N.º 67, lunes 4 de abril de 2022
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
1480
RESOLUCIÓN 940/2022, de 22 de marzo, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se convoca la provisión, mediante libre designación, de un puesto de Jefe/a de la Unidad de Gestión Clínica de Anestesiología, Reanimación y Unidad del dolor de las Organizaciones Sanitarias Integradas Araba y Debagoiena.
El artículo 16 del Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, establece que las organizaciones de servicios sanitarios adaptarán progresivamente la gestión de sus servicios y unidades asistenciales hacia el objetivo de integración de las funciones directoras clínica y gestora.
En coherencia con el referido objetivo, el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, mediante Acuerdo de 23 de julio de 2019, reguló la constitución, estructura y funcionamiento de las unidades de gestión clínica, los contratos de gestión clínica, las unidades de referencia y los acuerdos de gestión clínica.
Mediante Acuerdo del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de 11 de marzo de 2022, se aprueba la constitución de la Unidad de Gestión Clínica Anestesiología, Reanimación y Unidad del dolor de las Organizaciones Sanitarias Integradas Araba y Debagoiena, a la que serán de aplicación las normas de estructura y funcionamiento reguladas en el Acuerdo del Consejo de Administración de 23 de julio de 2019.
Para las unidades de gestión clínica que afecten a más de una Organización de Servicios, conforme al artículo 6 del Acuerdo del Consejo de Administración de Osakidetza, de 23 de julio de 2019, el responsable de la Unidad de Gestión Clínica será designado por el/la directora/a General del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, mediante el procedimiento de libre designación tras convocatoria pública en la que se especificará tanto el perfil del puesto como las competencias y habilidades requeridas en función de la Unidad de la que se trate.
Por lo expuesto, siendo necesaria la cobertura del puesto de Jefe/a de la Unidad de Gestión Clínica de la Unidad de Gestión Clínica de Anestesiología, Reanimación y Unidad del dolor de las Organizaciones Sanitarias Integradas Araba y Debagoiena, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28 Norma Común Tercera de la Ley 8/1997 de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en el Decreto 186/2005, de 19 de julio, por el que se regulan los puestos funcionales de Osakidetza y en el Decreto 255/1997 de 11 de noviembre, esta Dirección General acuerda anunciar convocatoria pública para su provisión, por el procedimiento de libre designación, con arreglo a las siguientes
BASES
1.– Requisitos de participación.
Podrán participar en esta convocatoria quienes acrediten el cumplimiento de los siguientes requisitos:
a) Ser personal fijo (estatutario, funcionario o laboral) en cualquier organización de servicios de Osakidetza, y tener plaza en propiedad en el grupo profesional A1.
b) Hallarse en posesión de la titulación de Licenciatura en Medicina, y de la especialidad en Anestesiología, Reanimación y Unidad del Dolor.
c) Experiencia profesional mínima de 4 años en la especialidad de Anatomía Patológica.
d) Perfil lingüístico. Perfil lingüístico 2, fecha de preceptividad 22 mayo 2022.
e) Resto de requisitos del Decreto 186/2005, de 19 de julio, y del Plan de Euskera de Osakidetza.
La Jefatura de la Unidad de Gestión Clínica dependerá orgánica y funcionalmente de la Dirección de la OSI Araba y se responsabilizará directamente de las funciones propias de dicha Jefatura. Siendo su misión dirigir, organizar y gestionar todas las actividades de la Unidad en base a las directrices y objetivos establecidos por la Dirección de Osakidetza y por la Dirección de las OSI Araba y Debagoiena, conforme a lo establecido en el artículo 6 del Acuerdo del Consejo de Administración de 23 de julio de 2019, en los términos que se establezcan en el Acuerdo de Gestión de la Unidad, siendo el último responsable de los resultados obtenidos.
2.– Méritos a considerar.
a) Formación en gestión asistencial.
b) Formación en gestión de equipos.
c) Formación y experiencia en sistema de información clínicos y análisis y evaluación de indicadores asistenciales para la gestión sanitaria.
d) Experiencia en gestión.
e) Memoria-Proyecto de Gestión de la Unidad.
Se podrá solicitar una entrevista personal con cada uno/a de los/as candidatos/as a fin de evaluar la idoneidad del/a candidato/a al puesto solicitado.
Se podrán aportar cuantos méritos se consideren de interés y añadan valor al desempeño de este puesto de trabajo.
3.– Conocimientos de euskera.
Se valorará conforme a lo previsto en el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de normalización del uso del euskera en Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en sus normas de desarrollo.
4.– Plazo y presentación de solicitudes.
Los/as interesados/as dirigirán sus solicitudes a la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud (c/ Álava 45, 01006 Vitoria-Gasteiz), dentro del plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOPV. También podrán presentarse en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los/as interesados/as deberán dirigir la solicitud con todos sus datos personales, acompañada de Curriculum Vitae documentado a la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud (c/ Álava 45, 01006 Vitoria-Gasteiz).
La documentación deberá tener la siguiente forma:
a) Fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o permiso de conducir.
b) Fotocopia compulsada del nombramiento de personal funcionario o estatutario o, en su caso, del documento que acredite la condición de laboral fijo.
c) Fotocopia compulsada de la documentación que acredite el cumplimiento de requisitos.
d) Fotocopia compulsada de todos los méritos a considerar.
e) Memoria-Proyecto de Gestión de la Unidad de Gestión Clínica de Anestesiología, Reanimación y Unidad del dolor de las Organizaciones Sanitarias Integradas Araba y Debagoiena.
No será preciso acreditar en la forma indicada en el párrafo anterior aquellos extremos que consten debidamente validados en la aplicación informática corporativa de CV, si bien esta circunstancia deberá hacerse constar en la solicitud que realice el/la aspirante.
5.– Comisión de Valoración.
Se constituirá una Comisión para la valoración de las solicitudes presentadas, que se notificará a los/as aspirantes.
La Comisión podrá acordar tras la valoración de las solicitudes realizar diligencias complementarias que se comunicarán a los/as aspirantes.
Efectuada la valoración de los/as aspirantes, y a la vista de la misma, se elevará propuesta a fin de formalizar el oportuno nombramiento. El tribunal podrá, previo informe motivado, proponer la declaración de desierta en caso de que los/as aspirantes no reúnan las condiciones exigidas.
Se levantará acta de cada sesión de la Comisión. En la misma constarán los/as aspirantes presentados/as, las diligencias complementarias realizadas (si las hubiera), así como los motivos tenidos en cuenta para la asignación del puesto a uno/a de ellos/as o, en su caso, para declarar desierta la convocatoria.
6.– Procedimiento de selección.
En ningún caso podrán considerarse méritos que no se ostenten a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco, ni tampoco los que no hubieran sido debidamente alegados y acreditados antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.
7.– Resolución que pone fin al procedimiento.
La finalización del procedimiento que aquí se inicia (asignación del puesto o declaración de desierta) se llevará a cabo mediante Resolución de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, que se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco, así como en la intranet y la página web corporativa de Osakidetza.
Dicha Resolución surtirá efectos desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, salvo que en ella se disponga otra cosa.
8.– Recursos contra la presente Resolución.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada, ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes contado a partir del siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 22 de marzo de 2022.
La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,
MARÍA ROSA PÉREZ ESQUERDO.