N.º 59, miércoles 23 de marzo de 2022
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AUTORIDADES Y PERSONAL
Oposiciones y concursos
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
1352
RESOLUCIÓN de 9 de marzo de 2022, de la Directora de Gestión de Personal, que modifica la Resolución de 26 de julio de 2018 del Director de Gestión de Personal, que dio publicidad a las puntuaciones totales de la fase de concurso en los procedimientos selectivos convocados por Orden de 26 de febrero de 2018, de la Consejera de Educación, así como la Resolución de 2 de agosto de 2018, del mismo Director que dispuso la publicación de las listas definitivas de personas aspirantes seleccionadas en dicho procedimiento selectivo, en cumplimiento de la sentencia de 2 de noviembre de 2021, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Iban Estefanía Miranda.
Don Iban Estefanía Miranda participó en la especialidad de Procedimientos Sanitarios y Asistenciales, del Cuerpo de Profesores Técnicos y Profesoras Técnicas de Formación Profesional, en los procedimientos selectivos convocados mediante Orden de 26 de febrero de 2018, de la Consejera de Educación, BOPV, de 27 de febrero de 2018.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha estimado, mediante sentencia de 2 de noviembre de 2021, el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Iban Estefanía Miranda contra la desestimación presunta del recurso de alzada interpuesto contra la Resolución de 2 de agosto de 2018, del Director de Gestión de Personal del Departamento de Educación, que dispuso la publicación de las listas definitivas de personas aspirantes seleccionadas, en los citados procedimientos selectivos.
La sentencia declara el derecho del recurrente a que se valore como mérito en el apartado II.1 del Anexo I de la convocatoria, la nota media correspondiente al primer ciclo de la Licenciatura, con las consecuencias inherentes a tal procedimiento.
Valorado el expediente académico del primer ciclo de la Licenciatura, a don Iban Estefanía Miranda le corresponde 1 punto en el apartado II.1 de la fase de concurso, y 7,5660 puntos en total en dicha fase. Añadiendo a dicha puntuación, la obtenida en la fase de oposición que asciende a 6,9420 puntos, y una vez efectuada la ponderación correspondiente, la puntuación total asciende a 7,1916.
Como consecuencia de ello, se le ha de incluir en la lista de aspirantes que superaron el proceso selectivo convocado por Orden de 26 de febrero de 2018, de la Consejera de Educación, en la especialidad de Procedimientos Sanitarios y Asistenciales, del Cuerpo de Profesores Técnicos y Profesoras Técnicas de Formación Profesional, turno libre.
RESUELVO:
Primero.– Modificar la Resolución de 26 de julio de 2018 del Director de Gestión de Personal del Departamento de Educación, por la que se dio publicidad a las puntuaciones totales de la fase de concurso, en los procedimientos selectivos convocados por Orden de 26 de febrero de 2018 de la Consejera de Educación, pasando a tener don Iban Estefanía Miranda 1 punto en el apartado II.1 de la fase de concurso, como valoración del expediente académico correspondiente al primer ciclo de la Licenciatura, y 7,5660 puntos en total en dicha fase.
Segundo.– Modificar la Resolución de 2 de agosto de 2018, del Director de Gestión de Personal del Departamento de Educación, por la que se dispuso la publicación de las listas definitivas de personas aspirantes seleccionadas que han superado el concurso-oposición en los procedimientos selectivos convocados por Orden de 26 de febrero de 2018 de la Consejera de Educación, incluyendo en la relación de aspirantes seleccionados de la especialidad de Procedimientos Sanitarios y Asistenciales, del Cuerpo de Profesores Técnicos y Profesoras Técnicas de Formación Profesional, turno libre, Perfil lingüístico 2, a don Iban Estefanía Miranda, con una puntuación de 7,1916.
Tercero.– Abrir un plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, para que el aspirante seleccionado presente los documentos enumerados en la base 11.1 de la Orden de 26 de febrero de 2018, de la Consejera de Educación.
Podrá hacer la entrega de la documentación a través de las vías establecidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigida a la Dirección de Gestión de Personal del Departamento de Educación (calle Donostia-San Sebastián, n.º 1 – Lakua, de Vitoria-Gasteiz, código postal 01010).
Si dentro del plazo fijado, salvo los casos de fuerza mayor, no presentara la documentación señalada, o del examen de la misma se dedujera que carece de alguno de los requisitos señalados en la base segunda de la citada Orden, decaerá de todos sus derechos a ser nombrado funcionario de carrera, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiere incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Cuarto.– Compete a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco conocer de cuanta cuestión pueda plantearse en trámites de ejecución de la Sentencia, conforme a lo que disponen los artículos 103.1 y 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Vitoria-Gasteiz, a 9 de marzo de 2022.
La Directora de Gestión de Personal,
BLANCA MARIA GUERRERO OCEJO.