N.º 68, martes 5 de abril de 2022
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE SALUD
1517
RESOLUCIÓN de 21 de marzo de 2022, del Director de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias, por la que se actualizan las Comisiones de Docencia existentes en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
El Decreto 34/2012, de 6 de marzo, de ordenación del sistema de formación sanitaria especializada en la Comunidad Autónoma del País Vasco, tiene por objeto la regulación ordenadora del sistema de formación sanitaria especializada en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero, por el que se determinan y clasifican las especialidades en Ciencias de la Salud y se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada.
De acuerdo con el artículo 8 del citado real decreto, las comisiones de docencia son los órganos colegiados a los que corresponde organizar la formación, supervisar su aplicación práctica y controlar el cumplimiento de los objetivos previstos en los programas formativos de las distintas especialidades en ciencias de la salud. Asimismo, les corresponde facilitar la integración de las actividades formativas de las y los residentes con la actividad asistencial y ordinaria del centro sanitario, planificando su actividad profesional en el centro conjuntamente con los órganos de dirección del mismo.
En el artículo 6.3 del Decreto 34/2012 se establece que las comisiones de docencia en la Comunidad Autónoma del País Vasco se crearán, modificarán o extinguirán por resolución de la dirección competente en formación sanitaria especializada, que a su vez determinará las unidades docentes que se encuentran adscritas a las mismas.
Por Resolución de 8 de febrero de 2019, de la Directora de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias, se reconoció la existencia de 16 centros o unidades docentes con comisión de docencia propia, hasta esa fecha, en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Ahora procede dictar otra resolución para que, por un lado, informe de que por Resolución de 15 de noviembre de 2021, del Director de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias, se modificó la adscripción funcional de la Comisión de Docencia de la Unidad Docente de Medicina Preventiva y Salud Pública de Euskadi pasando de depender funcionalmente de la Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias del Departamento de Salud a la Dirección de Salud Pública y Adicciones del mismo departamento; por otro lado, cree la Comisión de Docencia de la Unidad Docente de Medicina Legal y Forense que ha sido acreditada provisionalmente por el Ministerio de Sanidad.
Por todo lo expuesto y en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 10 del Decreto 116/2021, de 23 de marzo, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Salud,
RESUELVO:
Primero.– Informar de que la Comisión de Docencia de la Unidad Docente de Medicina Preventiva y Salud Pública de Euskadi ha pasado de depender funcionalmente de la Dirección de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias del Departamento de Salud a la Dirección de Salud Pública y Adicciones del mismo departamento.
Segundo.– Crear provisionalmente la Comisión de Docencia de la Unidad Docente de Medicina Legal y Forense y determinar su dependencia funcional del Instituto Vasco de Medicina Legal.
Tercero.– Actualizar el listado de las comisiones de docencia existentes en la Comunidad Autónoma del País Vasco detallado en el anexo adjunto, en el cual, además, se determina la dependencia funcional y las unidades de docencia adscritas a ellas.
Cuarto.– Señalar que las comisiones de docencia reconocidas deberán ajustar su número, composición y funciones a las previsiones establecidas en el Decreto 34/2012, de 6 de marzo, de ordenación del sistema de formación sanitaria especializada en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Quinto.– Establecer que tanto la composición actualizada de las comisiones de docencia reconocidas como de aquellas nuevas que se constituyan, el plan estratégico del centro o unidad docente y el plan de gestión de calidad docente a que alude el artículo 7.2 del Decreto 34/2012, de 6 de marzo, citado, deberá publicarse en el apartado correspondiente al centro/unidad docente en la página web de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Sexto.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
Séptimo.– Señalar que la presente Resolución no pone fin a la vía administrativa y que contra la misma podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Viceconsejería de Salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con los artículos 121 y siguientes de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En Vitoria-Gasteiz, a 21 de marzo de 2022.
El Director de Planificación, Ordenación y Evaluación Sanitarias,
MIGUEL SÁNCHEZ FERNÁNDEZ.