N.º 46, viernes 4 de marzo de 2022
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE TRABAJO Y EMPLEO
1054
RESOLUCIÓN de 1 de febrero de 2022, de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, de corrección de errores de la Resolución de 21 de diciembre de 2021, por la que se procede a la publicación de la convocatoria de subvenciones para el desarrollo del Programa de apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano en el ámbito del País Vasco, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU.
Con carácter previo, resulta conveniente señalar que se ha realizado hasta la fecha una corrección de errores de la mencionada Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 16, de 25 de enero de 2022.
El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.
Advertidos errores de dicha índole en la Resolución de 21 de diciembre de 2021, de la Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la convocatoria de subvenciones para el desarrollo del Programa de apoyo a mujeres en los ámbitos rural y urbano en el ámbito del País Vasco, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 262, del viernes 31 de diciembre de 2021, se procede a su corrección:
– En la página 2021/6483 (21/29), en el apartado 1.f) del artículo 19, donde dice:
«f) Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones, condiciones y requisitos fijados en esta convocatoria, y en particular, cualquier incumplimiento parcial de las actuaciones a realizar y sus consecuentes costes justificados.»
Debe decir:
«f) Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones, condiciones y requisitos fijados en esta convocatoria, y en particular, cualquier incumplimiento parcial de las actuaciones a realizar y sus consecuentes costes justificados. En el caso de que la inserción fuese inferior del 25 por ciento del compromiso de inserción adquirido, el reintegro será total, y si se encuentra entre el 25 % y el porcentaje de inserción exigido en la resolución de concesión, el reintegro será proporcional al porcentaje de incumplimiento.»
En Vitoria-Gasteiz, a 1 de febrero de 2022.
La Directora General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo,
MARÍA GLORIA MÚGICA CONDE.