mercancías y media distancia.

• Nueva estación de viajeros soterrada en el entorno de la estación actual de Eduardo Dato.

• Un nuevo vial soterrado, desde el entorno del Portal de Castilla hasta la altura de la calle del Ferrocarril, de dos carriles por sentido e integrado en el cajón de la nueva estación.

• Urbanización de una gran zona verde en la actual playa de vías en el entorno de la actual estación de Eduardo Dato, remodelación del paseo de la Universidad.

– Nudo de Arkaute al este de la ciudad.

Dentro del tramo urbano:

• La futura estación se ejecutará mediante pantallas, y los tráficos de mercancías estarán físicamente separados de la zona de andenes.

• En la estación se dispondrán 5 vías de ancho estándar (viajeros AV), una vía de ancho ibérico (viajeros MD) y una vía pasante de ancho mixto (mercancías).

• El edificio actual de la estación se adaptará y se generará un nuevo volumen con dos accesos, uno desde el edificio actual y otro desde el paseo de la Universidad.

• Se definirá un aparcamiento subterráneo con 400 plazas.

• Las calles transversales en la zona de la estación, que actualmente discurren soterradas, pasarán a discurrir en superficie (Paseo de la Senda, San Antonio, Los Fueros, Rioja y San Cristóbal).

• Pasado el Bulevar de Salburua, el trazado sale a superficie y cruza el arroyo Errekaleor mediante un viaducto.

VI.– El nuevo Estudio Informativo ha sido aprobado inicialmente y publicado el inicio de la información pública en el BOE de 5 de julio de 2019, estando actualmente en evaluación ambiental.

VII.– Teniendo en cuenta que la solución prevista en el Estudio Informativo actualmente en evaluación ambiental es distinta de la contemplada en el protocolo de 2010 y en los estatutos de la Sociedad AVVGAH, y con el ánimo de impulsar y agilizar en la medida de lo posible las actuaciones relativas al desarrollo de la alta velocidad y la integración del ferrocarril en la ciudad de Vitoria, en la sesión del consejo de administración de la Sociedad AVVGAH, celebrado el 10 de mayo de 2021, se acordó que el grupo de trabajo técnico de la Sociedad se reuniera con los siguientes objetivos:

(i) Proponer las bases de un nuevo convenio en el que se analice la financiación de las actuaciones.

(ii) Elaborar un cronograma que estudie las posibilidades técnicas y jurídicas de compatibilizar la tramitación del nuevo Estudio Informativo con el avance en el desarrollo de los proyectos constructivos, preparando la documentación necesaria para que, una vez aprobado definitivamente este nuevo Estudio Informativo, se pueda proceder a la aprobación de los proyectos constructivos en el más corto plazo y a la licitación de las obras, y

(iii) Plantear una estructura social de gestión que desarrolle los proyectos que deben llevarse a cabo.

VIII.– En la sesión de la Junta de Accionistas de la Sociedad celebrada el 16 de diciembre de 2021 se aprobó la modificación de los estatutos para su adaptación a las modificaciones que a lo largo del tiempo se han producido en la Ley de Sociedades de Capital y, para la adaptación de su objeto considerando la solución de integración que se plantea en este Protocolo.

En virtud de todo lo anteriormente expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente protocolo con arreglo a las siguientes

ESTIPULACIONES
Primera.– Objeto del Protocolo.

Mediante el presente Protocolo se expresan las voluntades de los firmantes de establecer una adecuada coordinación de los trabajos para el impulso y el desarrollo de la integración urbana del ferrocarril en la ciudad Vitoria-Gasteiz y la conexión de la actuación con la línea de alta velocidad.

De conformidad con lo anterior, el MITMA y Adif – Alta Velocidad, consideran que, a fin de garantizar la máxima celeridad en la tramitación y aprobación del citado nuevo Estudio Informativo y de los proyectos básicos y constructivos y permitir la necesaria coordinación entre los citados documentos, es necesario que las mismas se desarrollen, en la medida de lo posible, dentro del mismo marco temporal.

Para la consecución de este objetivo Adif – Alta Velocidad tiene el propósito de licitar y adjudicar el contrato de servicios correspondiente a la redacción del proyecto básico para la ejecución del nudo de Arkaute y del tramo urbano de la integración del ferrocarril en la ciudad de Vitoria-Gasteiz, que se desarrollará en paralelo al desarrollo, tramitación y aprobación del nuevo Estudio Informativo indicado y en coordinación con la conexión Burgos-Vitoria, teniendo en cuenta igualmente el propósito de no aprobar el citado proyecto hasta en tanto no tenga lugar la aprobación del nuevo Estudio Informativo.

Este marco general implicará, por tanto, la modificación o actualización, del protocolo de 2010.

Segunda.– Ámbitos de actuación del Protocolo.

