N.º 74, miércoles 13 de abril de 2022
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL, VIVIENDA Y TRANSPORTES
1658
ORDEN de 24 de marzo de 2022, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, sobre incoación del expediente de declaración del área 136 Murrategi de Eibar como área de rehabilitación integrada.
El artículo 11 del Decreto del Gobierno Vasco 317/2002, de 30 de diciembre, sobre actuaciones protegidas de Rehabilitación del Patrimonio Urbanizado y Edificado, establece el procedimiento para la incoación del expediente de declaración como Área de Rehabilitación Integrada. El ayuntamiento de Eibar, con fecha 16 de marzo de 2022, solicitó la incoación del expediente de declaración del área 136 Murrategi de Eibar, como Área de Rehabilitación Integrada.
Dicha solicitud iba acompañada de la documentación requerida al efecto y descrita en el punto 2 del artículo 11 del citado Decreto, de cuyo análisis por parte de los servicios técnicos de este Departamento, se desprende que en la zona en cuestión concurren las circunstancias para ser declarada «Área de Rehabilitación Integrada», debido a su necesidad de rehabilitación, debiendo ser sometida a una acción especial de la Administración tendente a su conservación y mejora, de conformidad con lo dispuesto en el punto 1 del artículo 9 del reiterado Decreto.
El Plan General de Ordenación Urbana de Eibar recoge el ámbito como área de actuación integrada a desarrollar por plan especial, tanto en la ficha urbanística como en el plano de ordenación O.A-01-«Ordenación de Ámbitos».
En virtud del Decreto 11/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, corresponde a la Dirección de Planificación Territorial y Agenda Urbana la formulación y tramitación de la declaración de las áreas de rehabilitación integrada y áreas degradadas, a efectos de rehabilitación del patrimonio urbanizado y edificado.
DISPONGO:
Primero.– Incoar el expediente de declaración del área 136 Murrategi de Eibar como área de rehabilitación integrada, según la delimitación del plano que conforma el Anexo I a la presente Orden.
Segundo.– En cumplimiento de lo dispuesto en el punto 3 del artículo 11 del Decreto 317/2002, de 30 de diciembre, constituyen anexos a la presente Orden, los documentos remitidos por el Ayuntamiento e incorporados al expediente administrativo, que a continuación se relacionan:
– Anexo I: plano de la delimitación del Área.
– Anexo II: memoria descriptivo-justificativa de la incoación.
– Anexo III: estudio socio-urbanístico del Área.
Tercero.– Publicar la Orden de incoación junto con el plano de la delimitación del Área en el Boletín Oficial del País Vasco y en el del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
En Vitoria-Gasteiz, a 24 de marzo de 2022.
El Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes,
IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.