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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 75, martes 19 de abril de 2022


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
1683

ORDEN de 28 de marzo de 2022, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundación Alday, en adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

El 2 de diciembre de 2021, tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de estatutos de la fundación denominada Fundación Alday, en adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, acordada por el patronato de la fundación el 2 de septiembre de 2021 y ratificada el 14 de febrero de 2022. Fue elevada a escritura pública que se otorgó en Orduña, el 8 de noviembre de 2021 ante la Notaria doña Ana Isabel Resa Gómez (número de protocolo: 794). Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente.

Dicha escritura incorpora Diligencia de Subsanación de 1 de marzo de 2022, de errores observados en los estatutos formalizados, incorporándose nuevo texto de estatutos adaptados a Ia Ley 9/2016, de 2 de junio, así como certificación expedida el 24 de febrero de 2022 por el Secretario de la fundación, con el visto bueno deI Presidente, sobre el acuerdo de ratificación de Ias modificaciones efectuadas sobre el texto estatutario.

Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, el artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y el artículo 3.1 del Decreto 8/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno.

Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Artículo único.– Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los estatutos de la fundación denominada Fundación Alday, para su adaptación a la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco, con la fecha la presente Orden, en los términos previstos en la escritura pública otorgada ante la Notaria doña Ana Isabel Resa Gómez el 8 de noviembre de 2021 (número de protocolo: 794).

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco y remitir la misma a las personas interesadas.

DISPOSICIÓN FINAL

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante esta Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 28 de marzo de 2022.

La Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno,

OLATZ GARAMENDI LANDA.


Análisis documental