Teniendo en cuenta lo anterior, y con el fin de impulsar los trabajos necesarios para la integración del ferrocarril en la ciudad de Vitoria-Gasteiz y la conexión con la línea de alta velocidad, los firmantes expresan su voluntad de seguir los siguientes principios básicos de coordinación en los ámbitos que a continuación se exponen:

a) El Gobierno Vasco, la Diputación Foral de Álava y el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz colaborarán con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de manera ágil y eficaz en la resolución de las consultas sobre documentación ambiental complementaria durante la evaluación ambiental del nuevo Estudio Informativo.

b) El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana aprobará, una vez finalizada la tramitación ambiental, el nuevo Estudio Informativo de la Integración del Ferrocarril en Vitoria-Gasteiz.

c) Adif – Alta Velocidad licitará la redacción del proyecto básico para la integración del ferrocarril en la ciudad de Vitoria-Gasteiz, que contempla tanto el tramo urbano como el nudo de Arkaute. Este proyecto básico permitirá establecer las condiciones básicas de las diferentes actuaciones y definir con mayor concreción los presupuestos estimados para su ejecución. Las obras de plataforma de la parte del Nudo de Arkaute que no supongan afección a la explotación ferroviaria serán objeto de una encomienda al Gobierno Vasco en cuanto a la redacción de los proyectos constructivos y ejecución de dichas obras.

d) Sobre la base de los compromisos en él reflejados y el modelo del protocolo de 2010, se redactará un nuevo convenio para determinar las obligaciones a asumir por cada una de las partes en el proyecto global para la integración del ferrocarril en la ciudad de Vitoria-Gasteiz en relación con la financiación, organización y ejecución de las actuaciones concretas resultantes de esta operación global de integración.

e) Se modificarán los Estatutos de la Sociedad Alta Velocidad Vitoria-Gasteizko Abiadura Handia, S.A. (AVVGAH) para su adaptación a las modificaciones que a lo largo del tiempo se han producido en la Ley de Sociedades de Capital y, para la adaptación de su objeto considerando la solución de integración que se plantea en este Protocolo. Asimismo, en el seno de la sociedad se acordará una nueva encomienda al Gobierno Vasco para acometer la obra civil que no supongan afección a la explotación ferroviaria, en el ámbito del tramo urbano descrito en el punto V) del exponendo, una vez se avance en la definición de los proyectos constructivos.

Tercera.– Financiación.

El presente Protocolo no supone gasto ni dará lugar a contraprestación financiera entre las partes firmantes.

Cuarta.– Comisión de Seguimiento.

Para el impulso y control de las actuaciones del presente Protocolo, así como para la posible interpretación de este se creará una comisión de seguimiento en el marco de la Sociedad AVVGAH y estará compuesta por los miembros del grupo técnico de trabajo de la Sociedad.

El régimen de funcionamiento de la comisión se ajustará a lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público o legislación que en adelante la sustituya.

Asumirá entre otras funciones:

– Impulsar y supervisar los acuerdos adoptados, así como tomar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta actuación de las actividades previstas, incluyendo la resolución de controversias de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse.

– El seguimiento del desarrollo de las actuaciones incluidas en el presente Protocolo.

Quinta.– Vigencia y extinción del protocolo.

El Protocolo se extenderá al periodo comprendido entre su firma y la conclusión de las actuaciones en él incluidas.

Sexta.– Modificación.

Cualquier actualización o modificación del presente Protocolo se realizará mediante acuerdo unánime de las partes y se formalizará mediante la correspondiente Adenda.

Séptima.– Extinción del Protocolo.

El presente Protocolo se extinguirá por el cumplimiento de sus objetivos expresados anteriormente, o por las siguientes causas:

a) El acuerdo unánime expreso de las partes.

b) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del protocolo.

c) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en la legislación vigente.

Octava.– Régimen Jurídico.

El presente Protocolo es una declaración de intenciones que viene a expresar la voluntad de las partes firmantes para actuar con un objetivo común, de conformidad con el artículo 47.1 segundo párrafo de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Novena.– Naturaleza del Protocolo.

El presente Protocolo, suscrito en virtud el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, no supone ninguna obligación jurídica ni de otro tipo para las partes, ni ningún deber de exclusividad, entendiendo las partes que pueden acudir a otros canales diferentes de los aquí expuestos si consideran que pueden conllevar a un mejor cumplimiento de sus fines, y, en todo caso, la ejecución del mismo deberá ser atendida con sus medios personales y materiales. Todo ello sin perjuicio de los posteriores convenios que deriven de la aplicación de este Protocolo, cuyos proyectos y financiación determinarán el coste para todas las partes.

Y, en prueba de conformidad con cuanto antecede, las partes firman el presente Protocolo en todas sus hojas, por septuplicado, y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados al inicio.

La Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana,

RAQUEL SÁNCHEZ JIMÉNEZ.

El Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes de la AGCAPV,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.

El Diputado General de la Diputación Foral de Álava,

RAMIRO GONZÁLEZ VICENTE.

El Alcalde del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz,

GORKA URTARAN AGIRRE.

La Presidenta de Adif y Adif-AV,

MARÍA LUISA DOMÍNGUEZ GONZÁLEZ.

Por la Sociedad Alta Velocidad Vitoria-Gasteizko Abiadura Handia, S.A.,

ISABEL PARDO DE VERA POSADA.


Análisis documental