N.º 74, miércoles 13 de abril de 2022
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE GOBERNANZA PÚBLICA Y AUTOGOBIERNO
1654
RESOLUCIÓN 40/2022, de 6 de abril, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se aprueba el Plan de medidas para cubrir los requisitos antifraude, conflicto de interés, doble financiación y ayudas de estado y daño no significativo al medio ambiente, exigidos en la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 29 de marzo de 2022, el Acuerdo por el que se aprueba el Plan de medidas para cubrir los requisitos antifraude, conflicto de interés, doble financiación y ayudas de estado y daño no significativo al medio ambiente, exigidos en la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y a los efectos de darle la publicidad debida,
RESUELVO:
Artículo único.– Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por el que se aprueba el Plan de medidas para cubrir los requisitos antifraude, conflicto de interés, doble financiación y ayudas de estado y daño no significativo al medio ambiente, exigidos en la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que figura como anexo a la presente.
En Vitoria-Gasteiz, a 6 de abril de 2022.
El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,
JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA.
ANEXO A LA RESOLUCIÓN 40/2022, DE 6 DE ABRIL, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO
ACUERDO POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN DE MEDIDAS PARA CUBRIR LOS REQUISITOS ANTIFRAUDE, CONFLICTO DE INTERÉS, DOBLE FINANCIACIÓN Y AYUDAS DE ESTADO Y DAÑO NO SIGNIFICATIVO AL MEDIO AMBIENTE EXIGIDOS EN LA EJECUCIÓN DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
De conformidad con el párrafo 4 del apartado octavo del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de 8 de febrero de 2022, en relación con la ejecución presupuestaria y contable, gestión y seguimiento de las actuaciones y proyectos vinculados al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, la Dirección de Política de Cohesión y Fondos Europeos, de acuerdo con las orientaciones de la Autoridad Responsable del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia, elaborará un «Plan de medidas para cubrir los requisitos antifraude, conflicto de interés, doble financiación y ayudas de estado y daño no significativo al medio ambiente exigidos en la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia», que pondrá en conocimiento de la Comisión Interdepartamental para la información y seguimiento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia a los efectos oportunos.
Con fecha 18 de marzo de 2022, la Comisión Interdepartamental para la información y seguimiento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia ha acordado la elevación al Consejo de Gobierno, para su aprobación, del Plan de medidas para cubrir los requisitos antifraude, conflicto de interés, doble financiación y ayudas de estado y daño no significativo al medio ambiente exigidos en la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Dicho plan contempla, entre los instrumentos de prevención, la cumplimentación de una declaración institucional con una manifestación clara y contundente del compromiso en la lucha contra el fraude.
En virtud de lo expuesto, de conformidad con el acuerdo de la Comisión Interdepartamental para la información y seguimiento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno adopta el siguiente
ACUERDO
Primero.– Aprobar la declaración institucional por la que se asume el compromiso del Gobierno Vasco de lucha contra el fraude que se adjunta como anexo de este Acuerdo.
Segundo.– Aprobar el Plan de medidas para cubrir los requisitos antifraude, conflicto de interés, doble financiación y ayudas de estado y daño no significativo al medio ambiente exigidos en la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en los términos establecidos en su ámbito de aplicación.
Tercero.– Las medidas previstas en dicho Plan podrán ser posteriormente completadas y adaptadas por los departamentos y las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi en caso de ser necesario para el correcto desarrollo de las actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el ámbito de sus competencias y siempre que no se contradigan los principios establecidos en el mismo.
Cuarto.– Publicar el referido Plan en el sitio web de la Comunidad Autónoma de Euskadi (https://www.euskadi.eus en el Portal de Transparencia y Visualización de datos del Gobierno Vasco (https://www.gardena.euskadi.eus y en la página web del Departamento de Economía y Hacienda (https://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/departamento-economia-hacienda/), así como en cuantos canales de difusión se considere necesario para su efectiva aplicación.
Quinto.– Delegar en el Consejero de Economía y Hacienda la aprobación de las eventuales modificaciones del Plan de medidas para cubrir los requisitos antifraude, conflicto de interés, doble financiación y ayudas de estado y daño no significativo al medio ambiente exigidos en la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Sexto.– La Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento ordenará la publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial del País Vasco.
ANEXO
Declaración Institucional del Gobierno Vasco de compromiso de lucha contra el fraude en el marco de la ejecución de iniciativas financiadas con fondos del Mecanismo Europeo de Recuperación y Resiliencia.
El Gobierno Vasco a través de sus departamentos y organismos adscritos ejerce funciones de entidad ejecutora del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR).
Y para que conste, manifiesta que su compromiso con los estándares más altos en el cumplimiento de las normas jurídicas, éticas y morales y su adhesión a los más estrictos principios de integridad, objetividad y honestidad que mantiene en el conjunto de sus actuaciones, se extiende, como no podría ser de otra manera, a las actuaciones que realice financiadas con fondos europeos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
El personal a su servicio, en su carácter de empleados públicos, tiene el compromiso, entre otros deberes, de «velar por los intereses generales, con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y actuar con arreglo a los principios de objetividad, integridad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad, confidencialidad, dedicación al servicio público, transparencia, ejemplaridad, austeridad, accesibilidad, eficacia, honradez, promoción del entorno cultural y medioambiental, y respeto a la igualdad entre mujeres y hombres» (Ley 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público, artículo 52).
Adicionalmente, los cargos públicos en los que recae la responsabilidad de liderar el conjunto de la institución efectúan una declaración de adhesión al «Código Ético y de Conducta de los cargos públicos de Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y su sector público» (aprobado por el Consejo de Gobierno en su sesión celebrada el día 22 de noviembre de 2016) que añade a los compromisos y valores legalmente establecidos para el personal funcionario y laboral, los que están directamente relacionados con la responsabilidad asumida. No se trata de un Código declarativo o sin efectos reales, sino que su incumplimiento activa un sistema interno de seguimiento que puede terminar con el cese de la persona en el puesto de trabajo que ocupe o, en su caso, con la formulación de recomendaciones a los órganos competentes para que se corrijan las desviaciones producidas.
En todos los casos, el objetivo es fomentar dentro de la organización una cultura que desaliente toda actividad fraudulenta y que facilite su prevención y detección, promoviendo el desarrollo de procedimientos efectivos para la gestión de estos supuestos.
En el caso particular de su actuación, como entidad ejecutora del PRTR, el Gobierno Vasco ha definido, en consonancia con la normativa comunitaria, un Plan de medidas para cubrir los requisitos antifraude, conflicto de interés, doble financiación y ayudas de estado y daño no significativo al medio ambiente exigidos en la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Este Plan de medidas ha sido elevado al Consejo de Gobierno por la Comisión Interdepartamental para la información y seguimiento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia para ser aprobado, conjuntamente con la presente declaración institucional, en sesión del día 29 de marzo de 2022.
En dicho plan, que aprovecha al máximo la experiencia y los mecanismos ya existentes, se establecen los procesos para evaluar el riesgo de fraude, prevenirlo, asegurar que existe un adecuado sistema de control interno dentro de las respectivas áreas de responsabilidad y garantizar, en el caso de que fuera necesario, la debida diligencia en la implementación de medidas correctoras.
Asimismo, el plan de medidas establece los resortes administrativos, para denunciar, respetando la confidencialidad y de acuerdo con las normas que regulan esta materia, aquellas irregularidades o sospechas de fraude que pudieran detectarse, a través de los canales internos de notificación y siempre en colaboración con la autoridad responsable, autoridad de control, así como con el Servicio Nacional de Coordinación Antifraude y la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude.